Decreto No. 4632
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REPÚBLICA
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DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
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ciplinaria impuesta Notari'o"'Se~é'ndo
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En ejercicio de las
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Que la Superintendencia
ara el'/N$tariado,
me
lo de Primera instancia del
25 de abril de 2008, profer
deil~.,/ínvéstigaci~
ria N° 23200/2006, impuso
sanción disciplinaria consisteH
uspensiQ.t:lj~~O elejer6'
él cargo por el término de dos
(2) meses, al señor JAIME DI
ROORIGUEZ, igéhtificado
on la cédula de ciudadanía N°
17.170.343, en su condición de Notario Segun~odel
Círculo de Bogotá.
Que mediante providencia del 29 de agos
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la Superintendente
de Notariado y
Registro,
resolvió el recurso de apelación,
ñ'fim-nando la sanción
impuesta
en primera
instancia.
Superirtendencia
de Notariado y
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2008.
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Que en la Resolución 6062 del 29 de agosto de 2Q~8,
que resuelve el recurso de apelación se
deja constancia secretarial de su ejecutoria.
Que conforme al artículo 172 numeral 3° de la Ley 734 de 2002, corresponde al nominador
hacer efectivas las sanciones disciplinarias que se impongan a los servidores públicos de libre
nombramiento y remoción o de carrera.
Que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en pronunciamiento del 28 de
julio de 1994, radicación 624, conceptuó que los actos mediante los cuales el Presidente de la
República da cumplimiento
a una sanción a instancias de autoridad competente,
son de
ejecución y contra los mismos no cabe recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto
n el
a~rUIO
49 del Código Contencioso Administrativo.DECRETO NÚMERO"
4 6 3 2
DE
Continuación
del Decreto "Por el cual se hace efectiva una sanción disciplinaria
impuesta Notario Segundo del
C ¡rcu lo de 80g otá" -----------------------------------------------------------------------------------------------------
DECRETA:
ARTíCULO PRIMERO.- En cumplimiento de lo dispuesto por el Superintendente Delegado de
Notariado en la Resolución N° 2803 del 25 de abril de 2008 confirmada
por la Superintendente
de Notariado y Registro, según Resolución 6062 del 29 de agosto de 2008, hágase efectiva la
sanción de Suspensión en el e'
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,del cargo por el.t'
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dos
(2) meses, al señor
JAIME DIAl
RODRIGU~4",ii
0ID la cédula 'aafarnl~
N° 17.170.343 en su
condición de Notario Seg;~;~i8(i)eBogotá.
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ARTICULO TERCERO.-
El pr'é
. a de su expediciórn y corntra
él no procede! recurso
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Cohtencioso
Administrativo.
5 n~r~ 200
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El MINISTRO DEL INTERIOR Y DE
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FABIO VALENCIA
COSSIO