Decreto No. 637
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República de Colombia
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Ubertod y Orden
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
DECRETO NÚMERO i ~
6 3 7
DE
Por el cual se modifica la planta de personal del
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales que le confieren el numeral 14 del artículo
189 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó al Departamento Administrativo de la
Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, el cual
emitió concepto técnico favorable, y cuenta con la certificación de viabilidad de la Dirección
General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para
efectos de modificar su planta de personal.
DECRETA:
ARTíCULO PRIMERO.- Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito
Público los siguientes cargos:
Nro. de Cargos
Dependencia y Empleo
Código
Grado
DESPACHO DEL VICEMINISTRO
TÉCNICO
1
(uno)
Auxiliar Administrativo
4044 -
11•.• I
Decreto No .
.--
637
de
Hoja No. 2
Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda
y Crédito Público".
Nro. de Cargos
Dependencia
y Empleo
Código
Grado
PLANTA GLOBAL
1
(uno)
Asesor
1020
-
08
1
(uno)
Técnico Administrativo
3124
-
12
1
(uno)
Secretario Ejecutivo
4210
-
22
ARTíCULO SEGUNDO.- Creanse en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito
Público los siguientes cargos:
No. de
Cargos
Dependencia y Empleo
Código
Grado
DESPACHO DEL MINISTRO
1
(uno)
Profesional Especializado
2028
-
15
1
(uno)
Secretario Ejecutivo
4210
- 24
No. de
Cargos
Dependencia y Empleo
Código
Grado
PLANTA GLOBAL
1
(uno)
Profesional Especializado
2028
- 14
ARTíCULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica
en lo pertinente el Decreto 247 de 2004 y demás normas que le sean contrarias.
PUBLíQUESE y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C. a los
/
.
/
V
Director
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del Departamento Administrativo
d
unción Pública