Decreto No. 532
DE COLOMBIA
i•'~"(
.
:
•.
I
'\¿':- .,j
.
-..•...•.
••••••••
MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIJ ••••
DECRETO NÚME~
532
DE 2009
( 2 4 FEB 2009
"Por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Empresa Social del Estado
Luis Carlos Galán Sarmiento en Liquidación"
EL PRESIDENTE
DE LA REPUBLlCA
DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas
por el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el parágrafo 1 del
0
artículo 2 de la Ley 1105 de 2006 y el artículo 1 del Decreto 3202 de 2007, y
0
0
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 3202 del 24 de agosto de 2007, publicado el 25 de
agosto de 2007, se dispuso la supresión y liquidación de la Empresa Social del
Estado Luis Carlos Galán Sarmiento en Liquidación, creada mediante Decreto-Ley
1750 de 2003, como una entidad pública descentralizada
del nivel nacional, de
categoría especial adscrita al Ministerio de la Protección Social;
Que el parágrafo 1 del artículo 2 de la Ley 1105 de 2006, por medio de la cual
0
0
se modifica el Decreto Ley 254 de 2000, sobre el procedimiento de liquidación de
entidades públicas de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional señala que "en el
acto que ordena la supresión o disolución, se señalará el plazo para realizar la
liquidación de la respectiva
entidad, el cual será fijado teniendo
en cuenta las
características
de la misma.
Si la liquidación
no concluye
en dicho plazo, el
Gobierno
podrá prorrogar
el plazo fijado por acto administrativo
debidamente
motivado";
Que el inciso 20 del artículo
10 del Decreto
3202 de 2007,
señaló
que la
liquidación
de la Empresa
Social del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento
en
Liquidación, debería culminar a más tardar en un plazo de un (1) año contado a
partir de su entrada
en vigencia,
pudiendo
ser prorrogable
por el Gobierno
Nacional mediante acto administrativo debidamente motivado;
Que mediante el Decreto 3057 del 20 de agosto de 2008, se prorrogó el plazo
para la culminación del proceso liquidatorio de la Empresa Social del Estado
Luis
l\.\
Carlos Galán Sarmiento en Liquidación, hasta el 24 de febrero de 2009;
,"'--
Que evaluado el desarrollo del proceso liquidatorio, se concluye que no es posible
concluir unos procesos al 24 de febrero de 2009, razón por la cual se requiere una
prórroga adicional hasta por el término de tres (3) meses;
Que mediante comunicación
N°. 002007 del 13 de febrero de 2009 la Sociedad
Fiduagraria,
S. A., en su condición
de liquidadora
de la Empresa
Social del
Estado, Luis Carlos Galán Sarmiento en Liquidación, solicitó prorrogar el término
para concluir la liquidación hasta por un término adicional de tres (3) meses, con
el fin de: 1) Culminar el trámite de aprobación del cálculo actuarial; 2) Expedir elDECRETO NÚMERO
532
DE 2009
HOJA No _2
Continuación del Decreto "Por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Empresa
Social del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento en Liquidación"
decreto por medio del cual la Nación asume el pasivo laboral insoluto; 3) Aprobar
la normalización pensional, conforme a lo previsto en el Decreto 1298 de 2008; 4)
obtener la aprobación por parte del Ministerio de la Protección Social del informe
final de la liquidación y la suscripción del acta final, conforme a los artículos 36 y
38 del Decreto Ley 254 de 2000.
De acuerdo con lo anterior, no es posible culminar el proceso de liquidación de la
Empresa Social del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento en Liquidación el día 24
de febrero de 2009, requiriéndose de una prórroga adicional hasta por el término
de tres (3) meses contados a partir del 25 de febrero de 2009,
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 10. Prorrogar el plazo dispuesto para la liquidación de la Empresa Social
del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento en Liquidación, establecido en el artículo
1°, del Decreto 3057 de 2008, hasta por el término adicional de tres (3) meses, es
decir, hasta el 25 de mayo de 2009.
Parágrafo: En el evento que los procesos que sustentan la prórroga establecida
en el artículo 1° de este Decreto, puedan concluirse antes del término señalado, la
Liquidadora procederá al cierre inmediato de la liquidación.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLíQUESE y CÚMPLASE
2 4 FEB
/
Dado en Bogotá, D C, a los
~
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,DECRETO NÚMEkb __ 5_~_-'_2_
DE 2009
HOJA No ~
Continuación del Decreto "Por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Empresa
Social del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento en Liquidación"
EL MINISTRO DE LA PROTECCiÓN
SOCIAL,
LA DIRECTORA
DEL DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCiÓN PÚBLICA,
- --
ELlZABETH
RODRIGUEZ TAYLOR