Decreto No. 4488
DE COLOMBIA
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MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
DECRETO NÚMERO 4488
DE 20Q9
(1 8 tJOV2009'
Por el cual se aprueba la estructura de la Administradora Colombiana de Pensiones,
Colpensiones, se determinan las funciones de sus dependencias y se dictan otras
disposiciones
EL PRESIDENTE DE LA RE PUBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de las facultades Constitucionales y Legales, en especial las que le
confieren los numerales 11 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 54
de la Ley 489 de 1998, y el artículo 155 de la Ley 1151 de 2007, y
CONSIDERANDO
Que
la
Junta
Directiva
de
la
Administradora
Colombiana
de
Pensiones
COLPENSIONES, en sesión del 1° de octubre de 2009, según acta número 001 de la
misma fecha, aprobada el 08 de octubre de 2009, decidió someter a la aprobación del
Gobierno Nacional la estructura interna de la entidad y las funciones de sus
dependencias.
DECRETA
CAPíTULO I
NATURALEZA, OBJETO, PATRIMONIO Y FUNCIONES DE LA ADMINISTRADORA
COLOMBIANA
DE PENSIONES, COLPENSIONES
ARTíCULO
1° Razón Social y Naturaleza Jurldica. La Administradora Colombiana de
Pensiones, Colpensiones, es una empresa industrial y comercial del Estado del orden
nacional, vinculada al Ministerio de la Protección Social, dotada de personería jurídica,
autonomía administrativa y patrimonio independiente.
ARTíCULO
2° Objeto. La Administradora Colombiana de Pensiones,
Colpensiones,
tiene por objeto la administración estatal del régimen solidario de prima media con
prestación definida en los términos previstos en la Ley 1151 de 2007, como también de
las prestaciones especiales que las normas legales le asignen, incluyendo la
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administración de los beneficios económicos periódicos en los términos que señale la
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Constitución y la Ley.
ARTíCULO
3° Domicilio. La Administradora Colombíana de Pensiones, Colpensiones,
tiene por domicilio principal la ciudad de Bogotá D.C., pero podrá adelantar actividades
en desarrollo de su objeto en todo el territorio nacional.
ARTíCULO 4° Patrimonio y capital fiscal. El patrimonio de la Administradora Colombiana
de Pensiones, Colpensiones, estará conformado por los ingresos que genere en
desarrollo de su objeto social, por los aportes del Presupuesto General de la Nación, los
activos que le transfieran la Nación y otras entidades públicas del orden nacional y los
demás activos e ingresos que a cualquier título perciba.
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Continuacióndel Decreto"Por el cual se apruebala estructurade la AdministradoraColombiana
de Pensiones,Colpensiones,se determinanlas funcionesde sus dependenciasy se dictanotras
disposiciones"
.
El capital fiscal estará constituido por los aportes y activos que se reciban para la
entrada en funcionamiento de la Empresa, y la acumulación de los traslados que se
hagan de otras cuentas patrimoniales.
ARTíCULO
5° Funciones. En desarrollo de su objeto, además de las que establece la
Ley, la Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones, cumplirá con las
siguientes funciones:
1.
Administrar el régimen solidario de prima media con prestación definida del Sistema
General de Seguridad Social en pensiones. Inicialmente, asumirá las siguientes
funciones frente al tema de reconocimiento de mesadas pensionales y la
administración del Sistema, de manera gradual:
a. Efectuar el reconocimiento de los derechos pensionales y prestaciones
económicas en favor de los afiliados al régimen de prima media con prestación
definida del orden nacional, que estén vinculados en esta condición a las
entidades que actualmente reconocen o administran simultáneamente las
pensiones y los derechos pensionales de servidores públicos y particulares, y
que se causen con posterioridad a la recepción de esos afiliados por parte de la
Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones.
b. Efectuar el reconocimiento de los derechos pensionales y prestaciones
económicas relacionadas con el Régimen de Prima Media con Prestación
Definida a cargo de las actuales administradoras del régimen en el orden
nacional encargadas de la administración exclusiva de afiliados servidores
públicos, que se causen con posterioridad a que se ordene su liquidación o se
defina el cese de actividades como administradora, siempre y cuando, para el
momento de la liquidación o cesación de actividades, los afiliados o quienes
estuvieron afiliados no hayan cumplido los requisitos de tiempo de servicio y de
edad exigidos por las normas legales o que, para el momento de la liquidación o
cesación de actividades, el servidor público tenga cumplida la edad necesaria
pero no el tiempo de servicio.
c. Realizar la administración de derechos y prestaciones del régimen de prima
media con prestación definida, reconocidas por las administradoras del régimen
del orden
nacional, que tuvieren a su cargo la función de afiliación,
reconocimiento y administración simultánea de las pensiones y derechos
pensionales de particulares y servidores públicos y los que reconozca
Colpensiones.
2.
Administrar los beneficios económicos periódicos en los términos que establezcan
las normas legales y los reglamentos.
3.
Adelantar la gestión comercial que requiera la Empresa, que involucra el diseño de
mercadeo, la divulgación y capacitación, la afiliación de nuevas personas y la
administración y fidelización de quienes ya se encuentran afiliados.
4.
Adelantar la gestión integral de servicio al cliente, recibir, orientar, radicar, clasificar,
direccionar y sOlucionar adecuada y oportunamente las peticiones, solicitudes y
requerimientos.
5.
Adelantar la gestión de recursos de los regímenes que administre y de los recursos
propios de la Empresa, determinar los ingresos, gestionar el recaudo y cobro,
incluyendo cobro coactivo, y administrar las reservas e inversiones.
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Continuación
del Decreto ·Por el cual se aprueba la estructura de la Administradora
Coiombiana
de Pensiones, Col pensiones, se determinan las funciones de sus dependencias
y se dictan otras
disposiciones" .
6.
Gestionar la historia laboral y pensional, los registros de sus beneficiarios, adelantar
los registros
de novedades,
analizar
la consistencia
de información
y hacer el
manejo, la conservación y la custodia documental.
7.
Determinar,
reconocer y notificar los beneficios y prestaciones
legales a su cargo,
previa las correspondientes
calificaciones y valoraciones.
8.
Administrar
la nómina de quienes
se les reconozcan
beneficios
y prestaciones,
gestionar las novedades, liquidar, verificar y pagar los correspondientes
beneficios y
prestaciones.
9.
Evaluar, tramitar y aceptar el traslado de los afiliados al régimen de prima media
con prestación definida del orden nacional y de los afiliados de otros regimenes que
quieran acceder a este último.
10. Elaborar y mantener actualizados los cálculos actuariales con el fin de cuantificar el
pasivo pensional
de las mesadas actuales,
futuras,
conmutaciones
pensionales,
bonos,
cuotas
partes
y realizar
los demás
cálculos
que sean
necesarios
de
conformidad
con las normas legales.
11. Revisar el reconocimiento
de sumas periódicas a cargo de los fondos públicos que
administra,
en los términos del articulo 20 de la Ley 797 de 2003 y demás normas
que la sustituyan, mOdifiquen y adicionen.
12. Gestionar la planeación de la Empresa y de los regímenes a su cargo, que involucra
diagnostico, formulación y ejecución de estrategias y la propuesta de mejoramíentos
continuos y en organización y métodos de la Empresa.
13. Estudiar, señalar, publicar, capacitar y promover al interior de la Empresa o frente a
terceros,
criterios
unificados
sobre
la
actualización
e
interpretación
de
las
disposiciones
normativas que corresponden
a las prestaciones
a que se refiere el
objeto social.
14. Evaluar,
formular
y desarrollar
estrategias
jurídicas
unificadas
para la defensa
judicial de la Empresa y de los intereses del Estado en relación con las prestaciones
que por Ley deba administrar la Empresa.
15. Formular, elaborar, ejecutar y evaluar proyectos de inversión.
16. Realizar
las
operaciones
financieras
con
sujeción
a
las
normas
legales
y
autorizaciones
pertinentes, que requiera para el cumplimiento de sus funciones.
17. Desarrollar las tareas de investigación,
planeación y ejecución relacionadas con las
tecnologías
de la ínformación
con el objeto de implementar
las soluciones
que
requiera la entidad para el desenvolvimiento
de su función.
18. Analizar,
diseñar y construir,
directamente
o a través de terceros,
o adquirir
los
sistemas de información requeridos para el desarrollo de su objeto social.
19. Efectuar las relaciones jurídicas que sean necesarias para adquirir y/o intercambiar
servicios,
experiencias,
tecnología,
información
y, en general, valores agregados
que contribuyan al desarrollo del objeto social y de sus funciones.
20. Cumplir
las
actividades
administrativas,
financieras,
de
talento
humano
y
documental que requiera la Empresa para el desarrollo de su objeto.DECRETO NÚMERO
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HOJA No ~
Continuacióndel Decreto"Por el cual se apruebala estructurade la AdministradoraColombiana
de Pensiones,Colpensiones,se determinanlas funcionesde sus dependenciasy se dictanotras
disposiciones'.
