Decreto No. 738
REPUBlICA
DE COLOMBIA
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DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCIO.hl·f-!U8l-IGA-
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DECRETO'·No. 738
DE 2009
(6 MAR 2009
Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos públicos de los empleados
civiles no uniformados del Ministerio de Defensa Nacional, de sus entidades descentralizadas,
adscritas y vinculadas, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En desarrollo de las normas generales señaladas en la ley ¿~ de 1992,
DECRETA:
ARTICULO
1°, CAMPO
DE
APLlCACION.
El
presente
decreto
fija
las
escalas
de
remuneración de los empleos públicos de los empleados civiles no uniformados del Ministerio
de Defensa Nacional, de sus entidades descentralizadas,
adscritas y v nculadas, las Fuerzas
Militares y la Policía Nacional.
ARTICULO 2°, ASIGNACIONES
BASICAS. A partir del 1o de enero de 2009 las asignaciones
básicas mensuales de las escalas de empleos de las entidades de que trata el artículo 10. del
presente decreto serán las siguientes:
ORIENTADOR
DE
GRADO
DIRECTIVO
ASESOR
PROFESIONAL
DEFENSA O
TECtllCO
ASISTENCIAL
SALARIAL
ESPIRITUAL
1
2.021.223
1.316.439
1.066.686
517.057
496.900
496.900
2
2.260.352
1.375.841
1.130.449
520.662
497.462
496.951
3
2.386.742
1.448.735
1.190.947
531.415
498.602
497.462
4
2.536.807
1.532.484
1.222.116
538.598
506.301
498.602
5
2.602.088
1.585.849
1.316.439
549.388
517.057
506.301
6
2.717.485
1.664.356
, .375.841
556.570
520.662
517.057
7
2.879.977
1.747.107
1.448.735
585.292
531.415
520.662
8
2.943.494
1.822.314
1.532.484
657.105
538.598
521.358
9
3.052.597
1.884.495
1.585.849
703.768
549.388
531.415
10
3.279.364
1.963.836
1.664.356
761.216
555.612
538.598
11
3.330.226
1.972.593
1.747.107
833.029
556,570
549.388
12
3.435.308
2.083.527
1.822.314
868.580
585,292
556.570
13
3.584.026
2.133.138
1.884.495
1.066.686
624 088
570.214
14
3.777.099
2.257.412
1.963.836
1.130.449
657. 105
585.292
15
3.855.680
2.327.938
2.083.527
1.190.947
661 268
624.088
16
3.908.993
2.415.748
2.257.412
1.222.116
703 452
657.105
17
4.122.736
2.649.467
2.415.748
1.316.439
703 768
661.268
18
4.465.064
2.670.861
2.670.861
1.375.841
761 216
703.452
19
4.808.160
2.717.485
2.879.566
1.448.735
833 029
703.768
20
5.287.280
2.879.566
3.028.791
1.532.484
846 657
761.216
---DECRETO
NUMERO
7 ::::
8
de 2009
Hoja N°. ~
Continuación del Decreto "Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos
públicos de los empleados
civiles no uniformados del Ministerio de Defe1sa Nacional, de sus
entidades descentralizadas, adscritas y vinculadas, las Fuerzas Militares y la P:>licíaNacional".
ORIENTADOR
DE
GRADO
DIRECTIVO
ASESOR
PROFESIONAL
DEFENSA O
TECN ICO
ASISTENCIAL
SALARIAL
ESPIRITUAL
21
5.359.698
3.028.791
3.261.855
1.585.849
868.580
773.176
22
5.930.806
3.076.993
3.508.628
1.664.356
902.191
833.029
23
6.514.049
3.261.855
3.776.954
925.')59
834.553
24
7.029.046
3.435.308
4.025.610
1.018.045
868.580
25
7.578.865
3.508.628
4.329.671
1.065.331
896.092
26
7.972.966
3.759.460
4.574.809
1.123.100
925.059
27
8.368.256
3.950.933
4.933.167
1.190.947
945.323
28
8.834.516
4.108.469
. 1.270.050
974.707
29
4.319.923
1.316.439
1.018.045
30
4.537.232
1.375.841
1.039.545
31
4.974.610
1.554.513
1.065.331
32
5.250.971
1.664.145
1.092.811
33
5.359.001
1.828.755
1.126.764
34
5.888.591
1.174.185
35
6.505.875
1.246.028
36
7.061.706
1.375.841
37
1.500.646
38
1.664.356
39
1.810.608
PARAGRAFO
1. Para las escalas de los niveles de que trata el presente artículo, la primera
columna fija los grados salariales
correspondientes
a las diferentes
denominaciones
de
empleos,
la segunda
y siguientes
columnas
comprenden
las
aBignaciones
básicas
mensuales para cada grado y nivel.
PARAGRAFO
2. Las asignaciones
básicas mensuales
de las escalas
señaladas
en el
presente artículo corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.
Se podrán crear empleos de medio tiempo los cuales se remunerarán en forma proporcional
al tiempo trabajado y con relación a la asignación básica que les corres~londa.
Se entiende, para efectos de este Decreto, por empleos de medio tiHmpo los que tienen
jornada diaria de cuatro (4) horas.
PARAGRAFO
3. Ningún empleado
a quien se aplique el presente decreto, tendrá una
asignación básica mensual inferior a la correspondiente
al grado 01 de la escala del nivel
asistencial.
ARTICULO
3°. Los empleados públicos civiles no uniformados, de las entidades a que se
refiere
el artículo
1
del
presente
Decreto,
que continúen
ejerciendo
un cargo cuya
0
denominación no se haya ajustado a las establecidas en el decreto 092 dH 2007 Y sus decretos
modificatorios, tendrán derecho a un incremento salarial en su asignación básica mensual para
el año 2009 correspondiente
al 7.67%, calculado sobre la asignación básica mensual que
devengaba a 31 de diciembre del año 2008.
Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artículo resultaren cemtavos, se ajustarán
al peso siguienteDECRETO NUM~O
'7 3 8
de 2009 Hoja W.::
Continuación
del Decreto "Por el cual se fijan las escalas de asignación
tásica
de los empleos
públicos de los empleados
civiles no uniformados
del Ministerio
de Defensa
Nacional, de sus
entidades descentralizadas,
adscritas y vinculadas, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional",
ARTICULO
4°. Los empleados
públicos del Ministerio de Defensa Nacional, de la Policía
Nacional y de sus entidades adscritas y vinculadas, devengarán
los elementos salariales
que les vienen aplicando en los mismos términos y condiciones
señaladas en el decreto
general de la Rama Ejecutiva Nacional.
Los empleados civiles no uniformados del Ministerio de Defensa Nacional, de las Fuerzas
Militares y de la Policía Nacional a quienes se les aplica el Decreto Ley 1214 de 1990,
continuarán con dicho régimen.
ARTICULO 5°. VIGENCIA.
El presente decreto rige a partir de la fech3 de su publicación y
deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el decreto 674 de 2008 y surte
efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2009.
E¡MAR 2009
PUSLíQUESE y CÚMPlASE7/
(),
Dado en Bogotá, D. C" a los
...,/
I
/J
~ l/I!
/
I
EL VICEMINISTRO TÉCNICO DEL MINISTERIO/
DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, ENCAQ~~[)O
DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL .V
MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
EL MINISTRO
DE DEFENSA NACIONAL
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCiÓN PÚBLICA,
V ELlZABETH RODRIGUEZ TAYLOR