Decreto No. 4899
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4899
DECRETO NUMERO
DE 2007
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Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 85 de la Ley 715 de 2001
El PRESIDENTE DE lA REPÚBLICA DE COLOMBIA
en ejercicio de sus facultades constitucionales
y legales, en especial las que le confiere
el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA
ARTíCULO PRIMERO. Para la distribución de los recursos causados por concepto del
crecimiento real de la economía entre las vigencias fiscales 2002 - 2005, de que trata el
parágrafo transitorio 2 del artículo 3 del Acto Legislativo 01 de 2001, se utilizarán los
criterios y variables empleados para la distribución de los recursos del Sistema General
de Participaciones para la vigencia 2007.
ARTíCULO SEGUNDO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y
deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLlQUESE,
COMUNíQUESE Y CÚMPLASE,
Dado en Bogotá, D.C., a los
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EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDI7ltCO
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO
NACIONAL DE PLANEACIÓN
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CAROLINA RENTERIA