Decreto No. 4905
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MINISTERIO DE AGRICULTURA y DESARROLLO
RURAL
DECRETO NÚMERO 49 O 5
DE 2007
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Por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Instituto
Colombiano Agropecuario - ICA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489
de 1998 en concordancia con los literales m) y n) del artículo 54 de la Ley
489 de 1998, y
CONSIDERANDO
Que la Ley 1152 de 2007 por la cual se dicta el Estatuto de Desarrollo
Rural,
estableció
funciones
adicionales
al
Instituto
Colombiano
Agropecuario ICA.
Que el Instituto Colombiano Agropecuario ICA, presentó al Departamento
Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el
artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar la planta de
personal, el cual obtuvo concepto técnico favorable de ese Departamento
Administrativo.
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio
de Hacienda y Crédito Público, emitió concepto favorable para efecto de
modificar la Planta de Personal del Instituto Colombiano
Agropecuario
-
ICA
Que el Consejo Directivo del Instituto Colombiano Agropecuario,
- ICA,
decidió someter a consideración del Gobierno Nacional la modificación de
su planta de personal, de acuerdo con el Acta No.495 del 12 de diciembre
de 2007.
DECRETA:
Artículo
1°.- Apruébase
la modificación
de la planta de personal
del
Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, creándose los siguientes cargos:DECRETO NUMERO
4905
Continuación del Decreto Por el cual se aprueba la modificación de la
planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario - ICA
CODIG
DENOMINACION DEL CARGO
GRADO
No. CARGOS
O
PLANTA GLOBAL
Subgerente General de Entidad
1
Uno
Descentralizada
0040
21
2
Dos
Director Técnico
0100
20
2
Dos
Director Regional
0042
15
2
Dos
Profesional Especializado
2028
20
4
Cuatro
Profesional Especializado
2028
16
4
Cuatro
Profesional Especializado
2028
15
1
Uno
Profesional Especializado
2028
14
7
Siete
Profesional Especializado
2028
13
1
Uno
Profesional Especializado
2028
12
9
Nueve
Profesional Universitario
2044
11
13
Trece
Profesional Universitario
2044
10
1
Uno
Técnico Administrativo
3124
17
2
Dos
Técnico Administrativo
3124
15
6
Seis
Técnico Operativo
3132
16
20
Veinte
Técnico Operativo
3132
15
1
Uno
Secretario Ejecutivo
4210
24
1
Uno
Secretario Ejecutivo
4210
22
1
Uno
Conductor Mecánico
4103
13
3
Tres
Auxiliar Administrativo
4044
15
Artículo 2°._ El Gerente General, mediante acto administrativo, incorporará
directamente
a los servidores
públicos que venían desempeñando
las
funciones
transferidas
del Instituto
Colombiano
de Desarrollo
Rural -
INCODER al Instituto Colombiano Agropecuario - ICA, a quienes no se les
haya suprimido
efectivamente
el cargo en la planta de personal
del
INCIODERt, ,de conformidad
con la ley 909 de 2004
y sus decretos
~
reg amen anos.
Artículo 3°._
El Gerente General distribuirá los cargos de la planta de
personal de acuerdo con la estructura, los planes, programas, proyectos y
necesidades institucionales.DECRETO NUMERO
4905
Hoja N°. 3
Continuación del Decreto Por el cual se aprueba la modificación de la
planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario - ICA
Artículo 4°._ El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación
y modifica en lo pertinente
el Decreto 1455 del 19 de julio de 2001.
PUBLíQUESE y ~ÚMPLASE.
d,
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ft/
L'
•
2i BiC 1001
Dado en Bogota, D. e., a
\
El Ministro de Hacienda
y Crédito Público, ./ ->
OSCARI
El Ministro de Agricultura
y Desarrollo
Rural,
ANDRÉS FELIPE ARIAS LEIVA
El Director del Departamento
Administrativo
de la Función Pública,
~.~~~
--.....
-
FERNANDO GRILLO
BIANO