Decreto No. 4737
Ubertod y Orden
Ministerio de Comunicaciones
Decreto NúrWero4 737
de
1 5 DlC 2001
Por el cual se modifica el Decreto 1773 de 2004
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA
DE COLOMBIA
En uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere
el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 52 de la Ley 489 de 1998 y el
Decreto-Ley 254 de 2000,
DECRETA
Artículo 1°. Modifícase el artículo 45 del Decreto 1773 de 2004, adicionado y modificado
por los
Decretos 275 y 2527 de 2006,281 Y 2909 de 2007, y 2824 de 2008, el cual quedará así:
"Artículo 45. Efectos de la terminación
del proceso
liquidatorio
de Te/esantamarta
S.A. -
E.S.P. en Liquidación,
en relación con el PARAPAT y el PAR. Producido el cierre del proceso
liquidatorio y la extinción de la personería jurídica de la Empresa de Telecomunicaciones de Santa
Marta - Telesantamarta S.A. E.S.P. en Liquidación, el Ministerio de Comunicaciones, ocupará la
posición de fideicomitente
en los contratos de fiducia mercantil celebrados para constituir el
PARAPA T Y el PAR, y exclusivamente respecto a sus derechos.
El Ministerio de Comunicaciones ocupará tanto la posición de fideicomitente como la función de
coordinación entre el PARAPA T Y el PAR para que efectivamente cumplan su finalidad, hasta el
•.
31 de diciembre de 2009 en el caso del PAR, yen el caso del PARAPA T hasta su extinción."
Artículo 2°. Vigencia.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLíQUESE y CÚMPLASE
1~ Di~
Dado en Bogotá D.C., a los
---Decreto NO. q 7 ..;7
de
Hoja No. 2 de 2
Continuación del Decreto "Por el cual se modifica el Decreto 1773 de 2004"
/"
DIEGO PALAC J BETANCOURT
Ministro de la I rotección Social
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ARíA DEL ROSARIO GUERRA DE LA E~
Ministra de Comunicaciones
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Directora del Departamento Administrativo
de la Función Pública