Decreto No. 693
DE COLOMBIA
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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
DECRETO NÚMERO
693
DE 2010
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Por el cual se honra la memoria del General ® JOSÉ NELSON MEJIA HENAO
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DE COLOMBIA
En uso de sus atribuciones constitucionales
y legales, en especial las conferidas en el
artículo 189 de la Constitución Política y la ley 4 de 1913
CONSIDERANDO
Que falleció en Bogotá el GENERAL
JOSÉ NELSÓN MEJíA HENAO, un
colombiano sobresaliente, un patriota ejemplar, quien dedicó su vida a servir
con eficacia y transparencia a Colombia.
Que el GENERAL MEJíA HENAO, desde muy temprana edad se dedicó a la
carrera de las armas, destacándose por sus firmes convicciones y su férrea
voluntad de lucha contra el terrorismo.
Que el GENERAL MEJíA HENAO, fue un demócrata en todo el sentido de la
palabra;
paradigma
de
disciplina,
tenacidad,
y
supremo
compromiso
patriótico.
Así se evidenció
en su gloriosa carrera
militar al frente de las
unidades insignias del Ejército, como la Cuarta Brigada que hoy dirige su hijo,
Brigadier General Alberto José Mejía Ferrer.
Que el GENERAL MEJíA HENAO, como Comandante del Ejército Nacional y
posteriormente, de las Fuerzas Militares, fue férreo defensor de la autoridad y
del orden constitucional.
Que el GENERAL MEJíA HENAO realizó con esmero cada misión que le fue
confiada. Confirmación de ello, son los resultados de su desempeño como
Alcalde
Militar en el municipio
de Calarcá, donde llevó paz y progreso,
congregando y liderando todas las fuerzas de la región.
,\\
Que el Gobierno
Nacional lamenta la desaparición
del GENERAL
JOSÉ
NELSÓN MEJíA HENAO Y la pérdida de su presencia bienhechora.DECRETO NÚMERO
693
de 2010 Hoja N". 2
Continuación del decreto "Por el cual se honra la memoria del General ® JOSÉ NELSON MEJIA HENAO
DECRETA:
ARTíCULO
PRIMERO
El Gobierno
Nacional
manifiesta
su
profundo
dolor
por
el
fallecimiento del General ® JOSÉ NELSON MEJIA HENAO y expresa sus condolencias y
sentimientos de solidaridad a su esposa Nohora Ferrero de Mejía, sus hijos Alberto José,
María Claudia y Diego, demás familiares y allegados
ARTíCULO
SEGUNDO.
El Gobierno
Nacional
expresa
su más profundo
dolor y se
solidariza con el luto de los familiares del General ® JOSÉ NELSON MEJIA HENAO.
ARTíCULO TERCERO. Copia del presente decreto se hará llegar en nota de estilo a sus
familiares.
ARTíCULO CUARTO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBlíaUESE
y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D. C., a los
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El Ministro del Interior y de Ju~
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El Ministro de Defensa Nacional
GABRIEL SilVA lUJAN!