Decreto No. 4891
DE COLOMBIA
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MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
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DECRETO NÚ"!I§RO
4 3 91
DE 2007
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Que el Procurador G
del 23 de octubre de
2007, proferido dentr
-06, impuso al doctor
SALVADOR
ARANA
ía N° 72'137.077
de
Barranquilla,
en su co
S ucre , la sanción de
destitución e inhabilidad
.pr~ltérmino
de quince
(15) años.
Que según
constancia
del
n
de la
Procuraduría Auxiliar, el presen e fallo se8ncu
Que conforme al artículo 172 de la Ley 734 d
rresponde al Presidente de la República
hacer efectivas las sanciones disciplinarias q
ngan a los Gobernadores y Alcaldes de
Distrito.
DECRETA:
ARTíCULO
PRIMERO:
En cumplimiento
de lo dispuesto por el Procurador General de la
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Nación en fallo de única instancia
del 23 de octubre de 2007, proferido
dentro
de la
investigación disciplinaria N° 001- 151521-06, hágase efectiva al doctor SALVADOR ARANA
SUS, identificado con la cédula de ciudadanía N° 72'137.077 de Barranquilla, en su condición
de Gobernador del Departamento de Sucre, la sanción de destitución e inhabilidad general de
quince (15) años para ejercer cargos públicos.DECRETO NÚMERO
Hoja IV" 2 del Decreto "por el cual se hace efectiva una sanción disciplinaria impuesta al Gobernador del Departamento
de Sucre"
ARTíCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y contra
él no procede
recurso alguno, de conformidad
con el Artículo 49 del Código Contencioso
Administrativo .
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Dado en
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El MINISTRO DEL INTERIÓRV
DE JUSTICIA,. //
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V.