Decreto No. 4736
República de Colombia
libertad y Orden
Ministerio de Comunicaciones
Decreto NúmerQJ
4 7 3 6 de
t 5 me 2008
Por el cual se modifica el ~~reto
1615 de 2003
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA
En uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere
el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 52 de la Ley 489 de 1998 yel
Decreto-Ley 254 de 2000,
DECRETA
Artículo 1°. Modifícase el artículo 46 del Decreto 1615 de 2003, adicionado y modificado por los
Decretos 274 y 2526 de 2006, 280 y 2908 de 2007, y 2823 de 2008, el cual quedará así:
"Artículo 46. Efectos de la terminación
del proceso liquidatorio
de Telecom en Liquidación,
en relación con el PARAPA T Y el PAR. Producido el cierre del proceso liquidatorio y la extinción
de la personería jurídica
de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones
-
Telecom en
Liquidación, el Ministerio de Comunicaciones,
ocupará la posición de fideicomitente en los
contratos de fiducia mercantil celebrados para constituir el PARAPA T Y el PAR, y exclusivamente
respecto a sus derechos.
El Ministerio de Comunicaciones ocupará tanto la posición de fideicomitente como la función de
coordinación entre el PARAPA T Y el PAR para que efectivamente cumplan su finalidad, hasta el
31 de diciembre de 2009 en el caso del PAR, yen el caso del PARAPA T hasta su extinción."
S.
Artículo 2°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su ublicaci.o.'n.
1 Di"
PUBLíQUESE y CÚMPLASE
.• (,
Dado en Bogotá D.C., a los
OSCAR I~
N ZULUAGA ESCOBAR
Ministro d Hacienda y Crédito Público(. t-1
: .....
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Decreto No~
ii I .j O
de
Hoja No. 2 de 2
Continuación del Decreto "Por el cual se modifica en Decreto 1615 de 2003"
DIEGO PALACIO ETANCOURT
Ministro de la Pro ección Social
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MARíA DEL ROSARIO GUERRA DE LArts~fueLí:A'
Ministra de Comunicaciones
11)') 1.v---
ELlZABETH ROO IGUEZ TAYL~
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Directora del Departamento Administrativo
de la Función Pública