Decreto No. 4745
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REPUBLlCA DE COLOMBIA
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Libertod y Orden
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
DECRETO NÚMERO
4 7 tí 5
DE 2007
(
Por medio del cual se otorga la Orden a la Acreditación Institucional de Alta
Calidad de la Educación Superior "Francisco José de Caldas"
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En uso de las facultades que le confiere el numeral 21 del artículo 189 de la
Constitución Política de Colombia, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional mediante Decreto 4322 del 25 de noviembre de 2005,
creó la Orden a la Acreditación
Institucional
de Alta Calidad de la Educación
Superior "Francisco José de Caldas"
Que la acreditación voluntaria implica la autoevaluación
y la evaluación por pares
de la calidad de la institución de educación superior para conservarla y mejorarla,
de manera que el Estado pueda adoptar y hacer público el reconocimiento que los
pares académicos otorgan a la Institución de Educación Superior que somete a su
comprobación
la
calidad
de
sus
programas
académicos,
su
organización,
funcionamiento y el cumplimiento de su función social.
Que el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Educación Nacional considera
importante
estimular
la calidad
de la Educación Superior
y exaltar
a las
instituciones de educación superior que en procesos voluntarios y por razón de sus
altos niveles de calidad han merecido ser acreditados institucionalmente.
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otorgar la Orden a la Acreditación Institucional de Alta
Calidad de la Educación Superior "Francisco
José de Caldas" a la siguiente
institución de educación superior, que ha sido acreditada institucionalmente
por el
Ministerio
de Educación
Nacional,
previo
concepto
del Consejo
Nacional de
Acreditación:
•
UNIVERSIDAD DE CALDAS, MANIZALES. Resolución No 7518 del 3 de
diciembre de 2007, acreditada por cuatro (4) años.2
DECRETO NUMERO
4 7 tí 5
DE 2007
HOJA No.
Continuación del decreto por medio del cual se otorga la Orden a la Acreditación
Institucional
de Alta Calidad
de la Educación Superior "Francisco José de Caldas"
ARTIUCLO CUARTO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los
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LA MINISTRA DE EDUCACION NACIONAL
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ECIL A MARIA VELEZ w~