Decreto No. 4735
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República de Colombia
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Libertad y Orden
Ministerio de Comunicaciones
Decreto Númeto 4 ~13 5
de
1 5 DIC 2008
Por el cual se modifica el Decreto 1614 de 2003
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA
En uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere
el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 52 de la Ley 489 de 1998 yel
Decreto-Ley 254 de 2000,
DECRETA
'Artículo 1°. Modifícase el artículo 45 del Decreto 1614 de 2003, adicionado y modificado por los
Decretos 273 y 2525 de 2006,279 y 2907de 2007, y 2822 de 2008, el cual quedará así:
"Artículo 45. Efectos de la terminación
del proceso liquidatorio
de Te/ehuila S.A. - E.S.P. en
Liquidación,
en relación con el PARAPA T Y el PAR. Producido el cierre del proceso liquidatorio
y la extinción de la personería jurídica de la Empresa de Telecomunicaciones del Huila - Telehuila
S.A. E.S.P. en Liquidación, el Ministerio de Comunicaciones, ocupará la posición de fideicomitente
en los contratos de fiducia mercantil celebrados para constituir el PARAPA T Y el PAR, y
exclusivamente respecto a sus derechos.
El Ministerio de Comunicaciones ocupará tanto la posición de fideicomitente como la función de
coordinación entre el PARAPA T Y el PAR para que efectivamente cumplan su finalidad, hasta el
31 de diciembre de 2009 en el caso del PAR, y en el caso del PARAPA T hasta su extinción. JI
PUBLíQUESE y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los
~
OSCAR IVAN
ULUAGA ESCOBAR
Ministro de Hienda
y Crédito PúblicoDecreto No. \.c
4 '73 5de
Hoja No. 2 de 2
Continuación del Decreto "Por el cual se modifica el Decreto 1614 de 2003"
DIEGO PALACIO B TANCOURT
Ministro de la Prote ción Social
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ARiA DEL ROSARIO GUERRA DE LA E~LA
Ministra de Comunicaciones
Directora del Departamento Administrativo
de la Función Pública