21. Adoptar
estrategias
y mecanismos dirigidos a cumplir
los procedimientos,
actividades
o
funciones
de
la empresa,
sea
directamente,
a través
de
externalización de procesos o, en general, a través de cualquier estrategia o
mecanismo que procure la eficiencia en la adecuada prestación de los servicios.
22. Las demás que sean propias de su naturaleza, que deba cumplir por asignación
legal.
CAPITULO 11
ESTRUCTURA INTERNA
ARTíCULO
6°
ESTRUCTURA
INTERNA.
Para el desarrollo de sus funciones, la
Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones, tendrá la siguiente estructura:
1.
Junta Directiva
1.1
Revisoria Fiscal
1.2
Defensoria del Cliente
2.
Presidencia
2.1
Oficina de Control Interno
2.2
Oficina de Control Interno Disciplinario
2.3
Oficina de Planeación
3.
Vicepresidencia de Tecnología
4.
Vicepresidencia Jurídica y Doctrinal
5.
Vicepresidencia Administrativa
5.1
Gerencia Económica
5.2
Gerencia de Administración de Bienes e Insumos
6.
Vicepresidencia de Talento Humano
7.
Vicepresidencia Comercial
7.1
Gerencia Diseño de Mercadeo
7.2
Gerencia Ejecución de Mercadeo
8.
Vicepresidencia de Servicio al Cliente
9.
Vicepresidencia de Gestión de Recursos
9.1
Gerencia de Ingresos
9.2
Gerencia de Recaudo
9.3
Gerencia de Cobro
10.
Vicepresidencia de Gestión de Historia Laboral y Pensional
10.1
Gerencia de Archivo
11.
Vicepresidencia de Beneficios y Prestaciones
11.1
Gerencia de Determinación
11.2
Gerencia de Reconocimiento
11.3
Gerencia de Nómina
12.
Gerencias Departamentales
13.
Órganos de Coordinación y Asesoria
ARTíCULO 7° JUNTA DIRECTIVA. La Junta Directiva de la Administradora Colombiana
de Pensiones, Colpensiones, cumplirá las funciones señaladas en las nomnas legales,
en los reglamentos y en los Estatutos de la Empresa.
ARTíCULO 8° REVISORíA FISCAL. Son funciones de la Revisoría Fiscal las siguientes:
l.
Verificar que las operaciones que se celebren o cumplan por cuenta de la
Empresa se ajusten a las prescripciones de la constitución, la ley, los reglamentos,
los estatutos internos y a las decisiones de la Junta Directiva.
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Continuacióndel Decreto"Por el cual se apruebala estructurade la AdministradoraColombiana
de Pensiones,Colpensiones,se determinanlas funcionesde sus dependenciasy se dictanotras
disposiciones"
.
2.
Dar oportuna cuenta, por escrito, a la Junta Directiva o al Presidente, según los
casos, de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la Empresa y en
el desarrollo de sus negocios.
3.
Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y
vigilancia de la Empresa y rendirles los informes a que haya lugar o le sean
solicitados.
4.
Velar por que se lleven regularmente la contabilidad de la Empresa y las actas de
las reuniones de la junta directiva, y porque se conserven debidamente la
correspondencia de la Empresa y los comprobantes de las cuentas, impartiendo
las instrucciones necesarias para tales fines.
5.
Inspeccionar asiduamente los bienes de la administradora y procurar que se
tomen oportunamente las medidas de conservación o seguridad de los mismos y
de los que ella tenga en custodia a cualquier otro título.
6.
Impartir las instrucciones, practicar las inspecciones y solicitar los informes que
sean necesarios para establecer un control permanente sobre los valores sociales.
7.
Autorizar con su firma cualquier balance que se haga, con su dictamen o informe
correspondiente.
8.
Convocar junta directiva a reuniones extraordinarias cuando lo juzgue necesario.
9.
Cumplir las demás atribuciones que le señalen las leyes, los reglamentos, o los
estatutos y las que, siendo compatibles con las anteriores, le encomiende la Junta
Directiva.
ARTíCULO 9· DEFENSORíA DEL CLIENTE. Son funciones de la Defensoría del
Cliente las siguientes:
1.
Ser vocero de los clientes o usuarios ante la Empresa, y conocer de forma
objetiva, oportuna y gratuita las quejas que presenten, relacionadas con la calidad
o el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y estatutarias que rigen la
prestación de los servicios.
2.
Solicitar a la Empresa y al cliente la información que sea necesaria para el estudio
de las quejas presentadas.
3.
Resolver las solicitudes y quejas en cumplimiento del procedimiento y términos
establecidos en las normas legales y reglamentarias.
4.
Presentar a la Empresa y a las autoridades de vigilancia, los informes requeridos
por las normas legales y reglamentarias.
5.
Establecer el reglamento al cual se sujetará su actividad, en los términos de la ley
y de los reglamentos.
6.
Llevar un registro y archivo de las quejas presentadas y de su fecha.
7.
Presentar anualmente, en la oportunidad convenida con la Empresa, una relación
de los gastos que demande la defensoría del cliente, en los términos que
dispongan las normas legales y reglamentarias.
8.
las demás que le asignen las normas legales, reglamentarias yestatutarias.
ARTíCULO 10· PRESIDENTE. Son funciones del Presidente de la Administradora
Colombiana de Pensiones, Colpensiones, además de las que se establezcan en los
estatutos y en las normas legales y reglamentarias, las siguientes:
1.
Ejercer la representación legal de la Empresa y constituir apoderados especiales
para la representación judicial y administrativa.
2.
Desarrollar y controlar el cumplimiento de las decisiones y acuerdos de la Junta
Directiva, ejecutarlas y rendir los informes que le sean solicitados.
3.
Adoptar las medidas necesarias para la administración de los Beneficios
Económicos Periódicos, teniendo en cuenta las disposiciones aplicables y las
\
políticas y directrices dictadas por la Junta Directiva.
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Continuacióndel Decreto"Por el cual se apruebala estructurade la AdministradoraColombiana
de Pensiones,Colpensiones,se determinanlas funcionesde sus dependenciasy se dictanotras
disposiciones".
4.
Someter a consideración y aprobación de la Junta Directiva los anteproyectos
anuales de presupuesto, como también los proyectos de adición y traslados
presupuestales cOn arreglo a las disposiciones orgánicas y reglamentarias sobre
la materia.
5.
Someter a consideración y aprobación de la Junta Directiva las operaciones de
crédito de conformidad con las normas legales vigentes.
6.
Realizar la ejecución presupuestal, comprometer y ordenar el gasto, elaborar los
actos que la representación legal obligue, realizar las operaciones y celebrar los
cOntratos y convenios que se requieran para el normal funcionamiento de la
Empresa.
7.
Presentar a cOnsideraciónde la Junta Directiva los planes, programas, proyectos y
manuales que debe desarrollar la Empresa.
8.
Presentar a consideración de la Junta Directiva, para su aprobación, los estados
financieros.
9.
Nombrar, posesionar, distribuir y remover a los empleados públicos de la Empresa
y, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias y con las políticas y reglas
generales de la Junta Directiva, vincular a los trabajadores oficiales, suscribir los
contratos laborales y darlos por terminados de acuerdo con las normas vigentes.
10.
Dirigir, coordinar, vigilar y controlar la ejecución de las fUnciones propias de la
organización y de su personal.
11.
Proponer a la Junta Directiva la apertura o cierre de Gerencias Departamentales y
del Distrito Capital, como también de la apertura o cierre de sucursales y de
agencias que operen en esas gerencias.
12.
Rendir los informes solicitados por las entidades de inspección, cOntroly vigilancia
y las demás autoridades a las que se les debe reportar información.
13.
Garantizar el ejercicio del control interno de gestión y propender por el
mejoramiento institucional.
14.
Dirigir las políticas de control de lavado de activos y nombrar de entre los
funcionarios del nivel asesor, al Oficial de Cumplimiento y su suplente, quienes se
posesionarán y cumplirán sus funciones, conforme lo establecido por el Decreto
Ley 663 de 1993 (Estatuto Orgánico del Sistema Financiero), los reglamentos y las
demás normas que los modifiquen o adicionen.
15.
Expedir los actos que requiera la administración interna de la institución.
16.
Conocer y fallar en segunda instancia los procesos disciplinarios contra los
servidores y ex servidores públicos de la Empresa, tendientes al esclarecimiento
de las conductas que puedan cOnstituir faltas disciplinarias, sin perjuicio de la
competencia preferente de la Procuraduría General de la Nación.
17.
Diseñar el Manual de Riesgo Operativo y someterlo a aprobación de la Junta
Directiva.
18.
Desarrollar las gestiones y funciones asignadas por las normas legales y
reglamentarias, relacionadas COnla administración del riesgo operativo y nombrar,
de entre los funcionarios del nivel asesor, a las personas encargadas del reporte y
cumplimiento de esas funciones.
19.
