Decreto No. 4908
MINISTERIO DE AGRICULTURA
y DESARROLLO
RURAL
DECRETO NÚMERO -49 n 8 DE 2007
( 2 1 DIC 2UQl
Por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Ministerio de
Agricultura y Desarrollo Rural
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la
Constitución Política, y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 en concordancia con los
literales m) y n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 39 de la Ley 1152 de 2007 por la cual se dicta el Estatuto de Desarrollo
Rural, ordenó al Gobierno Nacional la creación de la Dirección de Pesca y Acuicultura al
interior del Ministerio
de Agricultura
y Desarrollo
Rural, como máxima
instancia de
formulación de políticas relacionadas con los sectores productivos acuícola y pesquero.
Que
el
Ministerio
de Agricultura
y
Desarrollo
Rural,
presentó
al
Departamento
Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el artículo 46 de
la Ley 909 de 2004, obteniendo el concepto técnico favorable de ese Departamento;
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda
y Crédito Público. emitió viabilidad presupuestal para efectos de modificar su planta de
personal
DECRETA:
Artículo 1°,_ Créanse los siguientes cargos en la planta de personal del Ministerio de
Agricultura y Desarrollo Rural:
N° CARGOS
I DENOMINACION DEL CARGO I
CODIGO
I GRADO I
PLANTA GLOBAL
1
Director Técnico
0100
20
1
Asesor
1020
12
3
Profesional Es ecializado
2028
21
\\.
1
Conductor Mecánico
4103
15
1
Secretario E'ecutivo
4210
24
Artículo 2°._ El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural distribuirá los cargos de la
planta de personal de acuerdo con la estructura, los planes, programas,
proyectos y
necesidades institucionales,DECRETO NUMERO
Hoja N°. 2
4908
Continuación del Decreto "Por el cual se aprueba la modificación de la planta de
personal del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural"
Artículo
3°._ El presente
Decreto rige a partir de su publicación
y modifica en lo
pertinente el Decreto 3745 del 22 de diciembre de 2003.
PUBLíaUESE
y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D. C., a
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El Ministro de Hacienda y Crédito Público,/
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El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,
NDRÉS FELIPE ARIAS LEIVA
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,