Decreto No. 4894
DE COLOMBIA
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MINISTERIO DE LA PROTECCION
SOCIAL;~:;';~r{'~-
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DECRETO N.ÚMERO 489"
D.i,2007
? lDIC 2001
Por el cual se prorroga el plazo ~Iiquidaclón
de la Empresa Social del Estado José
Prudencio Padilla
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por
el numeral 15 del articulo 189 de la Constitución Política, y el parágrafo 10 del artículo
2 de la Ley 1105 de 2006, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 2505 de julio 29 de 2006, se dispuso la supresión y
liquidación de la Empresa Social del Estado .-ESE- José Prudencio Padilla, creada
mediante Decreto Ley 1750 de 2003, como una entidad pública descentralizada del
nivel nacional, de categoría especial adscrita al Ministerio de la Protección Social.
Que el inciso segundo del artículo 10 del Decreto 2505 de 2006 señaló que la
liquidación de Empresa Social del Estado .-ESE- José Prudencio Padilla en
liquidación debería culminar a más tardar en un plazo de un (1) año a partir de su
entrada en vigencia, prorrogables hasta por un plazo igual.
Que el parágrafo 10 del articulo 20 de la ley 1105 de 2006 "Por medio de la cual se
modifica el Decreto ley 254 de 2000, sobre el procedimiento de liquidación de
entidades públicas de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional" señala que "En el acto
que ordene la supresión y liquidación de la respectiva entidad, se señalará el plazo
para realizar la liquidación de la respectiva entidad, el cual será fijado teniendo en
cuenta las características de la misma. Si la liquidación no concluye en dicho plazo, el
Gobierno podrá prorrogar el plazo fijado por acto administrativo debidamente
motivado".
Que mediante articulo 10 del Decreto 2867 de 2007, se prorrogó el proceso de
liquidación por un término de cinco (5) meses, el cual vence el 29 de diciembre de
2007.
Que mediante comunicación 016440 radicada con No. 293087 del 6 de diciembre de
2007, la sociedad FIDUAGRARIA, S.A, en su condición de liquidador de Empresa
Social del Estado .-ESE- José Prudencio Padilla en liquidación, solicitó prorrogar por
el término de tres (3) meses el proceso liquidatorio, con el fin de culminar el tramite
de aprobación del cálculo actuarial y la conmutación de obligaciones pensiónales al
Instituto de Seguros Sociales - ISS, conforme a lo previsto en los artículos 15 y 16 del
Decreto 2505 de 2006; adelantar el pago a acreedores con reclamaciones oportunas
reconocidas de acuerdo con la disponibilidad de recursos, con la entrega de bienes
en dación de pago forzosa a prorrata; la aprobación del Informe Final de la4894
'DECRETO NUMERO
DE 2007
... HOJA No. 2
Continuación del decreto "Por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Empresa Social del
Estado Jose Prudencia Padilla "
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Liquidación, conforme a los artículos 36 y 38 del Decreto Ley 254 de 2000; así como
para adelantar la selección y contratación de la entidad fiduciaria que se encargue de
los remanentes del proceso.
De acuerdo con lo anterior no es posible culminar el proceso de liquidación de la
Empresa Social del Estado .-ESE- José Prudencia Padilla en liquidación el día 29 de
diciembre de 2007, y se justifica su prórroga.
En merito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO: Prorrogar el plazo dispuesto para la liquidación de la Empresa
Social del Estado Jose Prudencia Padilla establecido en el
artículo 1° del Decreto
2867 de 2007, por un término hasta de tres (3) meses, el cual vence el 29 de marzo
de 2008.
ARTICULO
SEGUNDO:
El presente
Decreto
rige a partir
de la fecha
de su
publicación.
PUBLlQUESE y CUIVIPlASE
Dado en Bogotá, D.C., a los
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de la Protección Social,
DIEGO:LAC~TANCOURT
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,