Dirigir las acciones encaminadas a la atención de los riesgos de mercado e indicar
los funcionarios que realizarán estas labores en las diferentes dependencias de la
empresa.
20.
Presentar y recomendar a la Junta Directiva para su aprobación u objeción, los
candidatos a ocupar empleos del Nivel Directivo de la Empresa seleccionados a
través de procesos de selección externos.
21.
Evaluar y aceptar cesiones o subrogaciones con entidades públicas.
22.
Expedir los actos administrativos y ejercer las funciones que no hayan sido
asignados expresamente a otra autoridad de la Empresa.
23.
Las demás que le señalen las normas legales, los reglamentos y los estatutos,
relacionadas con las funciones y objetivos generales de la Empresa.
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HOJA No ~
Continuacióndel Decreto·Por el cual se apruebala estructurade la AdministradoraColombiana
de Pensiones,Colpensiones,se determinanlas funcionesde sus dependenciasy se dictanotras
disposiciones"
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ARTíCULO 11° OFICINA DE CONTROL INTERNO. Además de las señaladas en la Ley
87 de 1993, son funciones de la Oficina de Control Interno las siguientes:
1.
Planear, dirigir y organizar la verificación y la evaluación del Sistema de Control
Interno.
2.
Verificar que el Sistema de Control Interno esté formalmente establecido dentro de
la organización y que su ejercicio sea intrinseco al desarrollo de las funciones de
todos los cargos y, en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de
mando.
3.
Asesorar a las instancias directivas de la Empresa en la organización, gestión y
mejoramiento continuo del Sistema de Control Interno.
4.
Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la
organización se cumplan por los responsables de su ejecución y en especial, que
las áreas o empleados encargados de la aplicación del Régimen Disciplinario
ejerzan adecuadamente esta función.
5.
Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las actividades de la
organización estén adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren
permanentemente, de acuerdo con la evolución de la entidad.
6.
Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes,
programas, proyectos y metas de la organización y recomendar los ajustes
necesarios.
7.
Servir de apoyo a los directivos en el proceso de toma de decisiones, con el fin de
obtener los resultados esperados.
8.
Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los
sistemas de información de la entidad y recomendar los correctivos que sean
necesarios.
9.
Fomentar en toda la organización la formación de una cultura de control que
contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional.
10.
Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana,
que en desarrollo del mandato constitucional y legal diseñe la entidad
correspondiente.
11.
Mantener permanentemente informados a los directivos acerca del estado del
control interno dentro de la Empresa, dando cuenta de las debilidades detectadas
y de las fallas en su cumplimiento.
12.
Verificar que se implanten las medidas respectivas recomendadas a través de
planes de mejoramiento.
13.
Dirigir el diseño, ejecución y control de actividades orientadas a medir y evaluar la
eficiencia, eficacia y economia del sistema de Control Interno, asesorando a los
niveles de Dirección en la optimización del proceso administrativo, la evaluación de
los planes establecidos y en la introducción de los correctivos necesarios para el
cumplimiento de las metas y objetivos misionales.
14.
Ejercer sobre todas las áreas de trabajo la debida inspección y vigilancia, a fin de
mantener un permanente y adecuado control de gestión, para asegurar el
cumplimiento de las politicas, objetivos y metas establecidas.
15.
Verificar la consistencia, razonabilidad y confiabilidad de los estados financieros de
la Entidad, por medio de comprobaciones periódicas y selectivas de los registros
contables y presupuestales y los análisis de los mismos.
16.
Planear, dirigir, organizar y coordinar el proceso de verificación y evaluación del
desarrollo del sistema de gestión de la calidad.
17.
Verificar y evaluar el sistema de gestión de calidad y recomendar las acciones
pertinentes para su continuo mejoramiento.
18.
Programar y coordinar auditorías internas para verificar el cumplimiento de las
normas, objetivos, políticas, planes y programas de calidad de la entidad.DECRETO NÚMERO
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Continuación
del Decreto "Por el cual se aprueba la estructura de la Administradora
Colombiana
de Pensiones, Col pensiones, se determinan las funciones de sus dependencias
y se dictan otras
disposiciones" .
19.
Verificar los procesos relacionados con el reconocimiento y pago de pensiones y el
manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información de la Administradora
y recomendar los correctivos que sean necesarios.
20.
Las demás inherentes y las que le sean asignadas y que correspondan a la
naturaleza de la dependencia.
ARTíCULO
12° OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO.
Son funciones de
la Oficina de Control Interno Disciplinario las siguientes:
1.
Ejercer la función disciplinaria y aplicar el procedimiento con sujeción a las
disposiciones, facultades y competencias establecidas en la ley disciplinaria.
2.
Conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios contra los
servidores y ex servidores públicos de la Empresa, tendientes al esclarecimiento
de las conductas que puedan constituir faltas disciplinarias, sin perjuicio de la
competencia preferente de la Procuraduría General de la Nación.
3.
Apoyar la gestión del nominador en la ejecución de las sanciones impuestas, de
conformidad con las normas vigentes sobre la materia.
4.
Preparar y remitir los informes a la Procuraduría General de la Nación en relación
con los procesos disciplinarios y demás actuaciones inherentes a las funciones
encomendadas.
5.
Dar a conocer a la Fiscalía General de la Nación, a los organismos de control y
fiscalización del Estado, a las dependencias de control interno disciplinario de
otras entidades, los hechos y pruebas materia de la acción disciplinaria a su cargo
cuando pudieren ser de competencia de aquellos.
6.
Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean
asignadas por las normas legales, reglamentarias yestatutarias.
ARTíCULO 13° OFICINA DE PLANEACIÓN. Son funciones de la Oficina de Planeación
las siguientes:
lo
Asesorar al Presidente en la definición de objetivos, las políticas, la selección de
estrategias de acción y las metas misionales de la Empresa.
2.
Examinar las condiciones y medir la capacidad de respuesta de la Empresa frente
al Sistema General de Seguridad Social en Pensiones.
3.
Elaborar y consolidar, en coordinación con las áreas correspondientes, el
diagnóstico organizacional de la Empresa.
4.
Formular y presentar para aprobación de la Junta Directiva el plan estratégico de
la Empresa.
5.
Elaborar, ajustar y evaluar, en coordinación con las áreas correspondientes, los
planes de acción de la Empresa.
6.
Evaluar y recomendar la aplicación de planes de desarrollo que permitan el
cumplimiento del objeto de la Empresa.
7.
Hacer la evaluación técnica, económica y social de los proyectos de inversión que
vayan a ser registrados en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional.
8.
Organizar y administrar el Banco de Programas y Proyectos de Inversión.
9.
Realizar el seguimiento a los proyectos y el cumplimiento eficaz de las metas
programadas.
10.
Establecer directrices y políticas para organizar y evaluar la información soporte y
definir las variables técnicas para la formulación del cálculo actuarial.
1lo
Evaluar y ajustar el valor del pasivo pensional para su causación contable.
12.
Presentar los informes propios de su gestión y los que le sean solicitados por la
Junta Directiva, la Presidencia o por los organismos externos de control.
13.
Implementar y mantener el sistema de gestión de calidad.
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Continuacióndel Decreto"Por el cual se apruebala estructurade la AdministradoraColombiana
de Pensiones,Colpensiones,se determinanlas funcionesde sus dependenciasy se dictanotras
disposiciones"
.
14.
Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean delegadas o asignadas
por las normas legales, reglamentarias y estatutarias.
ARTíCULO
14° VICEPRESIDENCIA DE TECNOLOGíA. Son funciones
de
la
Vicepresidencia de Tecnología las siguientes:
1.
Proponer al Presidente las politicas, lineamientos, planes y proyectos de carácter
tecnológico y en particular de las tecnologías de la información de la Empresa.
2.
Elaborar, en coordinación con las diferentes áreas, el plan de desarrollo
tecnológico de la Empresa, ejecutarlo y realizar su control y seguimiento.
3.
Dirigir y coordinar la planeación y ejecución de los proyectos de carácter
tecnológico que adelante la Empresa.
4.
Definir, y vigilar el cumplimiento de metodologlas, estándares, procedimientos y
mecanismos en el área de las tecnologías de la información, necesarios para
garantizar la seguridad, eficacia, eficiencia y confiabilidad de la información, de los
bienes y los servicios informáticos.
5.
Dirigir los procesos de evaluación, investigación, implantación y administración de
las diferentes tecnologlas y servicios de información que requiera la Empresa para
el cumplimiento de sus objetivos misionales.
6.
Dirigir y coordinar la efectiva integración entre los diferentes componentes del
sistema de información de la Empresa y la adecuada articulación entre los niveles
de negocio, procesos, software y tecnología en una arquitectura corporativa
integral.
7.
Fijar los lineamientos al área administrativa de la entidad en la ejecución de los
procesos contractuales para la adquisición y contratación de bienes y servicios
relacionados con las tecnologías de la información.
8.
Participar en la definición, implantación y evaluación de los procedimientos
necesarios para la operación de los sistemas de información y demás soluciones
en el área de las tecnologías de la información en la Empresa.
