Decreto No. 4033
MINISTERIO
DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
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4"33
DECRETO
NÚMERb
U
1 9 0&12 DI
DE
Por el cual se suspende al Gobernador del Departamento del Chocó y se hace un
encargo
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA DE
COLOMBIA, DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDENCIALES
EN VIRTUD
DEL DECRETO 3986 DE 2009
En ejercicio
de sus facultades
constitucionales
y legales,
en especial
las
conferidas por los artículos 304 de la Constitución
Política y 66 de la Ley 4" de
1913,y
CONSIDERANDO:
Que el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Quibdó, Chocó, mediante Auto
Interlocutorio
No. 479 del 2 de julio
de 2009,
dispuso
sancionar
al Doctor
Patrocinio
Sánchez
Montes
de
Oca,
en su
condición
de
Gobernador
del
Departamento
del Chocó, con arresto inconmutable
de tres (3) dfas, que deberá
purgar en las instalaciones
de la Policía Nacional con sede en la ciudad de
Quibdó, y con multa de dos Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes para el
año 2009, por haberse demostrado
que incumplió parcialmente
la sentencia del
10 de enero de 2008, proferida por el Tribunal Superior de Quibdó, Sala Única, en
la acción
de tutela
que en su contra
promovió
el señor
Eugenio
Chaverra
Rodríguez, a través de apoderado,
dentro del proceso radicado bajo el número
27001310500220070058400.
Que según consta en el oficio No. 3437 SG del 7 de septiembre de 2009, suscrito
por la Secretaria General del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Quibdó, esta
Corporación mediante providencia del 4 del mismo mes dispuso "CONFIRMAR el
auto sancionatorio del 2 de julio de 2009, emanado del Juzgado Segundo Laboral
de Quibdó, modificando
la sanción impuesta relacionada
con el arresto de 24
horas, multa de un (1) Salario Mínimo Legal Vigente (... )", dentro del proceso
radicado bajo el número 2007-00584.
Que a través del Auto de Sustanciación
No. 1301 del 15 de septiembre de 2009,
el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Quibdó, ordenó obedecer y cumplir lo
resuelto por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Quibdó en providencia del
4 de septiembre
de 2009, mediante
la cual confirmó
la decisión
proferida
en
primera instancia dentro del incidente de la referencia, y en consecuencia, dispuso
oficiar al Presidente de la República para que proceda a la suspensión del Señor
Patrocinio Sánchez Montes de Oca, durante el día 20 de octubre de 2009, para
hacer efectiva la sanción impuesta en su contra.
Que en cumplimiento
del Auto que antecede, mediante oficio No. 1082 del 15 de
septiembre
de 2009, la Señora Juez Segunda Laboral del Circuito de Quibdó,
Chocó, solicitó al Gobierno Nacional ordenar la suspensión
del Gobernador
del
Departamento
del Chocó, Dr. Patrocinio Sánchez Montes de Oca, durante el día
20 de octubre de la presente anualidad, a efectos de darle aplicación a la sanción
11- ,por desacato impuesta mediante Auto Interlocutorio No. 479 del 2 de julio deDECRETa
4033
DE
HOJA NUMERO
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Continuación del Decreto "Por el cual se suspende al Gobernador del Departamento del Chocó y se hace un encargo"
Hoja No. 2
2009, confirmado
y modificado
por el Tribunal
Superior de Distrito Judicial de
Quibdó.
Que según constancia del 6 de octubre de 2009, el Auto Interlocutorio
del 2 de
julio de 2009, proferido por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Quibdó,
quedó ejecutoriado el11 de septiembre de 2009, a las 6:00 de la tarde
Que en virtud de lo antes expuesto, se hace necesario dar cumplimiento
al citado
fallo, y por lo tanto, ordenar la suspensión del Doctor Patrocinio Sánchez Montes
de Oca, en su condición de Gobernador del Departamento
del Chocó, por el día
20 de octubre de 2009, a efectos de que se haga efectiva la sanción de arresto
por desacato.
Que con el fin de evitar vacíos de poder o de autoridad, conforme a lo señalado
en la Sentencia C-448 de 1997, proferida por la Corte Constitucional,
mientras el
Señor Gobernador del Departamento
del Chocó cumple la sanción de arresto, se
hace necesario designar a un ciudadano para que desempeñe temporalmente
las
funciones de su Despacho.
DECRETA:
Artículo
Primero.-
Suspéndase
por el día 20 de octubre
de 2009, al Doctor
Patrocinio
Sánchez
Montes
de
Oca,
en
su
condición
de
Gobernador
del
Departamento
del Chocó, para dar cumplimiento
a lo dispuesto por el Juzgado
Segundo Laboral del Circuito de Quibdó, Chocó, mediante Auto Interlocutorio No.
479 del 2 de julio de 2009, confirmado y modificado por el Tribunal Superior de
Distrito Judicial de Quibdó, mediante providencia del 4 de septiembre
de 2009,
dentro
del proceso
radicado
bajo el número
27001310500220070058400,
de
conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.
Artículo
Segundo.-
Encárgase de las funciones del Despacho del Gobernador
del Departamento
del Chocó, al Doctor Víctor Hugo Moreno Lozano, quien se
desempeña
en el cargo
de Secretario
de Gestión
Administrativa
y Talento
Humano de la Gobernación del Chocó, por el día 20 de octubre de 2009.
Artículo
Tercero.-
El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y
contra él no procede recurso alguno, de acuerdo con lo establecido en el artículo
49 del Código Contencioso Administrativo.
PUBLíQUESE,
COMUNíQUESE Y CÚMPLASE1 9 OCi 20
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Dado en Bogotá, D.C., a los
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El Mlol,trodelloteóO'Y~~I'._
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ABIO VALENCIA COSSIO
Aprobó: Jorge Alberto Garcfa Calume. Director Jurldico ~
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Héctor Adolfo Sintura Varela. Asesor Despacho Ministro
Viviana Manrique Zuluaga. Viceministra
del Interior