Decreto No. 4318

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REPÚBLICA<br /> DE COLOMBIA<br /> MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES<br /> <b>DECRETO NÚMERO</b><br /> 4318<br /> 1;)E<br /> Por medio del cual se promulga el "CONVENIO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA CONSTITUTIVO<br /> DE LA<br /> SECRETARIA<br /> GENERAL IBEROAMERICANA",<br /> adoptado en San José de Costa Rica el doce (12) de mayo de dos mil<br /> cuatro (2004) yel "ESTATUTO<br /> DE LA SECRETARíA<br /> GENERAL IBEROAMERICANA",<br /> aprobado en San José, Costa<br /> Rica, el veinte (20) de noviembre del año dos mil cuatro (2004).<br /> EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA<br /> DE COLOMBIA<br /> En uso de las facultades que le otorga el artículo 189 numeral 2 de la Constitución Política de Colombia y en<br /> cumplimiento de la Ley 7 de 1944, y<br /> C O N S I D E R A N D O:<br /> Que la Ley 73 del 30 de noviembre de 1944, en su artículo primero dispone que los Tratados, Convenios, Convenciones,<br /> Acuerdos, Arreglos u otros actos internacionales<br /> aprobados por el Congreso, no se considerarán<br /> vigentes como leyes<br /> internas, mientras no hayan sido perfeccionados<br /> por el Gobierno en su carácter de tales, mediante el canje de<br /> ratificaciones o el depósito de los instrumentos de ratificación, u otra formalidad equivalente;<br /> Que la misma ley en su artículo segundo ordena la promulgación de los tratados y convenios internacionales<br /> una vez<br /> sea perfeccionado el vínculo internacional que ligue a Colombia;<br /> Que el Congreso Nacional, mediante la Ley 1140 del 25 de junio de 2007, publicada en el Diario Oficial No. 46.835 del 7<br /> de diciembre<br /> de 2007, aprobó el <i>"Convenio de Santa Cruz de la Sierra Constitutivo de la Secretaría General</i><br /> ~I<br /> <i>Iberoamericana", adoptado en San José de Costa Rica el doce </i>(12) <i>de mayo de dos mil cuatro (2004) </i>y <i>el "Estatuto de la<br /> Secretaría General Iberoamericana", </i>aprobado en San José, Costa Rica, el veinte (20) de noviembre del año dos mil<br /> cuatro (2004);<br /> Que la Corte Constitucional, en Sentencia C-189 del 27 de febrero de 2008, declaró exequible la Ley 1140 del 25 de junio<br /> de 2007 y el <i>"Convenio de Santa Cruz de la Sierra Constitutivo de la Secretaría General Iberoamericana", adoptado en<br /> San José de Costa Rica el doce </i>(12) <i>de mayo de dos mil cuatro (2004) </i>y <i>el "Estatuto de la Secretaría General<br /> Iberoamericana", </i>aprobado en San José, Costa Rica, el veinte (20) de noviembre del año dos mil cuatro (2004);<br /> Que mediante Nota OAJ.CAT NO.32857 del 26 de junio de 2008 el Gobierno Nacional remitió a la Embajada de<br /> Colombia en Bolivia el Instrumento de Ratificación, en el cual consta el cumplimiento de los requisitos constitucionales<br /> y<br /> legales internos por parte de Colombia para la entrada en vigor del mencionado Convenio. El Gobierno de la República4318<br /> DECRETO NÚMERO<br /> DE<br /> _<br /> Hoja número 2<br /> Continuación<br /> del Decreto por medio del cual se promulga el "CONVENIO<br /> DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA<br /> CONSTITUTIVO<br /> DE LA SECRETARIA GENERAL IBEROAMERICANA",<br /> adoptado en San José de Costa Rica el doce<br /> (12) de mayo de dos mil cuatro (2004) y el "ESTATUTO<br /> DE lA SECRETARIA<br /> GENERAL<br /> IBEROAMERICANA",<br /> aprobado en San José, Costa Rica, el veinte (20) de noviembre del año dos mil cuatro (2004) .<br /> ..------- ..---...--------------------------------------------------------<br /> .•.-------------------------------------------------------------------------------------------<br /> de Bolivia - Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos mediante Nota Verbal N° GM- DGAJ-CPL-1891/08<br /> -14.334 del<br /> 22 de agosto de 2008, comunicó el cumplimiento de los requisitos intemos constitucionales y remitió el Instrumento de<br /> Ratificación de conformidad con el artículo 10°. En consecuencia, el citado instrumento internacional entró en vigor el 24<br /> de agosto de 2008 de acuerdo con lo previsto en su artículo 10°.<br /> D E C RE T A:<br /> ARTIcULO<br /> PRIMERO: Promúlgase el "Convenio de Santa Cruz de la Sierra Constitutivo de la Secretaría General<br /> Iberoamericana", adoptado en San José de Costa Rica el doce (12) de mayo de dos mil cuatro (2004) y el "Estatuto de la<br /> Secretaría General Iberoamericana", aprobado en San José, Costa Rica, el veinte (20) de noviembre del año dos mil<br /> cuatro (2004).<br /> Para ser transcrito en este lugar, se adjunta fotocopia del texto del "Convenio de Santa Cruz de la Sierra Constitutivo de la<br /> Secretaría General Iberoamericana", adoptado en San José de Costa Rica el doce (12) de mayo de dos mil cuatro (2004)<br /> y el "Estatuto de la Secretaría General Iberoamericana", aprobado en San José, Costa Rica, el veinte (20) de noviembre<br /> del año dos mil cuatro (2004).<br /> ARTIcULO<br /> SEGUNDO:<br /> El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.<br /> 1 4 n¡ 200<br /> <i>I</i><br /> <i>-------</i><br /> ~_.-<br /> PUBLlQUESE y CÚMPLASE<br /> Dado en Bogotá, D.C., a los<br /> ---~ 0?0 O n ~O. ,,~~<br /> IMEB<br /> t~E<br /> .nistro de Relaciones ~ore