9.
Diseñar y Coordinar el seguimiento, control y evaluación del desarrollo de
proyectos tecnológicos que la entidad contrate con terceros.
10.
Investigar, evaluar y proponer nuevas soluciones de soporte lógico (software) y
físico (hardware), y metodologlas, estándares, mecanísmos e instrumentos de
administración de tecnologías de la ínformación y de las comunicaciones.
11.
Diseñar y ordenar el análisis, construcción, documentación, implantación y
mantenimiento de los sistemas y servicios de información y demás soluciones
informáticas que requiera la Empresa.
12.
Diseñar, en coordinación con las áreas usuarias, los procedimientos para el
ingreso, flujo, transformación y uso de los datos.
13.
Definir, implantar y ordenar la ejecución de las estrategias, procedimientos y
mecanismos de control y seguridad necesarios para garantizar la eficacia,
eficiencia y confiabilidad de la información, de los bienes y de los servicios
informáticos.
14.
Dirigir, ordenar la ejecución y controlar las labores de procesamiento de
información.
15.
Administrar los recursos informáticos de hardware y software de la entidad y
fomentar el uso racional y apropiado de esa infraestructura.
16.
Diseñar, ordenar la implementación y monitorear los procesos automatizados
necesarios para la prestación de los servicios de información que se originen en el
software aplicativo.
17.
Controlar la adecuada prestación de los servicios de soporte contratados y las
garantias de los bienes licenciados o adquiridos.
18.
Fijar políticas y ordenar su ejecución, para atender los requerimientos de servicio
t
de los usuarios internos y externos y brindar soporte técnico y asesoría en relació4488
DECRETO NÚMERO --------
DE 2009
HOJA No _10
Continuacióndel Decreto·Por el cual se apruebala estructurade la AdministradoraColombiana
de Pensiones,Colpensiones,se determinanlas funcionesde sus dependenciasy se dictanotras
disposiciones·.
con el funcionamiento de la infraestructura tecnológica de la entidad, de los
aplicativos y de los servicios de información.
19.
Diseñar, fijar y ordenar procedimientos y mecanismos para identificar las
condiciones y características de las fuentes de datos, valorar la calidad de la
información y proponer acciones hacia el mejoramiento continuo del flujo de datos.
20.
Ordenar medidas para la custodia de la información, evitar la pérdida de integridad
y evitar problemas de seguridad de la misma.
21.
Realizar los procedimientos definidos para evitar la pérdida parcial o total de los
datos.
22.
Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean delegadas o asignadas
por las normas legales, reglamentarias y estatutarias.
ARTíCULO 15° VICEPRESIDENCIA JURíDICA Y DOCTRINAL. Son funciones de la
Vicepresidencia Jurídica y Doctrinal las siguientes:
l.
Diseñar e implementar estrategias dirigidas a unificar las formas, criterios
y
fundamentos jurídicos conceptuales que se usen en la Administradora Colombiana
de Pensiones, Colpensiones, relacionadas con la ejecución del objeto social.
2.
Compilar,
estudiar
y
mantener
actualizadas
las
disposiciones
juridicas
constitucionales, las normas con fuerza de ley, los actos administrativos
generales, la jurisprudencia y la doctrina relacionada con el objeto social.
3.
Ordenar la elaboración de propuestas de ajustes o modificaciones normativas y
conceptualizar sobre modificaciones normativas en curso, en coordinación con el
área técnica correspondiente.
4.
Estudiar y proyectar para firma del Presidente de la Administradora Colombiana de
Pensiones, Colpensiones, los actos administrativos que resuelven sobre conflictos
de competencia y sobre revocatoria directa de oficio o a petición de parte, cuando
la solicitud se dirija al Presidente de la Empresa.
5.
Estudiar y proyectar para firma del Presidente de la Administradora Colombiana de
Pensiones, Colpensiones, los actos administrativos que profiera en desarrollo del
objeto social.
6.
Representar judicial y administrativamente a la Administradora Colombiana de
Pensiones, Colpensiones, salvo en los casos en los que el Presidente de la
Empresa determine asumir la representación.
7.
Diseñar y ordenar la implementación de las estrategias dirigidas a prevenir el inicio
de actuaciones judiciales y administrativas en contra de la Empresa, y a unificar
las formas y criterios que se usen para la defensa judicial yadministrativa.
8.
Fijar acciones de seguimiento de los procesos judiciales y de las actuaciones
administrativas que se inicien en contra de la Administradora Colombiana de
Pensiones, Colpensiones.
9.
Ordenar el inicio de las acciones judiciales y administrativas que se requieran para
el desarrollo del objeto social de la Administradora Colombiana de Pensiones,
Colpensiones.
10.
Desarrollar y promover la aplicación de mecanismos alternativos de solución de
conflictos, en los casos en que sea procedente.
11.
Participar en los comités y órganos de asesoría y coordinación que determine el
Presidente de la Empresa, así como a la Comisión Intersectorial de que trata el
artículo 4° del Decreto 169 de 2008 y las normas que lo modifiquen o adicionen.
12.
Las demás que le sean delegadas o asignadas por el Presidente de la Empresa y
que se relacionen con su naturaleza.
ARTíCULO
16° VICEPRESIDENCIA
ADMINISTRATIVA. Son
funciones
de
la
Vicepresidencia Administrativa las siguientes:
t.4488
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DE 2009
HOJA No _1_1
Continuacióndel Decreto"Por el cual se apruebala estructurade la AdministradoraColombiana
de Pensiones,Colpensiones,se determinanlas funcionesde sus dependenciasy se dictanotras
disposiciones".
l.
Ejercer la Secretaria Técnica de la Junta Directiva de la Empresa.
2.
Asistir al Presidente en sus relaciones con los demás entidades y mantenerlo
informado de la situación de los proyectos que correspondan a las funciones
propias de la Empresa.
3.
Planear, dirigir, coordinar y controlar la organización y funcionamiento de los
servicios de apoyo administrativo.
4.
Definir las normas, políticas y procedimientos para la elaboración, ejecución y
control del presupuesto.
5.
Definir las políticas, normas administrativas, y procedimientos en materia contable
y de tesorería.
6.
Coordinar y hacer cumplir las normas en materia de presupuesto, contabilidad y
tesorería en cada una de las áreas.
7.
Dirigir y coordinar la elaboración de los Informes, Proyecto de Presupuesto y
Estados Contables para su aprobación ante la Junta Directiva.
8.
Coordinar con las entidades públicas pertinentes todos los asuntos relacionados
con el presupuesto.
9.
Coordinar la elaboración, presentación, modificación y evaluación del Programa
Anual Mensualizado de Caja - PAC
10.
Establecer las normas y políticas para la planeación, ejecución, administración y
mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles.
11.
Dirigir la elaboración y aprobar el plan anual de compras de bienes y servicios, así
como coordinar su ejecución.
12.
Planificar y coordinar los servicios generales de apoyo y logística necesarios para
el buen funcionamiento de la Empresa.
13.
Mantener los inventarios debidamente registrados y actualizados.
14.
Mantener la adecuada disponibilidad y accesibilidad a los bienes y servicios de la
Empresa, maximizando la utilización de los recursos.
15.
Supervisar las labores de servicios generales, atendiendo las solicitudes de
servicios de las diferentes áreas.
16.
Ejercer la suplencia del Presidente de la Empresa y posesionarse
17.
Establecer y dirigir las políticas administrativas y sistemas de control que permitan
evaluar los resultados obtenidos.
18.
Establecer directrices y politicas de gestión documental de conformidad con la Ley
General de Archivos.
19.
Establecer directrices y políticas para la organización y control de la digitalización
de los documentos de la Entidad.
20.
Expedir copias de los documentos conservados en el archivo de acuerdo con la
ley y los reglamentos.
21.
Ordenar la elaboración del inventario y las tablas de retención documental para
aprobación del Comité de archivo, y verificar su cumplimiento.
22.
Presentar los informes propios de su gestión y los que le sean solicitados por la
Presidencia o por los organismos externos.
23.
Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean
delegadas o asignadas por normas legales, reglamentarias y estatutarias.
ARTíCULO 17° GERENCIA ECONÓMICA. Son funciones de la Gerencia Económica las
siguientes:
1.
Cumplir y hacer cumplir las normas en materia presupuestal, contable y de
tesorería.
2.
Elaborar y divulgar el Manual de Presupuesto, teniendo en cuenta los Planes,
Programas y objetivos de la entidad.
~L..-c.
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DE 2009
HOJA No _1_2
Continuacióndel Decreto"Por el cual se apruebala estructurade la AdministradoraColombiana
de Pensiones,Colpensiones,se determinanlas funcionesde sus dependenciasy se dictanotras
disposiciones"
.
3.
Planear, programar y elaborar el presupuesto consolidado de ingresos, gastos e
inversión.
4.
Controlar y evaluar la ejecución del presupuesto de cada uno de las áreas.
5.
