Decreto No. 732
REPUBLlCA DE COLOMBIA
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Libertad y Orden
MINISTERIO DE AGRICULTURA y DESARROLLO RURAL
DECRETO NÚM~Rb
732
DE 2008
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Por medio del cual se seleccionan los proyectos de adecuación de tierras de
importancia estratégica que ellNCODER
puede continuar ejecutando.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas
en el numeral 20 del artículo 21 de la Ley 1152 de 2007 y,
CONSIDERANDO
Que el numeral 20 del artículo 21 de la Ley 1152 de 2007 "Por la cual se dicta el
Estatuto de Desarrollo Rural, se reforma el Instituto Colombiano de Desarrollo
Rural,
Incoder, y se dictan otras disposiciones", determinó que son funciones del mencionado
Instituto:
"Continuar
con la titularidad
de los contratos
relacionados
con diseño y
construcción
de los distritos
de riego de importancia
estratégica
que el Gobierno
Nacional
seleccione
de aquellos que se encuentren
pendientes
de ejecución
en la
actualidad".
Que en virtud de esta facultad, el Gobierno
Nacional debe proceder a declarar
los
distritos de riego de importancia estratégica para que ellNCODER
pueda continuar con
su ejecución.
Que el Instituto de Desarrollo Rural, Incoder, mediante documento de fecha 8 de febrero
de 2008,
puso
a consideración
del
Gobierno
Nacional
once
(11)
proyectos
de
adecuación de tierras, para que a éstos se les aplique el numeral 20 del artículo 21 de
la Ley 1152 de 2007.
Que
como
criterios
de
selección
se tienen
las
siguientes
consideraciones:
Su
contribución
al desarrollo regional y al aumento de la generación de ingresos para las
familias
beneficiarias.
Su significativo
impacto en la productividad
y competitividad
agropecuaria en varias regiones donde ésta actividad económica es predominante.
La
estabilidad
económica
para regiones con población tradicionalmente
agropecuaria.
El
desarrollo sostenible en el mediano y corto plazo en la producción de alimentos.
La
optimización de la escasa disponibilidad de agua y de los recursos naturales disponibles
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en cada región.
Que en mérito de lo expuestoDECRETO NUMERq ..i~
732
Hoja N°. 2
Continuación
del Decreto "Por medio del cual se seleccionan
los proyectos de adecuación de tierras de
importancia estratégica que ellNCODER
puede continuar ejecutando"
DECRETA
Artículo
1°. Proyectos
de importancia
estratégica.
El INCODER podrá continuar la
ejecución en materia de diseño o construcción
de los siguientes distritos de riego de
importancia estratégica, pendientes de ejecución en la actualidad:
Departamento
Municipio
Proyec'to
Antio uia
San Isidro
T ámesis
Atlántico
Repelón
Repelón
Bolívar
María La Ba'a
María La Ba'a
Cesar
Tamalame
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Buenos Aires
Córdoba
Montería
Mocari
Córdoba
Lorica
La Doctrina
Fonseca, San
Ranchería
Juan del Cesar,
Guajira
(todas sus
Barranca y
fases)
Distracción
Magdalena
Zona Bananera
Tucurinca
Ma dalena
Aracataca
Aracataca
Norte de
Zulia
Santander
Zulia
Coyaima,
Triángulo (todas
Tolima
Natagaima y
sus fases)
Purificación
Artículo
2°. Vigencia.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación,
Publíquese,
y Cúmplase
Dado en Bogotá DC, a los
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El Ministro
de Agricultura
y Desarrollo
Rural
ANDRÉS FELIPE ARIAS LEIV A