Decreto No. 4823

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República de Colombia<br /> libertad <i>V </i>Orden<br /> Ministerio de Minas y Energía<br /> Decreto Número<br /> 4323<br /> de<br /> Por el cual se modifican los Decretos 2560, 2561, 2568, 2569 Y2570 de julio 6 de 2007, los cuales<br /> fueron corregidos mediante el Decreto 3242 de 2007.<br /> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA<br /> En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el<br /> numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 6 de la Ley 226 de 1995<br /> DECRETA<br /> Artículo 10• Modificase el literal b) del artículo 16 de los Decretos 2560, 2561, 2568, 2569 Y 2570<br /> ~<br /> de julio 6 de 2007, los cuales fueron corregidos mediante el Decreto 3242 de 2007, el cual<br /> .<br /> quedará así:<br /> "b) Las Acciones serán pagaderas en pesos corrientes o en dólares de los Estados Unidos de<br /> América de conformidad con lo que para el efecto establezca el reglamento de enajenación y<br /> adjudicación que se expida para la Segunda Etapa."Decreto No.<br /> 482'3<br /> de<br /> Hoja No. 2 de 2<br /> Continuación del Decreto "Por el cual se modifican los Decretos 2560, 2561, 2568, 2569 Y 2570 de<br /> julio 6 de 2007, los cuales fueron corregidos mediante el Decreto 3242 de 2007.<br /> Articulo<br /> 2°, Vigencia.<br /> El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el diario<br /> oficial y modifica todas las disposiciones que le sean contrarias.<br /> 1 4·····D',.:'fm." '7\rr7'<br /> !'~ .<br /> 1'<br /> e<br /> .. ÚJ<br /> LUU<br /> PUBLíQUESE<br /> y CÚMPLASE<br /> Dado en Bogotá D.C., a los<br /> waSCAR<br /> Ministro de<br /> HERNAN MARTINEZ TORRES<br /> Ministerio de Minas y Energía