Evaluar las solicitudes de modificaciones presupuestales y proyectar los actos
administrativos correspondientes.
6.
Elaborar y presentar los informes presupuestales, contables y de tesorería que
sean solicitados por las autoridades de control y las diferente áreas.
7.
Dirigir y coordinar la clasificación y registro de los hechos económicos de acuerdo
con el Plan Único de Cuentas de la Contabilidad Pública.
8.
Definir los criterios para realizar el análisis y conciliación permanente de las
cuentas contables.
9.
Coordinar la generación del Balance de Prueba, los Estados Contables y libros de
contabilidad.
10.
Elaborar y analizar los Estados Contables.
11.
Controlar la organización y archivo de los documentos fuente, de acuerdo con las
normas contables.
12.
Realizar seguimiento a las recomendaciones y observaciones de la Junta Directiva
y entidades de control y fiscalización.
13.
Coordinar y evaluar las relaciones con el sector financiero, en todas las
operaciones y servicios que requiera la entidad.
14.
Administrar los documentos de valor y responder por su conservación y custodia.
15.
Ejecutar las decisiones relativas a endeudamiento.
16.
Establecer la política y programación de pagos.
17.
Elaborar y presentar para aprobación el Programa Anual Mensualizado de Caja -
PACo
18.
Elaborar las conciliaciones bancarias a que haya lugar.
19.
Presentar y pagar oportunamente las obligaciones tributarias.
20.
Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean delegadas o asignadas
por las normas legales, reglamentarias y estatutarias.
ARTíCULO 18° GERENCIA DE ADMINISTRACiÓN DE BIENES E INSUMOS. Son
funciones de la Gerencia de Administración de Bienes e Insumos las siguientes:
lo
Efectuar y actualizar la identificación, clasificación y codificación de los bienes
muebles e inmuebles.
2.
Establecer los procedimientos para dar de baja los activos.
3.
Elaborar, someter a consideración del Vicepresidente Administrativo, divulgar y
verificar el cumplimiento y ejecución del Plan de Compras.
4.
Garantizar el oportuno suministro de elementos de oficina y mantenimiento de
muebles e inmuebles requerido por las diferentes áreas.
5.
Coordinar la elaboración de un programa anual de mantenimiento preventivo y
correctivo al mobiliario, equipo de oficina y vehículos.
6.
Garantizar que las pólizas de seguros contratadas se encuentren vigentes y
salvaguarden la totalidad de los activos; así mismo, presentar las reclamaciones
ante la Compañia de Seguros.
7.
Coordinar las actividades y procesos que se requieran para la celebración de los
contratos a que haya lugar.
8.
Elaborar y ejecutar el perfeccionamiento, legalización y liquidación de los contratos
que suscriba la Empresa.
9.
Coordinar la supervisión e interventoría de los contratos celebrados por la
Empresa.
10.
Supervisar las labores relacionadas con vigilancia, conductores y auxiliares de
servicios generales.
~CDECRETO NÚMERO
__
~_4 _4_8_8 DE 2009
HOJA No _1_3
Continuacióndel Decreto"Por el cual se apruebala estructurade la AdministradoraColombiana
de Pensiones.Colpensiones.se determinanlas funcionesde sus dependenciasy se dictanotras
disposiciones".
11.
Elaborar el inventario y las tablas de retención documental para aprobación del
Comité de archivo.
12.
Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean delegadas o asignadas
por las normas legales. reglamentarias y estatutarias.
ARTíCULO
19° VICEPRESIDENCIA
DE TALENTO
HUMANO.
Son funciones de la
Vicepresidencia de Talento Humano las siguientes:
1.
Definir las políticas y coordinar la administración y gestión del talento humano.
2.
Elaborar y hacer cumplir las políticas de personal, que incluirán programas de
selección, capacitación y estímulos, entre otros, con el propósito de aumentar los
niveles de eficacia, desempeño y compromiso de los empleados y lograr el
desarrollo de los planes anuales institucionales y las competencias laborales.
3.
Establecer directrices y politicas y ordenar la ejecución y control de los procesos
de selección, inducción entrenamiento y capacitación del personal velando por el
mejoramiento y aprovechamiento del talento humano.
4.
Dar cumplimiento a las disposiciones legales y organizacionales en materia
laboral.
5.
Elaborar y actualizar el manual de funciones y competencias laborales de la
empresa.
6.
Dictar políticas y ejecutar acciones dirigidas al bienestar, la formación y el
desarrollo de los servidores.
7.
Diseñar, promover e implementar políticas para recuperar y mejorar la salud física
mental y social de los trabajadores para protegerlos de los riesgos de su
ocupación y ubicar un ambiente de trabajo de acuerdo con sus condiciones
fisiológicas y psicológicas.
8.
Establecer actividades de prevención de accidentes y enfermedades de origen
profesional tendientes a mejorar las condiciones de trabajo, salud y calidad de vida
de los empleados
9.
Adoptar las políticas de administración y archivo de documentos y hojas de vida de
los servidores públicos de la Empresa, atendiendo la normatividad vigente en la
materia.
10.
Diseñar y ordenar acciones encaminadas a registrar novedades, liquidar y tramitar
oportunamente la información referente a salarios, prestaciones sociales y
seguridad
social
de
los
trabajadores
para
garantizar
el
pago
como
contraprestación del servicio prestado.
1l.
Implementar mecanismos que conlleven a aumentar la productividad del trabajo,
cuidando los criterios de austeridad y racionalización en el manejo de los recursos.
12.
Ordenar el diagnóstico de necesidades del talento humano, que fundamenten
planes, proyectos y programas, así como de mecanismos de evaluación y
seguimiento de los mismos.
13.
Dictar políticas y ejecutar acciones dirigidas a la integración y coherencia entre los
procesos de bienestar y otros procesos de recursos humanos como son la
capacitación, la selección y la evaluación de desempeño.
14.
Ordenar y coordinar estudios, que permitirán mantener elevados niveles de
productividad y responder a la satisfacción de necesidades de los clientes internos
y externos.
15.
Diseñar sistemas de evaluación de los procesos de selección y administración de
personal que permita verificar el cumplimiento de las metas.
16.
Presentar los informes propios de su gestión y los que le sean solicitados por la
Presidencia o por los organismos externos.
17.
Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean delegadas o asignadas
por las normas legales, reglamentarias y estatutarias.
t.4488
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DE 2009
HOJA No _1_4
Continuacióndel Decreto"Por el cual se apruebala estructurade la AdministradoraColombiana
de Pensiones,Colpensiones,se determinanlas funcionesde sus dependenciasy se dictanotras
disposiciones"
.
ARTíCULO 20° VICEPRESIDENCIA
COMERCIAL. Son funciones de la Vicepresidencia
Comercial las siguientes:
1.
Coordinar con las Gerencias Departamentales el diseño del plan de mercadeo.
2.
Formular el Plan de Mercadeo, teniendo en cuenta variables endógenas y
exógenas para poder enfocar sus estrategias, y presentarlo a aprobación del
Presidente.
3.
Definir estrategias comerciales para los usuarios y clientes que consideren sus
diferencias, que permita satisfacer de forma efectiva sus necesidades y alcanzar
los objetivos comerciales de la Empresa.
4.
Establecer una politica comercial propositiva y agresiva a través de la
investigación
del sistema general de seguridad social en
pensiones,
la
competencia, el entorno, entre otros, para lograr nuevos afiliados y mantener los
actuales.
5.
Analizar las oportunidades que ofrece el mercado en cuanto a clientes, calidad del
servicio que se ofrecerá, y si éste responde a sus necesidades.
6.
Definir lineamientos para la elaboración de campañas de divulgación
y
capacitación dirigidas a los clientes internos y a la fuerza de ventas.
7.
Definir estrategias para crear demanda o modificar las tendencias de demanda del
servicio.
8.
Integrar los esfuerzos de desarrollo por medio de una amplia visión del mercado,
con el propósito de aumentar la participación de los servicios que presta
Colpensiones.
9.
Responder por la planeación, coordinación y asesoria de los diferentes proyectos
de desarrollo e investigación, tendientes a la optimización e implantación de
nuevos servicios rentables y con caracteristicas de competitividad.
10.
Desarrollar un modelo donde identifique las necesidades del cliente, proporcione
información y lo oriente a superar sus inquietudes para lograr una afiliación
efectiva.
11.
Ejecutar actividades que incentiven a los clientes a seguir afiliados y a preferir los
servicios de la Empresa.
12.
Realizar estudios sobre nuevas oportunidades de negocio, que permitan definir la
conveniencia técnica para la entidad de participar en los mismos y remitirlos para
su desarrollo.
13.
Presentar los informes propios de su gestión y los que le sean solicitados por la
Presidencia o por los organismos externos.
14.
Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean delegadas o asignadas
por las normas legales, reglamentarias y estatutarias.
ARTíCULO
21° GERENCIA
DISEÑO DE MERCADEO.
Son funciones de la Gerencia
Diseño de Mercadeo las siguientes:
1.
Realizar los diagnósticos de mercadeo de la empresa.
