Decreto No. 843
DE COLOMBIA
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MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIA •.•• 16
DECRETO NÚMERO
843 DE 2009 -
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( 1 3 MAR2009
Por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Empresa Social del Estado
Francisco de Paula Santander en Liquidación
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas
por el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Politica,
el parágrafo 10 del
artículo 20 de la Ley 1105 de 2006 y el artículo 10 del Decreto 810 de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 810 del 14 de marzo de 2008, se dispuso la supresión y
liquidación de la Empresa Social del Estado Francisco de Paula Santander en
Liquidación,
creada
mediante
Decreto-Ley
1750 de 2003,
como
una entidad
pública descentralizada
del Nivel Nacional,
de categoría
especial
adscrita
al
Ministerio de la Protección Social.
Que el parágrafo 10 del artículo 20 de la Ley 1105 de 2006, por medio de la cual se
modifica el Decreto-Ley
254 de 2000, sobre procedimiento
de liquidación
de
entidades públicas de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional señala que "en el
acto que ordena la supresión
o disolución se señalará el plazo para realizar la
liquidación de la respectiva
entidad, el cual será fijado teniendo
en cuenta las
características
de la misma.
Si la liquidación
no concluye
en dicho plazo, el
Gobierno
podrá prorrogar
el plazo fijado por acto administrativo
debidamente
motivado".
Que el párrafo segundo del artículo 10 del Decreto 810 de 2008, señaló que la
liquidación de la Empresa Social del Estado Francisco de Paula Santander en
Liquidación, debería culminar a más tardar en un plazo de un (1) año contado a
partir de su entrada en vigencia, el cual podría ser prorrogado
por el Gobierno
Nacional, mediante acto administrativo debidamente motivado.
Que mediante comunicación del 25 de febrero de 2009, radicado 2009EE12833
O
1, el Consorcio
Liquidación
ESE Francisco de Paula Santander
(integrado
por
FIDUPREVISORA
S.A. y FIDUAGRARIA S.A.), en su condición de liquidador de la
Empresa Social del Estado Francisco de Paula Santander en Liquidación, solicitó
prorrogar el término para concluir la liquidación hasta el 14 de junio de 2009, con
el fin de: 1) Culminar el trámite de aprobación del cálculo actuaríal; 2) Aprobar la
normalización
pensional,
conforme a lo previsto en el Decreto 810 de 2008; 3)
Obtener la aprobación por parte del Ministerio de la Protección Social del Informe
Final de la Liquidación y la suscripción del acta final, conforme a los artículos 36 y
38 del Decreto Ley 254 de 2000.DECRETO NÚMERO
843
DE 2009
Continuación del Decreto "Por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Empresa
Social del Estado Francisco de Paula Santander en Liquidación".
1
De acuerdo con lo anterior, no es posible culminar el proceso de liquidación de la
Empresa Social del Estado Francisco de Paula Santander en Liquidación, el día
14 de marzo de 2009, requiriéndose de una prórroga hasta el14 de junio de 2009.
DECRETA:
Artículo 1°. Prorrogar el plazo dispuesto para la liquidación de la Empresa Social
del Estado Francisco de Paula Santander en Liquidación, establecido en el artículo
1° del Decreto 810 de 2008, hasta el14 de junio de 2009.
Parágrafo: En el evento que los procesos que sustentan la prórroga establecida
en el artículo 1° de este decreto, puedan concluirse antes del término señalado, la
Liquidadora procederá al cierre inmediato de la liquidación.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLíQUESE y CÚMPLASE
1 3 MAR200
Dado en Bogotá, D C, a los
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,DECRETO NÚMERO __
8_4_3__
1_,
__
DE 2009
Continuación del Decreto "Por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Empresa
Social del Estado Francisco de Paula Santander en Liquidación".
El MINISTRO DE LA PROTECCiÓN SOCIAL,
DIEGO PA
10 BETANCOURT
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCiÓN PÚBLICA,
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J/ ELlZABETH RODRíGUEZ TAYlOR