Decreto No. 4728
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Rep(¡blica de Colombia
libertad y Orden
Ministerio de Comunicaciones
Decreto Núm~'ro 47~8
de
1(5 DrC 2008
Por el cual se modifica el Decreto 1607 de 2003
EL PRESIDENTE DE LA RE PUBLICA DE COLOMBIA
En uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere
el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 52 de la Ley 489 de 1998 yel
Decreto-Ley 254 de 2000,
DECRETA
Articulo 1°. Modificase el articulo 45 del Decreto 1607 de 2003, adicionado y modificado por los
Decretos 266 y 2518 de 2006, 272 Y 2900 de 2007, y 2815 de 2008, el cual quedará así:
"Artículo 45. Efectos de la terminación del proceso liquidatorio de Te/enariño S.A. - E.S.P.
en Liquidación, en relación con el PARAPA T Y el PAR. Producido el cierre del proceso
liquidatorio y la extinción de la personería jurídica de la Empresa de Telecomunicaciones de
Nariño - Telenariño S.A. E.SP. - En Liquidación, el Ministerio de Comunicaciones, ocupará la
posición de fideicomitente en los contratos de fiducia mercantil celebrados para constituir el
PARAPAT Y el PAR, y exclusivamente respecto a sus derechos.
El Ministerio de Comunicaciones ocupará tanto la posición de fideicomitente como la función de
coordinación entre el PARAPAT Y el PAR para que efectivamente cumplan su finalidad, hasta el
31 de diciembre de 2009 en el caso del PAR, y en el caso del PARAPAT hasta su extinción"
Articulo 2°. Vigencia.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLíQUESE y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los
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'tlh.'Decreto No./
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de
Hoja No. 2 de 2
Continuación del Decreto "Por el cual se modifica el Decreto 1607 de 2003"
,./
DIEGO PALACIO BE ANCOURT
Ministro de la Protec ión Social
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MARíA DEL ROSARIO GUERRA DE LA ESPRIELLA
Ministra de Comunicaciones
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Directora del Departamento Administrativo
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de la Función Pública
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