2.
Elaborar el análisis de nuevos mercados y servicios, y establecer estrategias para
satisfacer las necesidades de los usuarios.
3.
Adelantar los estudios relacionados con las políticas de competencia de la
empresa.
4.
Llevar a cabo el análisis interno de Colpensiones relacionado con el mercadeo.
mediante la evaluación de las actividades inherentes a la Empresa, en términos de
crecimiento, eficiencia, productividad y efectividad; así como la situación actual de
la participación en el mercado, estado de fuerza de ventas, identificación de
\\
procesos críticos y su rediseño.
5.
Identificar el mercado objetivo y dirigir su publicidad hacia estos grupos para
~
cautivar nuevos afiliados y mantener los existentes.
~4L-.-·
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Continuacióndel Decreto"Por el cual se apruebala estructurade la AdministradoraColombiana
de Pensiones,Colpensiones,se determinanlas funcionesde sus dependenciasy se dictanotras
disposiciones".
6.
Diseñar, evaluar y retroalimentar el plan de mercadeo de la Empresa, el cual
incluirá objetivos, estrategias y plan de acción
7.
Presentar los informes propios de su gestión y los que le sean solicitados por la
Presidencia o por los organismos externos.
8.
Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el
nivel, la naturaleza de las funciones y el área del desempeño.
ARTíCULO
22° GERENCIA
EJECUCiÓN
DE MERCADEO.
Son funciones de la
Gerencia Ejecución de Mercadeo ras siguientes:
1.
Ejecutar el diseño de mercadeo de una manera sistemática que permita exponer
la realidad y actuar en ella, a través del horizonte de tiempo que ha sido estipulado
para medir la efectividad de la estrategia.
2.
Diseñar campañas de divulgación orientadas al cliente externo sobre los
beneficios que ofrece la administradora del régimen de prima media con
prestación definida resaltando la diferenciación existente con el régimen de ahorro
individual.
3.
Coordinar con
la Vicepresidencia de Talento
Humano un programa
de
capacitación permanente a la fuerza de ventas de Colpensiones, referente a los
servicios ofrecidos para ser transmitidos de manera clara y completa a los clientes
externos.
4.
Efectuar la programación y visitas a los clientes potenciales a través de la fuerza
de ventas, evaluando el nivel de cumplimiento.
5.
Definir un proceso de afiliación para que se realice de manera expedita, sencilla y
accesible.
6.
Verificar el acompañamiento de la fuerza de ventas de Colpensiones a los clientes
potenciales.
7.
Diseñar actividades tendientes a motivar a los afiliados, estableciendo grupos
acordes a sus necesidades y evaluar su resultado.
8.
Establecer estándares de medición de satisfacción y lealtad del cliente.
9.
Presentar los informes propios de su gestión y los que le sean solicitados por la
Presidencia o por los organismos externos.
10.
Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el
nivel, la naturaleza de las funciones y el área del desempeño
ARTíCULO
23° VICEPRESIDENCIA
DE SERVICIO AL CLIENTE. Son funciones de la
Vicepresidencia de Servicio al Cliente las siguientes:
l.
Crear un programa de servicio al cliente que garantice la retroalimentación de
requisitos y necesidades y permita medir la satisfacción del cliente.
2.
Coordinar con la Vicepresidencia de Talento Humano los procesos de capacitación
continua que garanticen la actualización del personal a su cargo.
3.
Desarrollar mecanismos de atención y satisfacción de las necesidades e
inquietudes de los clientes.
4.
Dictar las políticas y ejecutar las acciones dirigidas a que se dé el trámite
adecuado a la solicitud del cliente.
5.
Verificar que la respuesta al cliente externo sea clara, oportuna y completa.
6.
Diseñar estrategias tendientes a mantener y mejorar la calidad, cobertura y
efectividad del servicio de atención al cliente interno y externo.
7.
Definir y ejecutar los procedimientos para el proceso de recepción del cliente
externo.DECRETO NÚMERO
4488 DE 2009
---~----
HOJA No _1_6
Continuacióndel Decreto"Por el cual se apruebala estructurade la AdministradoraColombiana
de Pensiones,Colpensiones,se determinanlas funcionesde sus dependenciasy se dictanotras
disposiciones".
8.
Definir y ejecutar una metodología para prestar un asesoramiento adecuado a las
expectativas y necesidades del cliente.
9.
Realizar el seguimiento y control, y eliminar fallas en el proceso de radicación de la
correspondencia de entrada y salida.
10.
Unificar la recepción y envío de documentos de conformidad con las tablas de
retención documental establecidas para Colpensiones.
11.
Efectuar monitoreo y control de las solicitudes.
12.
Adoptar las políticas institucionales sobre gestión documental en el manejo de la
correspondencia de los usuarios de la Empresa.
13.
Incorporar mecanismos de evaluación de las competencias de los encargados de
la atención al cliente, permitiendo generar planes de desarrollo individual.
14.
Diseñar estrategias y definir políticas para establecer formatos de encuestas
personalizadas al cliente, para evaluar satisfacción con la atención recibida y con
los servicios prestados por la Empresa.
15.
Coordinar el trámite pertinente al interior de la institución, para lograr una
respuesta eficiente al cliente.
16.
Establecer los mecanismos de comunicación con el cliente externo para
comunicarle la respuesta y despejar su inquietud.
17.
Realizar el seguimiento que permita verificar que la respuesta sea clara, oportuna
y completa.
18.
Establecer directrices y políticas para definir los perfiles del recurso humano y los
recursos necesarios para el adecuado servicio al cliente en la Empresa y sugerir
su implementación a la Vicepresidencia de Talento Humano, junto con el
programa de capacitación que se le impartirá a ese personal.
19.
Presentar los informes propios de su gestión y los que le sean solicitados por la
Presidencia o por los organismos externos.
20.
Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean delegadas o asignadas
por las normas legales, reglamentarias yestatutarias.
ARTíCULO
24° VICEPRESIDENCIA
DE GESTiÓN DE RECURSOS.
Son funciones de
la Vicepresidencia de Gestión de Recursos las siguientes:
1.
Establecer las políticas para efectuar y controlar el aforo de los ingresos,
inversiones, recaudo y cobro.
2.
Dirigir y coordínar la distribución y traslado de los recursos para la apropiación de
las reservas de cada uno de los riesgos que se refieren a los beneficios y
prestaciones que administra la Empresa y la comisión de administración.
3.
Definir polítícas, desarrollar e implementar el sístema de investigación y
fiscalización sobre los responsables de las cotizaciones y aportes al sistema de
seguridad social, en los términos del artículo 53 de la Ley 100 de 1993.
4.
Dirigir y coordinar las actividades relacionadas con la administración e inversión de
los dineros relacionados con las prestaciones y beneficios a cargo de la Empresa,
en forma directa o a través de fiducias de acuerdo con la Ley.
5.
Determinar políticas para el análisis del mercado bursátil y la valoración del
portafolio de inversiones.
6.
Aplicar los porcentajes para la apropiación de las reservas de cada uno de los
riesgos relacionados con las prestaciones y beneficios a cargo de la Empresa.
7.
Coordinar la causación contable de los porcentajes de apropiación de las reservas
para cada uno de los patrimonios autónomos.
8.
Analizar el mercado bursátil, decidir sobre las inversiones que se efectúen y
valorar el portafolio de acuerdo con las normas legales.
9.
Elaborar y presentar los informes requeridos por los clientes internos y externos.
10.
Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean delegadas o asignadas
por las normas legales, reglamentarias yestatutarias.
t4488
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Continuacióndel Decreto"Por el cual se apruebala estructurade la AdministradoraColombiana
de Pensiones,Colpensiones,se determinanlas funcionesde sus dependenciasy se dictanotras
disposiciones"
.
ARTíCULO 25° GERENCIA DE INGRESOS. Son funciones de la Gerencia de Ingresos
las siguientes:
1 •
Analizar el comportamiento histórico de los ingresos relacionados con los
beneficios y prestaciones a cargo de la Empresa, proyectar el aforo de los mismos
por cada uno de los conceptos y proyectar las inversiones.
2.
Coordinar el registro de la causación presupuestal y contable por cada concepto
del ingreso.
3.
Elaborar y presentar los informes requeridos por los clientes internos y externos.
4.
Las demás inherentes a su naturaleza y que le sean asignadas o delegadas.
ARTíCULO 26° GERENCIA DE RECAUDO. Son funciones de la Gerencia de Recaudo
las siguientes:
l.
Consultar permanentemente el movimiento de
las operaciones
bancarias
relacionadas con recursos de los beneficios y prestaciones a cargo de la Empresa.
2.
Coordinar y controlar la recepción oportuna de los soportes del recaudo para su
conciliación y ajuste.
3.
Realizar la distribución y traslado de los recursos para la apropiación de las
reservas de cada uno de los riesgos y la comisión de administración.
4.
Generar informe de deudores morosos y monto de la cartera.
5.
Elaborar y presentar los informes requeridos por los clientes internos y externos.
