Decreto No. 4621
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
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MINISTERIO
DEL•
INTERIOR Y DE JUSTICIA
DECRETO NÚMeRO
4621
DE 2009.
Por el cual se hace efectiva una sanción disciplinaria impuesta al Gobemador encargado del
Departamento del Vaupés
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el
artículo 304 de la Constitución Politica, en concordancia con el artículo 172 de la Ley 734 de
2002,y
CONSIDERANDO:
Que la Viceprocuraduría
General de la Nación, mediante fallo del 20 de mayo de 2009,
sancionó con suspensión en el ejercicio del cargo por el térmíno de noventa (90) días al Señor
Yehudy
Alejandro
Quevedo
Rivera,
identificado
con
la cédula
de ciudadanía
número
79.907.251
de Bogotá, en su condición de Gobernador
encargado
del Departamento
del
Vaupés para la época de lo hechos, dentro del expediente No. 002 - 139728 - 06; disponiendo
en el mismo, que la mencionada
sanción se convertirá en salarios de acuerdo al monto
devengado para el momento de la comisión de la falta, es decir la cantidad de Ocho Millones
Quinientos Treinta y un Mil Doscientos Veinte y Seis Pesos ($8"531.22600); de conformidad
con lo dispuesto en el inciso segundo del articulo 46 de la Ley 734 de 2002, suma que deberá
consignar a favor de la Gobernación del Vaupés una vez quede en firme la citada providencia,
de acuerdo a lo señalado en el artículo 173 íbídem.
Que la anterior decisión fue conformada mediante providencia del tres (3) de septiembre de
2009, proferida por el Despacho del Procurador General de la Nación.
Que de conformidad con lo señalado en el escrito del 3 de septiembre de 2009, suscrito por el
Procurador Auxiliar para Asuntos Disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación, la
providencia citada en el considerando anterior quedó en firme el18 de septiembre de 2009.
Que la secretaria ad-hoc de la Viceprocuraduría
General de la Nación, a través del oficio No.
SVP No. 1262 del 29 de septiembre de 2009, remitió a la Presidencia de la República, los fallos
del 20 de mayo de 2009 y 3 de septiembre del mismo año, proferidos dentro del expediente No.
No. 002 - 139728 - 06, anunciando, que anexa la respectiva constancia de ejecutoria, para los
fines pertinentes.
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Que teniendo en cuenta que para este momento en que se va a hacer efectiva la sanción
impuesta
al señor Yehudy Alejandro
Quevedo
Rivera, éste ha cesado en su cargo de
Gobernador encargado del Vaupés, se hace necesario convertir el término de los nove~
(90)
días de suspensión en el pago de salarios mínimos legales vigentes.
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{¡í'DECRETO NÚMERcJ ----4..62.L.- DE
Continuación del decreto "Por el cual se hace efectiva una sanción al Gobernador encargado del Departamento de
Vaupés" Hoja No. 2
DECRETA:
Artículo
Primero.-
En cumplimiento
del fallo del 20 de mayo de 2009, impuesto por la
Viceprocuraduría
General de la Nación, dentro del expediente No. 002 - 139728 - 06, el cual
fue confirmado por el Despacho del Procurador General de la Nación mediante providencia del
tres (3) de septiembre
de 2009,
imponer al Señor Yehudy
Alejandro
Quevedo
Rivera,
identificado con la cédula de ciudadanía número 79.907.251 de Bogotá, en su condición de
GdHnakr (e) del Departamento del Vaupés para la época de los hechos, sanción consistente en
el pago de Ocho Millones Quinientos Treinta y un Mil Doscientos Veinte y Seis Pesos
($8'531.22600);
equivalentes
a noventa (90) días de salario devengado
por el mandatario
seccional encargado para la época de los hechos, los cuales deberá consignar a favor de la
Gobernación del Vaupés, de conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente
decreto.
Artículo
Segundo.-
El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y contra él no
procede recurso alguno, de conformidad
con lo establecido
en el artículo 49 del Código
Contencioso Administrativo.
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PUBLíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE.
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Dado en Bogotá, D. C, a los
W~O V &,.,.
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El Ministro del Interior y de Justicia,
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ABIO VALENCIA
C05510
,
Revisó: Jorge Alberto Garcia Calume. Director Jurídico \\-
Héctor Adolfo Sintura Varela
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Viviana Manrique Zuluaga