Decreto No. 4019
DE COLOMBIA
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DECRETO NÚME!R04019
DE
2008
( 21 OCTZ008
Por el cual se aprueba el ajuste y la modificación a la planta de personal de Empleados Públicos
del Club Militar y se dictan otras disposiciones
EL PRESIDENTE
DE LA REPÚBLICA
DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades que le confieren los literales m y n del artículo 54 y el artículo 115
de la Ley 489 de 1998, el artículo 13 del Decreto 770 de 2005, en concordancia con lo dispuesto
en el artículo 21 del Decreto Ley 092 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Ley 770 de 2005 suprimió de los niveles jerárquicos
el Ejecutivo, eliminando por
consiguiente
las denominaciones
existentes;
redefinió
las funciones
del nivel profesional
y
ordenó a las entidades ajustar los empleos a la nueva nomenclatura y clasificación.
Que el artículo 21 del Decreto 092 de 2007, dispone que las entidades que integran el Sector
Defensa deberán ajustar sus plantas de personal al Sistema de Nomenclatura y Clasificación de
Empleos establecido en el mismo decreto, con fundamento
en la Tabla de Organización "TO"
expedida para cada entidad o dependencia.
Que mediante
Resolución No. 1296 del 14 de noviembre de 2007, fue expedida la Tabla de
Organización "TO" de la Planta de Personal del Club Militar a que se refiere el Articulo 20 del
Decreto 092 de 2007, en la cual se efectuaron las equivalencias de los empleos de acuerdo a la
nomenclatura y clasificación establecida en el mencionado decreto.
Que el Club Militar presentó al Departamento Administrativo
de la Función Pública la justificación
técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95, 96 Y 97 del Decreto
1227 de 2005, el cual emitió concepto técnico favorable y cuenta con el concepto de viabilidad
presupuestal expedido
por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio
de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal de conformidad
con el Sistema de Nomenclatura
y Clasificación de los empleos contemplada en el Decreto 092
de 2007.
Que el Consejo Directivo del Club Militar,
decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional
el ajuste y modificación
de la planta de personal como consta en el Acta No. 486 del 30 de
Marzo de 2007.
DECRETA:
ARTÍCULO
1°.
Ajustase la planta de personal de empleados públicos del Club Militar, de
~
conformidad
con el sistema de nomenclatura
y clasificación
de empleos especial del Sector
Defensa contemplado en el Decreto Ley 092 de 2007, así:
DESPACHO
DEL DIRECTOR GENERAL
No. DE
CARGOS
DENOMINACIÓN
DEL CARGO
CÓDIGO
GRADO
1 (uno)
Director General de Entidad Descentralizada del Sector Defensa
1-2
16
1 (uno)
Auxiliar de servicios
6-1
25
1 (uno)
Auxiliar de servicios
6-1
15DECRETO NÚMERO
4 O19
de
2008
Hoja N°. 2
Continuación del Decreto. "Por el cual se aprueba el ajuste y la modificación a la planta de personal
de Empleados Públicos del Club Militar y se dictan otras disposiciones'~
PLANTA GLOBAL
No. DE
CARGOS
DENOMINACIÓN
DEL CARGO
CÓDIGO
GRADO
1 (uno)
Subdirector del Sector Defensa
1-2-1
14
1 (uno)
Jefe de Oficina del Sector Defensa
1-4
06
2 (dos)
Jefe de Oficina Asesora del Sector Defensa
2-1
24
1 (uno)
Profesional de Defensa
3-1
14
2 (dos)
Profesional de Defensa
3-1
09
12 (doce)
Profesional de Defensa
3-1
07
1 (uno)
Profesional de Defensa
3-1
05
3 (tres)
Profesional de Defensa
3-1
03
5 (cinco)
Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa
5-1
25
1 (uno)
Técnico de Servicios
5-1
22
9 (nueve)
Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa
5-1
22
1 (uno)
Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa
5-1
33
1 (uno)
Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa
5-1
29
2 (dos)
Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa
5-1
24
2 (dos)
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
36
1 (uno)
Auxiliar de Servicios
6-1
27
6 (seis)
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
26
1 (uno)
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
25
1 (uno)
Auxiliar de Servicios
6-1
23
16 (dieciséis)
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
23
4 (cuatro)
Auxiliar de servicios
6-1
21
26 (veintiséis)
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
21
23 (veintitrés)
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
18
6 (seis)
Auxiliar de servicios
6-1
17
23 (veintitrés)
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
17
86 (ochenta y seis)
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
15
10 (diez)
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
13
3 (tres)
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
8
ARTÍCULO 2°.
Apruébase la supresión de los siguientes cargos de la planta de personal
del Club Militar, así:
No. DE
CARGOS
DENOMINACIÓN
DEL CARGO
CÓDIGO
GRADO
PLANTA GLOBAL
5
Jefe de División
2040
14DECRETO NÚMERO
4 O~ 9 de
2008
Hoja N°. 3
Continuación del Decreto. "Por el cual se aprueba el ajuste y la modificación a la planta de personal
de Empleados Públicos del Club Militar y se dictan otras disposiciones'~
ARTÍCULO 30.
Apruébase la creación en
la planta de personal del Club Militar los
siguientes cargos:
No. DE
CARGOS
DENOMINACIÓN DEL CARGO
CÓDIGO
GRADO
PLANTA GLOBAL
5
Profesional de Defensa
3-1
17
ARTÍCULO 4°.
Los empleados públicos del Club Militar, serán incorporados directamente a
los empleos de que tratan los artículos 10 y 30 del presente decreto y continuarán percibiendo la
remuneración mensual correspondiente
a los empleos que desempeñan actualmente,
hasta tanto
se produzca la incorporación a la planta de personal.
ARTÍCULO 5°.
La incorporación de los empleados a la.,planta de personal establecida en el
presente
decreto,
se efectuará
dentro
de los treinta
(30) días siguientes
a la fecha de su
publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en las normas legales vigentes sobre la materia.
ARTÍCULO 6°.
Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de
conformidad con las normas legales vigentes sobre la materia;
ARTÍCULO 7°.
El Director General del Club Militar, mediante
Resolución, distribuirá
los
cargos de la Planta Global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los
programas y las necesidades del servicio.
ARTÍCULO 8°.
Suprímase doce (12) cargos de Trabajadores
Oficiales al servicio del Club
Militar.
ARTÍCULO 9°.
Fíjense en veintidós (22) el numero de cargos de Trabajadores
Oficiales al
servicio del Club Militar.
ARTÍCULO 10°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el
Decreto 2039 del 24 de Abril de 2004.
PUBLÍQUESE y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D. c., a los,
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO,DECRETO NÚMERO
de
2008
Continuación del Decreto. "Por el cual se aprueba el ajuste y la modificación a la planta de personal
de Empleados Públicos del Club Militar y se dictan otras disposiciones/~
EL MINISTRO
DE DEFENSA NACIONAL,
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCION PÚBLICA,