6.
Las demás inherentes a su naturaleza y que le sean asignadas o delegadas.
ARTíCULO 27° GERENCIA DE COBRO. Son funciones de la Gerencia de Cobro las
siguientes:
1 .
Consultar, identificar, consolidar y clasificar el estado de la cartera relacionada con
recursos que corresponden a prestaciones y beneficios a cargo de la Empresa, y
conciliar con el área contable.
2.
Iniciar las actuaciones de cobro prejurídico y de cobro coactivo de acuerdo con las
normas y políticas establecidas.
3.
Coordinar el seguimiento a cada uno de las acciones de cobro.
4.
Elaborar y presentar los informes requeridos por los clientes internos y externos.
5.
Las demás inherentes a su naturaleza y que le sean asignadas o delegadas.
ARTíCULO 28° VICEPRESIDENCIA DE GESTiÓN DE HISTORIA LABORAL
Y
PENSIONAL. Son funciones de la Vicepresidencia de Gestión de Historia Laboral y
Pensionallas siguientes:
1 .
Formular las normas técnicas y procedimientos de mantenimiento, control y
actualización permanente de registros históricos de afiliados, beneficiarios y
empleadores.
2.
Determinar los procedimientos de expedición de certificados de historia laboral y
pensional,
extractos de historia laboral y pensional,
bonos
y cuotas partes
pensionales.
3.
Definir y coordinar con las sociedades administradoras de Pensiones, o cualquier
otra entidad, el intercambio de información.
t'-, -------------------"4488
DECRETO NÚMERO ---~-~-
DE 2009
HOJA No _18
Continuacióndel Decreto·Por el cual se apruebala estructurade la AdministradoraColombiana
de Pensiones,Colpensiones,se determinanlas funcionesde sus dependenciasy se dictanotras
disposiciones·.
4.
Establecer
las políticas para la administración del archivo de información y
documentos relacionados con la historia laboral y pensional, en coordinación con
la Vicepresidencia Administrativa y de acuerdo con las normas legales y
reglamentarias de archivo.
5.
Definir políticas para el control de los procesos a su cargo.
6.
Adelantar la recepción, registro y actualización permanente de información de
semanas cotizadas, ingreso base de cotización, datos generales y novedades de
los afiliados y beneficiarios.
7.
Realizar la verificación, actualización y ajustes de la información registrada en el
sistema, con entidades públicas, sociedades administradoras de pensiones y, en
general, con clientes internos y externos.
8.
Coordinar el oportuno envio de los extractos de historia laboral y pensional a los
afiliados.
9.
Elaborar y presentar los informes requeridos por los clientes internos y externos.
10.
Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean delegadas o asignadas
por las normas legales, reglamentarias y estatutarias.
ARTíCULO 29° GERENCIA DE ARCHIVO. Son funciones de la Gerencia de Archivo las
siguientes:
l.
Organizar y administrar técnicamente el archivo de las historias laborales y
pensionales de la Empresa, de conformidad con las tablas de retención
documental establecidas en Colpensiones.
2.
Organizar y controlar la digitalización de los documentos de la historia laboral y
pensional.
3.
Expedir copias de los documentos conservados en el archivo de historia laboral y
pensional de acuerdo con la ley y los reglamentos.
4.
Coordinar la correcta ubicación de los documentos de la historia laboral y
pensional.
5.
Elaborar y presentar los informes requeridos por los clientes internos y externos.
6.
Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean delegadas o asignadas
por las normas legales, reglamentarias yestatutarias.
ARTíCULO 30° VICEPRESIDENCIA DE BENEFICIOS Y PRESTACIONES. Son
funciones de la Vicepresidencia de Beneficios y Prestaciones las siguientes:
l.
Definir los requisitos para el trámite y reconocimiento de los beneficios y
prestaciones económicas y de las sustituciones a que haya lugar.
2.
Diseñar las políticas y estrategias para garantizar el reconocimiento y pago de los
beneficios, prestaciones económicas y sustituciones, en condiciones de eficiencia
y oportunidad.
3.
Efectuar el reajuste de las pensiones en los términos establecidos por la ley.
4.
Consultar la información necesaria para el reconocimiento de los beneficios,
prestaciones económicas y sustituciones a cargo de la Empresa.
5.
Dirigir y coordinar las acciones relacionadas con la expedición de los bonos y
cuotas partes pensionales.
6.
Resolver sobre la revocatoria directa, a solicitud de parte o de oficio, de los actos
administrativos expedidos por la Vicepresidencia o por las Gerencias de
Determinación y de Reconocimiento, cuando así se solicite.
7.
Resolver en segunda instancia los recursos de la vía gubernativa relacionados con
el reconocimiento de beneficios y prestaciones económicas y con las sustituciones
a que haya lugar.DECRETO NÚMERO
41.')9 DE 2009
------~
HOJA No _19
Continuación
del Decreto "Por el cual se aprueba la estructura de la Administradora
Colombiana
de Pensiones, Col pensiones, se determinan las funciones de sus dependencias
y se dictan otras
disposiciones",
8.
Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean delegadas o asignadas
por las normas legales, reglamentarias yestatutarias.
ARTíCULO 31° GERENCIA DE DETERMINACiÓN. Son funciones de la Gerencia de
Determinación las siguientes:
1 .
Verificar el cumplimiento de requisitos para el reconocimiento de los beneficios y
prestaciones económicas y de las sustituciones a que haya lugar.
2.
Coordinar y controlar que la valoración legal y económica se realice de acuerdo
con las normas legales.
3.
Controlar la respuesta oportuna a las solicitudes de reconocimiento de beneficios y
prestaciones económicas y de sustituciones.
4.
Elaborar y presentar los informes requeridos por los clientes internos y externos.
5.
Determinar y calificar la pérdida de capacidad laboral o solicitar que lo haga un
tercero, para el trámite y reconocimiento de la pensión de invalidez de acuerdo con
las normas legales.
6.
Resolver los recursos de reposición y las solicitudes de revocatoria directa
interpuesta contra los actos administrativos que profiera.
7.
Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean delegadas o asignadas
por las normas legales, reglamentarias y estatutarias.
ARTíCULO 32° GERENCIA DE RECONOCIMIENTO. Son funciones de la Gerencia de
Reconocimiento las siguientes:
1 .
Ordenar la elaboración de los actos administrativos de reconocimiento de los
beneficios y prestaciones económicas y de sustituciones.
2.
Coordinar la solicitud de disponibilidad presupuestal.
3.
Resolver los recursos de reposición y las solicitudes de revocatoria directa
interpuesta contra los actos administrativos que profiera.
4.
Coordinar y controlar la oportunidad para el trámite de la notificación de los actos
administrativos.
5.
Realizar seguimiento al envío oportuno de las novedades para el ingreso a nómína
de pensionados.
6.
Elaborar y presentar los informes requeridos por los clientes internos y externos.
7.
Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean delegadas o asignadas
por las normas legales, reglamentarias y estatutarias.
ARTíCULO 33° GERENCIA DE NÓMINA. Son funciones de la Gerencia de Nómina las
siguientes:
lo
Ordenar y controlar el registro de las novedades en el sistema de información de
nómina.
2.
Coordinar la elaboración de la liquidación de la nómina de pensionados.
3.
Ordenar la afectación presupuestal y causación contable del valor de la nómina
de los pensionados.
4.
Coordinar el pago de las mesadas pensionales de acuerdo con las modalidades
de pago autorizadas.
5.
Elaborar y presentar los infonmesrequeridos por los clientes internos y externos.
6.
Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean delegadas o asignadas
por las normas legales, reglamentarias y estatutarias.
~GDECRETO NÚMERO
~_4_,4_8_8 DE 2009
HOJA No _2_0
Continuacióndel Decreto'Por el cual se apruebala estructurade la AdministradoraColombiana
de Pensiones,Colpensiones,se determinanlas funcionesde sus dependenciasy se dictanotras
disposiciones"
.
ARTíCULO
34° GERENCIAS
DEPARTAMENTALES.
Son funciones de las Gerencias
Departamentales las siguientes:
1.
Colaborar en la elaboración del Plan de Mercadeo de la Gerencia Departamental,
de conformidad con los parámetros establecidos por la Gerencia de Diseño de
Mercadeo.
2.
Colaborar en la definición de las estrategias comerciales de su departamento, que
permita satisfacer de forma efectiva sus necesidades y alcanzar los objetivos
comerciales de la Empresa de acuerdo con las directrices de la Gerencia de
Diseño de Mercadeo.
3.
Aplicar el modelo definido por la Gerencia de Diseño de Mercadeo relacionado con
las necesidades del cliente, suministro de información y afiliación efectiva.
4.
Ejecutar las actividades que incentiven a los clientes a seguir afiliados y a preferir
los servicios de la Empresa.
5.
Realizar las campañas de divulgación diseñadas por la Gerencia de Ejecución de
Mercadeo orientadas al cliente externo sobre los beneficios que ofrece la
administradora del régimen de prima media con prestación definida resaltando la
diferenciación existente con el régimen de ahorro individual.
