Decreto No. 550
---
ti
"1
\::f':-'
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLI
DECRETO NÚMERO
550
DE 2010
'TI
'\U '"
~
"','
\l.'"
'",'"
",
':
"', '1"
:!i 1
s s O
C-"'C"'
<1'lo
r
, ~
ti J,.,U ,í:.'u
Por el cual se modifica el articulo 2 del Decreto 2925 de 2008
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales
y legales, en especial las
que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política
y el artículo 39 de la Ley 300 de 1996
DECRETA
ARTICULO
1. Modificase el artículo 2 del Decreto 2925 de 2008, el cual queda así:
"ARTICULO
2. Bienes adquiridos
por turistas
extranjeros
que dan derecho
a la devolución
del IVA. Solamente otorgan derecho a la devolución del impuesto sobre las ventas los bienes
relacionados
a continuación,
adquiridos
por turistas extranjeros,
previo el cumplimiento
de los
requisitos establecidos en el presente Decreto:
-
Confecciones
,
Calzado
Perfumes
Marroquinería
Discos compactos
Artesanias
Alimentos de consumo humano
Jugueteria
Esmeraldas
Joyería en general
Electrodomésticos
,
Lencería para el hogar."
ARTICULO 2. Vigencia.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLlQUESE
y CUMPLASE
Dado en Bogotá D. C., a los
\ ;1
1 9 ~G ,2ft) O
~\
f;/!/I
I
/
L/<~/l/V)
._
_.v· ..~~~:~
__
.-.//
~.-"
--'" -<'.."
OSCAR IVAt'.!·Z
ES
Ministro de Hacien a y Crédito Público