Decreto No. 4836
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REPUBLICA DE COLOMBIA
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MINISTERIO DE LA PROTECCiÓN
SOCIAL
DECRETO N'o. 43 J 6 DE 2008
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COMISiÓN
DE REGULACiÓN
EN SALUD - CRES-
El PRESIDENTE DE lA REPUBLlCA
DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades qué le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1122 de 2007 creó la Unidad Administrativa
Especial Comisión de Regulación en
Salud -CRES determinando
que en su integración habrá cinco comisionados expertos.
Que con el propósito de poner en funcionamiento
la entidad se deben crear los cargos mínimos
necesarios.
Que la Dirección
General
de Presupuesto
Público Nacional
del Ministerio
de Hacienda
y
Crédito Público expidió la viabilidad presupuestal
con el propósito de establecer
la planta de
personal de la Unidad Administrativa
Especial -
Comisión de Regulación en Salud -CRESo
DECRETA:
ARTICULO
1°. Créanse
los siguientes
cargos
en la planta
de personal
de la Unidad
Administrativa
Especial - Comisión de Regulación en Salud -CRES,
así
Código
Grado
0090
uladora
0092
22
1020
14
2
ARTíCULO 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su pUblicación
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Dado en Bogotá, D. C., a~
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
OSCARIVÁ