Decreto No. 4131
REPÚBLICA DE COLOMBIA
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MINISTERIO DE LA PROTECCiÓN SOCIA~,..
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DECRETO
{}41J 1 DE 2009
(
2 6 OGT20Q9)
Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1500 de 2007, modificado por los
Decretos 2965 de 2008 y 2380 de 2009
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
DE COLOMBIA,
DELEGATARIO
DE FUNCIONES PRESIDENCIALES
MEDIANTE DECRETO 4100 DEL
23 DE OCTUBRE DE 2009
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas
por el numeral 11 del articulo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de las
Leyes 09 de 1979 y 170 de 1994
DECRETA:
ARTíCULO 1. Modificar el parágrafo 4 del articulo 21 del Decreto 1500 de 2007,
modificado por el Decreto 2965 de 2008 y adicionado por el artículo 2° del Decreto
2380 de 2009, el cual quedará así:
"PARÁGRAFO 4. Las plantas de beneficio de las especies bovina, bufalina,
porcina que hayan presentado el Plan Gradual de Cumplimiento dentro del término
previsto en el presente artículo, podrán ante el Instituto Nacional de Vigilancia de
Medicamentos y Alimentos - INVIMA, presentar modificaciones, adiciones o
reformas a dicho Plan, dentro del plazo fijado para las plantas de beneficio animal
que se acojan al Plan de Racionalización que vence el 30 de junio de 2010,
teniendo en todo caso, como plazo máximo para la ejecución del mencionado Plan
hasta el 4 de mayo de 2012, sin que por tal motivo sean objeto de sanción,"
ARTíCULO 2. Modificar el parágrafo 2 adicionado al artículo 4° del Decreto 2965
de 2008 por el artículo 10° del Decreto 2380 de 2009, el cual quedará así:
"PARÁGRAFO 2. Las plantas de beneficio animal que se acojan al Plan de
Racionalización deberán presentar el Plan Gradual de Cumplimiento de acuerdo
con los resultados del Plan de Racionalización de Planta de Beneficio Animal -
PRPBA, a más tardar el 30 de junio de 2010, El Instituto Nacional de Vigilancia de
Medicamentos y Alimentos -INVIMA, tendrá un plazo de tres (3) meses,
prorrogables por otro término igual contados a partir de la mencionada fecha, para
la aprobación de los Planes Graduales de Cumplimiento de las Plantas de
Beneficio de las especies que se acojan a los Planes de Racionalización."
IIDECRETO
NÚMERdJ
413 1 DE
2009
HOJA No _2
Continuación
del Decreto
~'Por el cual se modifica parciaimente ei Decreto 1500 de 2007, modificado
. por ios Decretos 2965 de 2008 y 2380 de 2009."
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ARTíCULO 3. VIGENCIA Y DEROGATORIAS.
El presente decreto rige a partir de
la fecha de su publicación en el Diario Oficial, y modifica el artículo 21 del Decreto
1500 de 2007 modificado por los Decreto 2965 de 2008 y 2380 de 2009 así como
el articulo 4' del Decreto 2965 modificado por el artículo 10' del Decreto 2380 de
2009.
PUBLíaUESE
y CÚMPLASE
26 DCI2009
Dada en Bogotá,
D. e., a los
~
DIEGO PALACIO BETA
OURT
Ministro
de ia Protección
ocial