Decreto No. 4484
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REPUBLICA
DE COLOMBIA
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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
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4484
DECRETO NÚMERo
DE 2008
(
2 7 HOV200a
Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional - Justicia Penal
Militar y se dictan otras disposiciones
EL PRESIDENTE
DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades constitucionales
y legales en especial de las que le confieren el
numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la
Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio
De Defensa
Nacional
- Justicia Penal Militar, presentó al Departament0
Administrativo
de la Función Pública,
la justificación
técnica de que tratan las disposiciones
vigentes,
el cual emitió concepto técnic(), favorabl,e y ,cuenta con elpertificado
de viabilidad
presupuestal expedido por la Dirección GeneraL,gel Presupuesto
Público Nacional del Ministerio
de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar'suplanta
de personal.
DECRETA:
ARTíCULO 1°.
Suprímense de la planta de Personal del Ministerio de Defensa Nacional -
Justicia Penal Militar, los siguientes empleos:
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PLANTA GLOBAL
W. DE CARGOS
DENOMINACiÓN
DEL CARGO
CÓDIGO
GRADO
1
(uno)
Director del Sector Defensa
1-3
14
1
(uno)
Asesor del Sector Defensa
2-2
22
3
(tres)
Profesional de Defensa
3-1
18
!
1
(uno)
Profesional de Defensa
3-1
16
1
(uno)
Profesional de Defensa
3-1
15
3
(tres)
Profesional de Defensa
3-1
12
2
(dos)
Profesional de Defensa
3-1
10
2
(dos)
Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa
5-1
24
1
(uno)
Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa
5-1
23
1
(uno)
Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa
5-1
22
1
(uno)
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
28
1
(uno)
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
23
1
(uno)
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
17
1
(uno)
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
15
(;i-
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í
/-
DECRETO NÚMERO
de
2008
Hoja N°. 2
Continuación
del
Decreto.
"Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Defensa
Nacional - Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones".
CARGOS DE JURISDICCIÓN
Juzgado
de Dirección
o Inspección
2
(dos)
Auditor de Guerra de Dirección o Inspección
Juzgado
de División,
Fuerza Naval, Comando
Aéreo y Policía Nacional
Auditor de Guerra de División o de Fuerza Naval o de Comando Aéreo o de Policía
9
(nueve)
Metropolitana
Juzgado
de Brigada,
Base Aérea, Grupo Aéreo y Departamento
de Policía
Auditor de Guerra de Brigada o de Base Aérea o de Grupo Aéreo y Departamento
de
4
(cuatro)
Policía.
ARTíCULO
2°.
Créanse
en la planta
de Personal
del Ministerio
de Defensa
Nacional
-
Justicia
Penal Militar,
los siguientes
empleos:
DESPACHO
DEL DIRECTOR DE LA JUSTICIA
PENAL MILITAR
N°. DE CARGOS
DENOMINACION
DEL CARGO
CODIGO
GRADO
1
(uno)
Director del Sector Defensa
1-3
18
1
(uno)
Asesor del Sector Defensa
2-2
22
1
(uno)
Asesor del Sector Defensa
2-2
20
/
3
(tres)
Profesional de Defensa
3-1
18
~
2
(dos)
Profesional de Defensa
3-1
16
1
(uno)
Profesional de Defensa
3-1
15
3
(tres)
Profesional de Defensa
3-1
12
2
(dos)
Profesional de Defensa
3-1
10
5
(cinco)
Profesional de Defensa
3-1
01
\~,
PLANTA GLOBAL
W. DE CARGOS
DENOMINACION
DEL CARGO
CODIGO
GRADO
2
(dos)
Técnico de Servicios
5-1
24
1
(uno)
Técnico de Servicios
5-1
23
2
(dos)
Técnico de Servicios
5-1
22
1
(uno)
Auxiliar de Servicios
6-1
28
1
(uno)
Auxiliar de Servicios
6-1
23
2
(dos)
Auxiliar de Servicios
6-1
17
2
(dos)
Auxiliar de Servicios
6-1
15
EMPLEOS JURISDICCIÓN
Juzgado
de Instrucción
Penal Militar
5
(cinco)
Juez de Instrucción Penal Militar
Secretarios
de Juzgado,
Fiscalía y Auditoria
9
(nueve)
SecretarioDECRETO NÚMERO
e 4 4 8 i~,
de
2008
Continuación
del Decreto. "Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Defensa
Nacional - Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones".
ARTíCULO
3°.
Los empleados
públicos del Ministerio de Defensa Nacional - Justicia Penal
Militar, serán incorporados directamente
a los empleos equivalentes establecidos en el presente
decreto, y continuaran percibiendo la remuneración mensual correspondiente
a los empleos que
desempeñan
actualmente,
hasta tanto se produzca la incorporación
a la planta de personal. Los
demás empleos serán provistos de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.
ARTíCULO 4°.
Las incorporaciones
a los cargos de la planta de personal de que trata el
presente decreto, se harán en un término máximo de treinta (30) días contados a partir de la
fecha de su publicación.
ARTíCULO 5°.
El
Ministro
de
Defensa
Nacional
o
quien
este
delegue,
mediante
Resolución, distribuirá los cargos de la Planta Global y ubicará el personal teniendo en cuenta la
estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
ARTíCULO 6°.
Los empleos con jurisdicción
de la
planta de personal del Ministerio de
Defensa Nacional - Justicia Penal Militar, continuaran rigiéndose por los Decretos No. 2423 de
2001, 108 de 2004 y 3406 de 2004.
PUBLíaUESE
y CÚMPLASE
Dado en Bogotá
D. C., a los,
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO,
EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,
CI
L SANTOS
EL DIRECTOR
DEL DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCION
PÚBLICA,