Decreto No. 4021
DE COLOMBIA
•
PRESIDENCIA
DE LA REPÚBLICA
DECRETO NÚMERO
40~ 1 DE 2008
2 1 DCT2008
"Por el cual se designa Ministro del Interior y de Justicia Ad-hoc
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DE COLOMBIA
En uso de sus facultades constitucionales
y legales en especial las establecidas en el numeral 10.
del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 63 de 1923, y
/
CONSIDERANDO
Que el Consejo de Ministros, con fundamento en el principio de verdad sabida y buena fe guardada
consagrado en el artículo 8 de la Ley 63 de 1923, aceptó el impedimento manifestado por el señor
Ministro del Interior y de Justicia, doctor FABIO VALENCIA COSSIO, para conocer y decidir todos
los asuntos que tengan relación con los procesos judiciales que se adelantan en contra del doctor
GUILLERMO
LEÓN VALENCIA COSSIO, hermano del Ministro del Interior y de Justicia.
Que el artículo 8 de la Ley 63 de 1923 dispone que en caso de que el Ministro recusado o cuyo
impedimento
fuese
aceptado,
hubiere
de separarse
del conocimiento
del
negocio
será
el
Presidente de la República quien adscriba la decisión del asunto a otro cualquiera de los Ministros
del Despacho.
DECRETA
ARTíCULO
PRIMERO.-
Nómbrase
como Ministro del Interior y de Justicia Ad - Hoc al doctor
aSCAR
IVAN ZULUAGA
ESCOBAR,
Ministro de Hacienda y Crédito Público, para conocer y
decidir todos los asuntos que tengan relación directa o indirecta con los procesos judiciales que se
adelantan
contra el doctor GUILLERMO
LEO N VALENCIA
COSSIO,
hermano
del Ministro del
Interior y de Justicia.
ARTíCULO
SEGUNDO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
2 1~CT 200·
PUBLíQUESE,
COMUNíQUESE
Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a lo