Decreto No. 4911
REPUBLICA
DE COLOMBIA
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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
DECRETO NÚMERO 4311 DE 2007
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Por el cual se aprueba el ajuste y la modificación a la planta de personal de Empleados
Públicos de la Defensa Civil Colombiana y se dictan otras disposiciones
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades que le confieren los literales m y n del artículo 54 y el
artículo 115 de la Ley 489 de 1998, el artículo 13 del Decreto 770 de 2005, en
concordancia con lo dispuesto en el artículo 21 del
Decreto Ley 092 de 2007, Y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Ley 770 de 2005 suprimió de los niveles jerárquicos el Ejecutivo,
eliminando por consiguiente las denominaciones existentes; redefinió las funciones del
nivel profesional y ordenó a las entidades ajustar los empleos a la nueva nomenclatura y
clasificación.
Que el artículo 21 del Decreto 092 de 2007, dispone que las entidades que integran el
Sector Defensa deberán ajustar sus plantas de personal al Sistema de Nomenclatura y
Clasificación de Empleos establecido en el mismo decreto, con fundamento en la Tabla
de Organización "TO" expedida para cada entidad o dependencia.
Que mediante Resolución No. 139 del 23 de marzo de 2007, fue expedida la Tabla de
Organización "TO" de la Planta de Personal de la Defensa Civil Colombiana a que se
refiere el Articulo 20 del Decreto 092 de 2007, en la cual se efectuaron las equivalencias
de los empleos de acuerdo a la nomenclatura y clasificación establecida en el
mencionado decreto.
Que la Defensa Civil Colombiana, presentó al Departamento Administrativo de la
Función Pública, la justificación técnica de que tratan las disposiciones vigentes, el cual
emitió concepto técnico favorable y cuenta con el certificado de viabilidad presupuesta'
expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de
Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal de
conformidad con el Sistema de Nomenclatura y Clasificación de los empleos
contemplada en el Decreto Ley 092 de 2007.
Que el Consejo Directivo de la Defensa Civil Colombiana, decidió someter a la
aprobación del Gobierno Nacional el ajuste y modificación de la planta de personal
como consta en el Acta No. 002 del 29 de marzo de 2007.DECRETO NÚMERO
4911 de
2007
Continuación
del Decreto. "Por el cual se aprueba el ajuste y la modificación a la planta de personal de
Empleados Públicos de la Defensa Civil Colombiana y se dictan otras disposiciones"
DECRETA:
ARTíCULO
1°. Ajustase la planta de personal de empleados públicos de la Defensa
Civil Colombiana,
de conformidad
con el sistema de nomenclatura
y clasificación
de
empleos especial del Sector Defensa contemplado en el Decreto Ley 092 de 2007, así:
DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL
NO. DE CARGOS
DENOMINACiÓN
DEL CARGO
CÓDIGO
GRADO
Director
General
de Entidad
Descentralizada
1 Uno
Adscrita del Sector Defensa
1-2
16
(1) Uno
Profesional de Defensa
3-1
11
(1) Uno
Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa
5-1
30
(1) Uno
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
18
PLANTA GLOBAL
NO. DE CARGOS
DENOMINACiÓN
DEL CARGO
CÓDIGO
GRADO
(2) Dos
Subdirector del Sector Defensa
1-2-1
14
(1) Uno
Jefe de Oficina del Sector Defensa
1-4
09
(2) Dos
Jefe de Oficina Asesora del Sector Defensa
2-1
24
(1) Uno
Profesional de Defensa
3-1
14
(6) Seis
Profesional de Defensa
3-1
12
(1) Uno
Profesional de Defensa
3-1
10
(2) Dos
Profesional de Defensa
3-1
08
(1) Uno
Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa
5-1
31
(8) Ocho
Técnico de Servicios
5-1
30
(9) Nueve
Técnico de Servicios
5-1
27
(1) Uno
Técnico de Servicios
5-1
26
(1) Uno
Técnico de Servicios
5-1
25
(26) Veintiséis
Técnico de Servicios
5-1
24
.
(1) Uno
Técnico de Servicios
5-1
23
(7) Siete
Técnico de Servicios
5-1
20
(3) Tres
Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa
5-1
27
(1) Uno
Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa
5-1
26
(1) Uno
Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa
5-1
25
(6) Seis
Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa
5-1
24
(1) Uno
Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa
5-1
20
(2) Dos
Auxiliar de Servicios
6-1
26
(8) Ocho
Auxiliar de Servicios
6-1
25
(3) Tres
Auxiliar de Servicios
6-1
23DECRETO NÚMERO
43] 1 de
2007
Hoja N°. 3
Continuación
del Decreto. "Por el cual se aprueba el ajuste y la modificación a la planta de personal de
Empleados Públicos de la Defensa Civil Colombiana y se dictan otras disposiciones·
NO. DE CARGOS
DENOMINACiÓN
DEL CARGO
CÓDIGO
GRADO
(16) Dieciséis
Auxiliar de Servicios
6-1
21
(8) Ocho
Auxiliar de Servicios
6-1
18
(5) Cinco
Auxiliar de Servicios
6-1
17
(4) Cuatro
Auxiliar de Servicios
6-1
15
(1) Uno
Auxiliar de Servicios
6-1
13
(1) Uno
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
34
(1) Uno
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
25
(5) Cinco
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
21
(1) Uno
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
18
(3) Tres
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
17
(1) Uno
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
15
(1) Uno
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
13
(1) Uno
Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa
6-1
02
ARTíCULO
2°.
Apruébase
la supresión de los siguientes
empleos de la planta de
personal de la Defensa Civil Colombiana, así:
PLANTA GLOBAL
No. DE CARGOS·
DENOMINACiÓN
DEL CARGO
CÓDIGO
GRADO
(1) Uno
Director de Centro
2105
12
(4) Cuatro
Jefe de División
2040
14
(7) Siete
Director Seccional
2095
09
(18) Dieciocho
Director Seccional
2095
07
ARTICULO
3. Apruébase
la creación en la planta de personal de la Defensa Civil
Colombiana, los siguientes empleos:
PLANTA GLOBAL
No. DE CARGOS
DENOMINACiÓN
DEL CARGO
CÓDIGO
GRADO
(1) Uno
Subdirector del Sector Defensa
1-2-1
04
(4) Cuatro
Profesional de Defensa
3-1
17
(25) Veinticinco
Director Seccional del Sector Defensa
1-3
02
ARTíCULO
4°. Los empleados
públicos
de la Defensa
Civil
Colombiana,
serán
incorporados
directamente
a los empleos
equivalentes
establecidos
en el presente
decreto
y continuarán
percibiendo
la remuneración
mensual
correspondiente
a los
empleos que desempeñan
actualmente,
hasta tanto se produzca la incorporación
a la
planta de personal.
5DECRETO NÚMERO
{311 de
2007
Continuación
del Decreto. "Por el cual se aprueba el ajuste y la modificación a la planta de personal de
Empleados Públicos de la Defensa Civil Colombiana y se dictan otras disposiciones"
ARTíCULO
5°.
El
Director
General
de
la Defensa
Civil
Colombiana,
mediante
Resolución, distribuirá los cargos de la Planta Global y ubicará el personal teniendo en
cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
ARTíCULO 6°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga
el Decreto 1132 del 13 de abril de 2004 y demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBlÍQUESE
y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D. C., a los
2 1bit 2007
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EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITOPÚBLICO,
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EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,
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EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCION PÚBLICA,
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GRILLO RUBlÁNO