Decreto No. 769
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLlCA
Decreto-Número
76 9
de
1 ~?1'
<¡ r;¡718
,"c
..
(
L hU~~i~\
luU .
Por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto 2540 de 2000
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial, de las que le confiere el articulo 211
de la Constitución Política y el artículo 12 de la Ley 80 de 1993,
DECRETA
Artículo 1°. Modifícase el Artículo 2 del Decreto 2540 de 2000, el cual quedara así:
Artículo 2°. Delégase en el Ministro de Hacienda y Crédito Público, la facultad de celebrar contratos de
11
empréstíto externo en nombre de la Nación, cuando su cuantía no exceda de Setecientos millones de
dólares de los Estados Unidos de América (U8$700.000.000) o su equivalente en otras monedas.
Esta facultad comprende la de suscribir los avales y garantías que se requieran para dichos empréstitos
externos.
Cuando los anteriores contratos de empréstito externo sean atinentes al despacho de los demás ministerios
o departamentos administrativos, delégase en el Ministro de Hacienda y Crédito Público y en el respectivo
ministro o director de departamento
administrativo
la facultad de celebrar dichos contratos.
En
consecuencia, tales contratos deberán ser suscrítos conjuntamente por el correspondiente
ministro o
:::::od:'d;~;:::t:t::r::i::::::;;::II~;::od:eS:::::::;ó:rádirb2M;~~ 2~~8
PUBLíQUESE y CÚMPLASE
1
"
/\
.
i
I
Dado en Bogotá D.C., a los
!
/
BERNARDO MORENO VILLEGAS
mento Administrativo de la Presidencia de la República