Decreto No. 705
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DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCION PÚBLICA
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DECRETO N&
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DE 2009
.
6MAR 2009
Por el cual se fija la escala de asignaciones básicas para los empleos del Instituto
Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, "Mariano Ospina
Pérez"- ICETEX- y se dictan otras disposiciones.
El PRESIDENTE DE lA REPUBLlCA DE COLOMBIA,
en desarrollo de las normas generales señaladas en la ley 4a. de 1992,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.
A partir del 10 de enero de 2009, fíjanse las siguientes escalas de
asignación básica mensual para los empleos del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y
Estudios Técnicos en el Exterior, "Mariano Ospina Pérez"- ICETEX, así:
GRADO
DIRECTIVO
ASESOR
PROFESIONAL
TECNICO
ASISTENCIAL
SALARIAL
01
5.413.305
2.389.725
2.018.626
1.452.960
974.707
02
6.380.631
3.896.370
2.379.342
1.712.595
1.092.811
03
7.520.807
4.592.629
2.555.847
-
1.232.686
04
8.864.742
6.380.631
3.305.667
-
-
PARÁGRAFO.
Para las escalas de los niveles de que trata el presente artículo, la primera
columna fija los grados salariales correspondientes
a las diferentes denominaciones
de
empleos,
la segunda
y siguientes
columnas
comprenden
las asignaciones
básicas
mensuales para cada grado y nivel.
~
ARTICULO 2.
Ninguna autoridad podrá establecer o modificar el régimen salarial o
prestacional
estatuido
por las normas del presente
decreto,
en concordancia
con lo
establecido en el artículo 100. de la ley 4a. de 1992. Cualquier disposición en contrario
carecerá de todo efecto y no creará derechos adquiridos.
ARTíCULO 3.
Nadie podrá desempeñar simultáneamente
más de un empleo público,
ni recibir más de una asignación que provenga del tesoro público o de empresas o de
instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúanse las asignaciones
de que trata el artículo 19 de la ley 4a de 1992.DECRETO NUMEROO
de 2009
Hoja N°. 2
Continuación del Decreto "Por el cual se fija la escala de asignaciones básicas para los empleos del
Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, "Mariano Ospina Pérez"-
ICETEX- y se dictan otras disposiciones."
ARTíCULO 4.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el
decreto 629 de 2008 y surte efectos fiscales a partir del 1 de enero de 2009 .
6
.
PUBLíQUESE y
.
PLASE
Dado en Bogotá, D. C., a los
...•
EL VICEMINISTRO TECNICO DEL MINISTERIO
DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO, ENCARGADO
DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL
MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
LA MINISTRA DE EDUCACiÓN NACIONAL,
CECILlAMARI~
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA,
ELlZABETH RODRIGUEZ TAYLOR