Decreto No. 4581
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
DE FUNCION PUBLICA
DECRETO NG.i
4581
DE 2008
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Por el cual se crea un bono extraordinario de productividad social para los empleados
públicos de Bogotá, Distrito Capital.
EL PRESIDENTE
DE LA REPÚBLICA
DE COLOMBIA,
en desarrollo de las normas generales señaladas en la ley 4 de 1992,
DECRETA:
Artículo
1.
Créase
para
los
empleados
públicos
de
la
Administración
Central,
establecimientos
públicos,
unidades
administrativas
especiales,
empresas
sociales
del
estado, Veedurra, Contralorra,
Personería y Concejo de Bogotá, Distrito Capital, por una
sola vez
y sin
carácter
salarial
ni prestacional
para
ningún
efecto
legal,
un bono
extraordinario
de productividad
social equivalente
a Trescientos
Veinte Mil Pesos M/Cte.
($320.000), el cual se pagará en la presente vigencia fiscal
Artículo
2. Tendrán derecho a este bono extraordinario
los empleados públicos de Bogotá
D.C.,
que
se Émcontraban
vinculados
al Distrito
Capital
a 10 de julio
de 2008
y
permanezcan
vinculados
a la fecha de publicación
del presente
Decreto y que a 31 de
diciembre de 2007, la asignación
básica mensual de su empleo no sea superior a Tres
Millones Seiscientos Noventa y Dos Mil Pesos M/Cte. ($3.692.000.00).
Artículo
3. Los recursos necesarios para el pago del bono extraordinario
de productividad
social de que trata
el presente
Decreto,
se asumirán
con cargo
al presupuesto
de
funcionamiento
del Distrito Capital de Bogotá, para la vigencia 2008.
Artículo
4. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci.ón.
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PUBUQUESE
y CUMPLASE
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Dado en Bogotá, D.C;
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO