Decreto No. 4496
DE COLOMBIA
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MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
DECRETO NÚMERd 4 9d~ 2008
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Por el cual se aplaza la entrada en vigencia del Decreto 2101 de 2008
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades legales, en especia/las conferidas en el numeral 25 del
Artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a los artículos 3° de la Ley 6° de 1971
y 20 de la Ley 7° de 1991,
DECRETA
ARTICULO 1°. Aplazar hasta ello
de febrero de 2009 la entrada en vigencia del Decreto
2101 de 2008, aplazado mediante los Decretos 2354, 3555 y 4132 de 2008, salvo lo
dispuesto en el articulo 21, el cual entró a regir el 13 de junio de 2008.
ARTICULO 2°. El presente Decreto rige a partir de su publicación.
PUBLIQUESE y CUMPLASE
Dado en Bogotá, a los
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EDUARDO MUÑOZ GO EZ
Viceministro de Comercio Exterior E cargado ~e
las
Funciones del Despacho del Ministro de Com rcio, Inoo§tria y Turismo