6.
Realizar los programas de capacitación programados por la Vicepresidencia
Comercial o la Vicepresidencia de Talento Humano dirigidos a la fuerza de ventas
de la Gerencia Departamental, referente a los servicios ofrecidos para ser
trasmitidos de manera clara y completa a los clientes internos y externos.
7.
Efectuar la programación y visitas a los clientes potenciales a través de la fuerza
de ventas, evaluando el nivel de cumplimiento.
8.
Ejecutar el proceso de afiliación definido por la Gerencia de Ejecución de
Mercadeo para que se realice de manera expedita, sencilla y accesible.
9.
Verificar el acompañamiento de la fuerza de ventas de la Gerencia Departamental
a los clientes potenciales.
10.
Diligenciar los formatos estándares de medición de satisfacción y lealtad del
cliente diseñados por la Gerencia de Ejecución de Mercadeo.
ll.
Aplicar
metodología
de
Recepción
y
Correspondencia
para
prestar
un
asesoramiento adecuado a las necesidades del cliente, así como clasificar,
organizar y direccionar la correspondencia de la Gerencia Departamental.
12.
Aplicar los formatos de encuestas personalizadas al cliente, para evaluar
satisfacción con la atención recibida y con los servicios prestados por la Empresa.
13.
Establecer los mecanismos de comunicación con el cliente externo para
comunicarle la respuesta y despejar su inquietud.
14.
Ejecutar en la Gerencia Departamental los procedimientos de radicación,
clasificación y direccionamiento de solicitudes y requerimientos de los usuarios, de
acuerdo con las directrices que señale la Vicepresidencia de Servicio al Cliente.
15.
Coordinar y controlar la recepción oportuna de los soportes del recaudo para ser
remitidos a la Gerencia de Recaudo.
16.
Adelantar la recepción, registro y actualización permanente de información de
semanas cotizadas, ingreso base de cotización, datos generales y novedades de
los afiliados y beneficiarios.
17.
Organizar y administrar técnicamente el archivo de las historias Laborales y
pensionales de la Gerencia Departamental, de conformidad con las tablas de
retención documental definidas en Colpensiones.
18.
Organizar y controlar la digitalización de los documentos de la historia laboral y
pensional.
19.
Expedir copias de los documentos conservados en el archivo de historia laboral y
pensional de acuerdo con la ley y los reglamentos.
20.
Verificar el cumplimiento de requisitos para el reconocimiento de los beneficios y
prestaciones económicas y de las sustituciones a que haya lugar y remitir a la
Gerencia de Determinación.
\<.DECRETO NÚMERO
~~_~~~
__4~4~8 g DE 2009
HOJA No _2_1
Continuacióndel Decreto"Por el cual se apruebala estructurade la AdministradoraColombiana
de Pensiones,Colpensiones,se determinanlas funcionesde sus dependenciasy se dictanotras
disposiciones",
21.
Determinar y calificar la pérdida de capacidad laboral o solicitar que lo haga un
tercero, para el trámite y reconocimiento de la pensión de invalidez de acuerdo con
las normas legales.
22.
Realizar y controlar el proceso de notificación de los actos administrativos.
23.
Elaborar el proyecto de presupuesto de ingresos, gastos e inversión de la
Gerencia
Departamental
y
remitirlo
a
la
Gerencia
Económica
para
su
consolidación.
24.
Controlar y evaluar la ejecución del presupuesto de la Gerencia Departamental.
25.
Remitir a la Gerencia Económica las solicitudes de modificaciones presupuestales.
26.
Elaborar y presentar los informes presupuestales y de tesorería que sean
solicitados por las autoridades de control y las diferente áreas.
27.
Realizar la clasificación y registro de los hechos económicos de acuerdo con el
Plan Único de Cuentas de la Contabilidad Pública y las instrucciones de la
Gerencia Económica.
28.
Remitir a la Gerencia Económica los documentos soporte de las operaciones
económicas realizadas por la Gerencia Departamental.
29.
Efectuar y actualizar la identificación, clasificación y codificación de los bienes
muebles e inmuebles y remitirlas a la Gerencia de Administración de Bienes e
Insumos.
30.
Cumplir con los procedimientos para dar de baja los activos.
31.
Participar en la elaboración y ejecución del Plan de Compras de la Gerencia
Departamental.
32.
Planificar y coordinar los servicios generales de apoyo y logística necesarios para
el buen funcionamiento de la Gerencia Departamental.
33.
Organizar y controlar la digitalización de los documentos de la Gerencia
Departamental.
34.
Colaborar con la Vicepresidencia Administrativa y con la Vicepresidencia de
Gestión de Historia Laboral y Pensional en la elaboración del inventario y las
tablas de retención documental.
35.
Cumplir con las políticas definidas por la empresa en relación con
la
administración técnica del archivo documental y su conservación.
36.
Cumplir con las instrucciones de la Vicepresidencia de Talento Humano de
promoción, recuperación y mejora de la salud física mental y social de los
trabajadores para protegerlos de los riesgos de su ocupación y ubicar un ambiente
de trabajo de acuerdo con sus condiciones fisiológicas y psicológicas.
37.
Cumplir las actividades de prevención de accidentes y enfermedades de origen
profesional tendientes a mejorar las condiciones de trabajo, salud y calidad de vida
de los servidores.
38.
Reportar las novedades de los servidores públicos de la Gerencia Departamental.
39.
Colaborar con la Vicepresidencia de Talento Humano en el diagnóstico de
necesidades que fundamenten planes, proyectos y programas, así como de
mecanismos de evaluación y seguimiento de los mismos.
40.
Colaborar con la Vicepresidencia de Talento Humano en la elaboración de un
estudio, que permita mantener elevados niveles de productividad y responder a la
satisfacción de necesidades de los clientes internos y externos.
41.
Dar cumplimiento a las directrices impartidas por la Presidencia de la Empresa
relacionadas con el control y evaluación.
42.
Presentar los informes propios de su gestión y los que le sean solicitados por la
Presidencia o por los organismos externos.
43.
Las demás inherentes y las que le sean delegadas o asignadas por las normas
legales, reglamentarias yestatutarias,OECRETO NÚMERO
4488 DE 2009
-------
HOJA No _22
Continuación del Decreto "Por el cual se aprueba la estructura de la Administradora Colombiana
de Pensiones, COlpensiones,se determinan las funciones de sus dependencias y se dictan otras
disposiciones".
ARTíCULO
35° ÓRGANOS
DE COORDINACiÓN
Y ASESORíA.
La Comisión
de
Personal, el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, y demás órganos
de asesoría
y coordinación
que se organicen
e integren cumplirán
sus funciones
de
conformidad
con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
El Presidente de la Empresa podrá crear Comités permanentes o transitorios especiales
para el estudio, análisis y asesoría en temas alusivos a la institución. Así mismo, podrá
conformar
Grupos Internos de Trabajo para la atención y ejecución de los diferentes
planes y programas que deba adelantar la Empresa.
ARTíCULO
36°
TRANSICiÓN.
El
proceso
de
transición
de
la
Administradora
Colombiana
de
Pensiones,
Colpensiones,
podrá
efectuarse
de manera
gradual
y
escalonada,
en procura de la adecuada
prestación
del servicio público esencial,
con
criterios que consideren, entre otros, las necesidades técnicas, financieras
y operativas
de la administradora,
las áreas geográficas,
el estado de la información y la evaluación
gradual de activos y contratos que necesite para su operación.
Los mismos criterios podrán aplicarse al traslado de los afiliados y pensionados
que
correspondan
a
la
Administradora
Colombiana
de
Pensiones,
Colpensiones,
considerando
además
grupos
etarios
y el estado de los archivos de las historias
laborales y pensionales.
Durante la transición
y hasta tanto empiece a recibir cotizaciones
de los afiliados
las
actuales
administradoras
de
pensiones
podrán
transferir
recursos
de
capital
provenientes de sus activos para los gastos de Colpensiones
Las actividades
que requieran un proceso de estabilización
se acogerán a los plazos
previstos en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
ARTíCULO
37° VIGENCIA.
El presente
decreto
rige a partir
de la fecha
de su
publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLíQUESE
y CÚMPLASE
! /l
Dado en Bogotá D.C., a los
/'
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/
I
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,
,
I
J'
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j
EL MINISTRO DE HACIEN~;~ITO
PÚBLICODECRETO NÚMERO
4488 DE 2009
---,~---
HOJA No _2_3
Continuación
del Decreto "Por el cual se aprueba la estructura de la Administradora
Colombiana
de Pensiones,
Colpensiones,
se determinan las funciones de sus dependencias
y se dictan otras
disposiciones".
EL MINISTRO DE PROTECCION
SOCIAL
DIEGO PAL~
B~COURT
LA DIRECTORA
DEL DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCiÓN PÚBLICA,
11n1\1)~1(r
ELIZABETH RODRI
UEZ TAYLOR
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