Ley 086 De 1993

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LEY 86 DE 1993<br /> (Noviembre 24)<br /> DIARIO OFICIAL No. 41.118 Noviembre 25 de 1993, Pág. 1<br /> por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los 80 años de<br /> vida jurídica del Departamento del Vichada y se autorizan unas inversiones.<br /> El Congreso de Colombia,<br /> DECRETA:<br /> ARTICULO 1o. La Nación se asocia complacida a la celebración de los 80 años<br /> de vida jurídica del Departamento de Vichada que tuvo lugar mediante<br /> Decreto legislativo número 523 del 3 de Junio de 1913 y que lleva la firma,<br /> del entonces Presidente de Colombia, Doctor Carlos E. Restrepo.<br /> ARTICULO 2o. Para celebrar dignamente los 80 años de vida jurídica del<br /> Departamento del Vichada, la Nación se asocia con apoyo financiero para las<br /> siguientes obras:<br /> a) La construcción de los Puentes sobre el río Vita y los caños Dagua y<br /> mesetas en la vía que va de Puerto Carreño a Puerto Nariño;<br /> b) La construcción de los aeropuertos en el municipio de la Primavera y<br /> Santa Rosalía;<br /> c) La construcción de un polideportivo cubierto en el municipio de Puerto<br /> Carreño.<br /> PARAGRAFO. El Gobierno incluirá estos proyectos en la Ley de Presupuesto<br /> General de la Nación y dichos recursos de inversión de canalizarán y<br /> ejecutarán a través del Departamento.<br /> ARTICULO 3o. El Gobierno, y específicamente el Ministerio de Hacienda,<br /> queda facultado para realizar las correspondientes operaciones<br /> presupuestales con miras a la cumplida ejecución de los dispuesto en la<br /> presente Ley.<br /> ARTICULO 4o. La presente Ley rige a partir de la fecha de promulgación.<br /> El Presidente del honorable Senado de la República.<br /> JORGE RAMON ELIAS NADER<br /> El Secretario General del honorable Senado de la República,<br /> PEDRO PUMAREJO VEGA<br /> El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,<br /> FRANCISCO JOSE JATTIN SAFAR<br /> El Secretario General (E.) de la honorable Cámara de Representantes,<br /> HUMBERTO ZULUAGA MONEDERO<br /> REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL<br /> Publíquese y ejecútese.<br /> Dada en Santafé de Bogotá D.C., a 24 de noviembre de 1993.<br /> CESAR GAVIRIA TRUJILLO<br /> El Ministro de Hacienda y Crédito Público,<br /> Rudolf Hommes Rodríguez.