Decreto No. 4724
••.•••••••••
~ •.••
_-'"
f•..,..-"'._""f•.•••;"·••"",·._.·····
,.,
o" ..
~,•.••••~
.' :.... ,,;~~.~_
.. ,
.
República de Colombia
:.¿¡j¡\1ij¡;i~: -""._.- __ •
,__.,,,",,
•.,,,,,,,_
;f·{~._
~';'
"
'.tv"
-
Uhertod y Orden
Ministerio de Comunicaciones
Decreto Número
4 ~;/ t... 4 de
15.·"f.\:~~~ " 2008
por el cual se modifica el Decreto 1603 de 2003
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA
DE COLOMBIA
En uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere
el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 52 de la Ley 489 de 1998 y el
Decreto-Ley 254 de 2000,
DECRETA
Artículo 1°. Modifícase el artículo 45 del Decreto 1603 de 2003, adicionado y modificado por los
Decretos 262 y 2514 de 2006, 268 y 2896 de 2007, y 2811 de 2008, el cual quedará así:
"Artículo 45. Efectos de la terminación
del proceso liquidatorio
de Te/ecaquetá S.A. - E.S.P.
en Liquidación,
en relación con el PARAPA T Y el PAR. Producido el cierre del proceso
liquidatorio y la extinción de la personería jurídica de la Empresa de Telecomunicaciones del
Caquetá - Telecaquetá S.A. E.S.P. en Liquidación, el Ministerio de Comunicaciones, ocupará la
posición de fideicomitente en los contratos de fiducia mercantil celebrados para constituir el
PARAPA T Y el PAR, y exclusivamente respecto a sus derechos.
El Ministerio de Comunicaciones ocupará tanto la posición de fideicomitente como la función de
coordinación entre el PARAPA T Y el PAR para que efectivamente cumplan su finalidad, hasta el
31 de diciembre de 2009 en el caso ,del PAR, yen el caso del PARAPA T hasta su extinción."
Artículo 2°. Vigencia.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
1
PUBLÍQUESE
y CÚMPLASE
h 6~~
20~-
Dado en Bogotá D.C., a lo"-.,
,
Decreto No.
li ••....
,1
de
Hoja No. 2 de 2
Continuación del Decreto "Por el cual se modifica el Decreto 1603 de 2003"
/'
~
DlEGO PALACIO 8 TANCOURT
Minislro de la Prole ?ión Social
~
del/f;1'&d j;t¿i2
MARIA DEL ROSARIO GUERRA DE LA ESPRIELLA
Ministra de Comunicaciones
ELllRQ;lyl~ .~
Directora del Departamento Administrativo
de la Función Pública