Decreto No. 4158
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DE COLOMBIA
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MINISTERIO DE COME~CIO
INDUSTRIA y TURISMQ.,".::,,:::::;~.
DECRETO NUMERO 4158 DE 2007
2(~ tGi 2007
"Por el cual se concede la Orden del Mérito Industrial en la Categoría de Gran Oficial"
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los Decretos
2898 de 1954 y 1190 de 1984 y 572 de 1998, y
CONSIDERANDO
Que corresponde al Gobierno Nacional conceder la "ORDEN DEL MÉRITO INDUSTRIAL" con el fin
de exaltar y reconocer actos notables en el crecimiento de la industria nacional y los servicios
eminentes prestados para su desarrollo.
Que la Federación
Nacional
de Cultivadores
de Palma de Aceite
-FEDEPALMA-
e::. un;,.
organización
gremial fundada en el año 1962, que agrupa y representa a los cultivadof€~
y
productores de aceite de palma y lidera la r.::-:tructuragremial y de servicios de apoyo al sector
palmicultor, cuyo accionar ha sido decisivo para consolidar esta agroindustria en el país.
Que la Federación
Nacional
de Cultivadores
de Palma de Aceite
-FEDEPALMA-,
desde su
fundación, ha impulsado varias iniciativas tendientes a incrementar la competitividad sectorial y a
promover los mercados abarcando de manera integral los aspectos referidos a la rentabilidad del I
negocio, a la preservación del medio ambiente y el ejercicio de la responsabilidad social empresarial.
Que la Federación
Nacional
de Cultivadores
de Palma de Aceite -FEDEPALMA-
ofrece a los
palmicultores colombianos, entre otros servicios, la representación e influencia del sector ante las
instancias decisorias públicas y privadas, así como ante las entidades nacionales e internacionales de
su interés.
Que la Federación
Nacional
de Cultivadores
de Palma de Aceite
-FEDEPALMA-
tiene como
objetivos gremiales, ser el ente defensor de los intereses colectivos de los palmicultores y su apoyo en.
la orientación y diseño de políticas, estrategias e
instrumentos para el crecimiento y desarroll::. de!
sector y en la generación, adaptación y transferencia de tecnología para el mejoramiento del CLJlliVO en
beneficio de la palma de aceite y para el desarrollo de nuevos productos de interés estratégico para la
agroindustria.
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Que la Federación
Nacional de Cultivadores
de Palma de Aceite -FEDEPALMA- creó en el a.ño
1990, por mandato de su XVIII Asamblea, la Corporación Centro de Investigación en Palma y Aceite _1
CENIPALMA-, ente privado sin ánimo de lucro, responsable de la investigación y transferencié:; de
tecnología en el sector palmero, en los temas relacionados con el cultivo, la extracción y los uso~ de!
aceite de palma, cuyo principal objetivo es la búsqueda de la mayor productividad y eficiencia J/3 le: .
agroindustria palmera.
Que la Feder~ción
Nacional
de Cultivado"e3
de Palma de Aceite
-FEDEPALMA-
promovió a
comienzos de la década de los noventa, con apOlies de su afiliados, la Comercializadora de Aceite de
Palma, C.I. Acepalma
S.A., entidad que se encarga de encauzar los esfuerzos gremiales de
comercialización externa de los productos de la palma de aceite y qu,~ ha desarrollado conocimiento y
capacidad exportadora entre los palmicultores colombianos.
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.• -4158
DECRETO
NUMERO
de 20__
Hoja No. 2
r------------------~----'~--..----------------...-,
Continuación
del Decreto "Por el cual se concede la Or~en
~~~~!ito
Industrial
en la categoría
de Gran Oficial:~
_
Que la Federación
Nacional de Cultivadores
de Palma de Aceite -FEDEPALMA- promovió y puso
en funcionamiento, en el año 2000, la firma Promotora de Proyectos Agroindustriales de Palma de
Aceite Propalma S.A., entidad cuyo objetivo primordial es la obtención de financiación competitiva,
promoción de siembras y el desarrollo de la oleoquimíca e, igualmente, adoptar e impulsar las últimas
tecnologías agropecuarias que desarrolle Cenipalma y todas aquellas disponibles en el mundo de la
palma de aceite.
Que la Federación
Nacional de Cultivadores
de Palma de Aceite -FEDEPALMA- se ha impue,sto
como misión institucional, defender los intereses
de sus afiliados con sentido de responsabil_idad
social para el desarrollo y crecimiento de la agroindustria de la palma de aceite de manera competitiva
y sostenible y orientar a la comunidad palmera en aspectos relacionados con la situación y tendenci,as
del entorno, el desarrollo del sector, las nuevas tecnologías y las condiciones del mercado.
Que la Federación
Nacional de Cultivadores
de Palma -FEDEPALMA- recibió, en el año 2002, la
Orden Nacional al Mérito, en el grado de Cruz de Plata, por su labor de investigación y tecnificación
del cultivo de la palma de aceite, colaborando en la consolidación de la palmicultura como importante
renglón de la actividad agrícola nacional y como una de las exportaciones no tradicionales de mayor
crecimiento.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTíCULO 1° . Concédase la "ORDEN DEL MÉRITO iNDUSTRIAL",
en la categoría de "GRAN
OFICIAL", a la Federación
Nacional de Cultivadores
de Palma -FEDEPALMA-, como homenaje
de reconocimiento a su notable contribución en beneficio de la industria nacional y los servicios
prestados para su desarrollo.
ARTíCULO 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D. C., a los
EL VICEMINISTRO
DE COMERCIO EXTERIOR ENCARGADO
DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE
COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO