Decreto No. 4124
MINISTERIO DE •
LA PROTECCiÓN SOCIAL
DECRETO
NÚMERO
4124
DE 2008
19 O&T2QOI
Por el cual se modifica el parágrafo del artículo 8 del Decreto 3770 de 2004
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DE COLOMBIA
En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, especialmente
las
conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo
564 de la Ley 09 de 1979, el numeral 42.3 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001 y
el artículo 245 de la Ley 100 de 1993
DECRETA:
Artículo
10• Modificar el parágrafo del artículo 8 del Decreto 3770 de 2004, el cual
quedará así:
"PARÁGRAFO: Para la obtención del registro sanitario de los reactivos de
diagnóstico in vitro clasificados en la Categoría IJ/ (alto riesgo), se requiere la
.
aprobación previa por parte de la Sala Especializada de Reactivos de Diagnóstico
In Vitro de la Comisión Revisora del Instituto Nacional de Vigilancia de
Medicamentos y Alimentos -INVIMA-, salvo aquellos reactivos de diagnóstico in
vitro clasificados en la Categoría IJ/que cumplan las siguientes exigencias:
1.
Que
se comercialicen en los siguientes países de referencia: Estados
Unidos, Comunidad Económica Europea, Canadá, Japón y Australia; y,
2.
Que además de cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 10 del
presente
decreto, alleguen el certificado de la autoridad
sanitaria
competente del país de origen, el cual debe indicar:
a) el nombre específico del reactivo de diagnóstico In Vitro, y si es del casoe deberán señalar sus referencias;
b) que el producto se vende libremente en dicho país.
c) que la fecha de expedición del certificado no debe ser mayor a un (1)
año. "
\DECRETO
NÚMERO
4124
DE 2008
HOJA No. 2
Continuación del decreto "Por el cual se modifica el parágrafo del articulo 8° del Decreto 3770 de
2004~
.
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Artículo 'Z'. Vigencia y derogatorias.
El presente decreto rige a partir de la fecha
de su publicación, modifica el artículo 88 del Decreto 3770 de 2004 y deroga todas
las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLíQUESE
y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D. C.,
2 9 GeT2001
DIEGO PALACIO
ETANCOURT
Ministro de la Pro ección Social