Decreto No. 4991
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DE COLOMBIA
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MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
4991
DECRETO NÚMERO
DE 2007
(
3 1 DIC 2007 )
Por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal de la Empresa Social del
Estado José Prudencia Padilla en Liquidación
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades Constitucionales y Legales, en especial las que le confiere
el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional expidió el decreto 2505 del 29 de julio de 2006, mediante el
cual se suprime la Empresa Social del Estado José Prudencia Padilla y se ordena su
liquidación
en Liquidación;
Que mediante el Decreto 4320 de noviembre 30 de 2006, se aprueba la modificación de
la planta de personal de la ESE José Prudencia Padilla en Liquidación;
Que después de aprobado el Decreto 4320 de 2006, se ordenaron
los reintegros de
nueve (9) personas por fallo de sentencias de tutela, así:
El Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Cartagena mediante Tutela radicada número
0573 de 2006, ratificada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena Sala
Civil de Familia dispuso
reintegrar
a un (1) Limitado
Físico, para lo cual se hace
necesario crear un (1) cargo de Empleado Público en la empresa;
El Juzgado Sexto Civil del Circuito de Cartagena mediante Tutelas radicadas números
I
364 y 0381 de 2006 dispuso reintegrar a dos (2) Padres Cabeza de Familia, para lo cual
se hace necesario crear un (1) cargo de Empleado Público y un (1) cargo de Trabajador
Oficial en la empresa;
El Juzgado Primero Civil del Circuito de Cartagena mediante Tutela radicada número
0377 de 2006 y ratificada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena Sala
Civil Familia dispuso reintegrar a uno (1) Madre Cabeza de Familia, para lo cual se hace
necesario crear un (1) cargo de Empleado Público en la empresa;
El Juzgado Quinto Penal del Circuito de Santa Marta mediante Tutela radicada número
/
0207 de 2006 y ratificada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta
Sala Civil Familia dispuso reintegrar a uno (1) Madre Cabeza de Familia, para lo cual seQECRE;TO NÚMERQ
4991
DE
Hoja No.
2
Continuación del Decreto "Por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal de la Empresa
Social del Estado José Prudencio Padilla en Liql,Jidación"
-
hace necesario crear un (1) cargo de Empleado Público en li;i empresa;
El Juzgado Séptimo Civil del Circuito de Cartagena mediante Tutelas radicadas número
357 y 0438 de 2006 y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena Sala Civil
Familia ratificó la Tutela 0438 de 2006 y dispuso reintegrar a uno (1) Madre Cabeza de
Familia y un (1) Limitado Físico, para lo cual se hace necesario crear un (1) cargo de
Empleado Público y un (1) Trabajador Oficial en la empresa;
El Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Barranquilla mediante radicado número 502
de 2006 y ratificada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla Sala
Laboral dispuso reintegrar a uno (1) Padre Cabeza de Familia, para lo cual se hace
necesario crear un (1) cargo de Trabajador Oficial en la empresa;
El Juzgado Tercero
de Familia de Valledupar
dispuso
reintegrar
a uno (1) Padre
I
Cabeza de Familia, para lo cual se hace necesario crear un (1) cargo de Trabajador
Oficial en la empresa;
Que para dar cumplimiento
a lo ordenado por las diferentes disposiciones judiciales, la
ESE José Prudencia Padilla en Liquidación, presentó al Departamento
Administrativo
de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de
2004, para efectos de que se modifique la planta de personal de esa entidad, el cual
obtuvo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo;
Que se cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal expedido por la Dirección
General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
para efectos de modificar su planta de personal;
DECRETA:
ARTíCULO
PRIMERO.-
Apruébase
la modificación
de la Planta de Personal de la
Empresa
Social del Estado José Prudencia
Padilla en Liquidación
creándose
los
siguientes cargos de Empleados Públicos:
N° de
Cargos
Denominación
Código
Grado
Jornada
1(Uno)
Auxiliar de Servicios Asistenciales
4056
20
8
3(Tres)
Auxiliar de Servicios Asistenciales
4056
21
8
1 (Uno)
Secretario
4178
14
8
ARTíCULO
SEGUNDO.-
Apruébase
la modificación
de la Planta de Personal de la
Empresa
Social del Estado José Prudencia Padilla en Liquidación creándose cuatro (4)
cargos de Trabajadores Oficiales.
ARTíCULO TERCERO.- Para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 812 de 2003,
los servidores públicos
en condición de padre o madre cabeza de familia sin alternativa
económica,
discapacitados
y prepensionados
se mantendrán
temporalmente
en la
planta de personal
mientras
conserven
la condición
que les otorga
el reunir lo.,.,'.
,
QECRETO NÚMERO
4991
DE
Hoja No.
3
Continuación
del Decreto "Por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal de la Empresa
Social del Estado José Prudencia Padilla en Liquidación"
supuestos de hecho que generaron el beneficio. Extinguida la condición de beneficiario
por circunstancia .~ sobrevivientes, el cargo quedará automática mente suprimido.
ARTíCULO CUARTO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación,
modifica las disposiciones
que le sean contrarias, en especial el Decreto 4320 de 2006.
PUBlÍQUESE
y CÚMPLASE
9 1 OIC 2001
Dado en Bogotá, D.C., a los
EL MINISTRO DE HACIENDA Y C
EL MINISTRO DE LA PROTECCiÓN
SOCIAL,
DIEGO~I~TANCOURT
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCiÓN PÚBLICA,