Decreto No. 642
DE COLOMBIA
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DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCION PU~·,=
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DECRETO No.
642
DE 2008
Por el cual se dictan normas en materia salarial.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA
DE COLOMBIA,
en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992,
DECRETA:
ARTíCULO
1°, A partir del 10 de enero de cada año, el salario mínimo mensual de los
servidores públicos de las entidades y organismos públicos a que se refiere el artículo 10
de la Ley 4a de 1992, no podrá ser inferior al salario mínimo legal mensual vigente fijado
de manera general para los trabajadores de los sectores urbano y rural del sector privado.
ARTíCULO 2°, El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
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PUBLlQUESE
y CUMPlASE.
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Dado en Bogotá, D.C., a
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EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCiÓN PÚBLICA,