Ley 1007 De 2006
LEY 1007
23/01/2006
Por medio de la cual la República de Colombia rinde homenaje a los
Festivales de Música Folclórica del departamento de Santander y se dictan
otras disposiciones
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Declárese Patrimonio Cultural y Artístico de la Nación los
siguientes Festivales del departamento de Santander: Festival de Bandas y
Festival de Acordeones del Río Grande de la Magdalena (Barrancabermeja);
Festival del Torbellino y el Requinto (Puente Nacional); Festival Guane de
Oro (San Gil); Concierto "Nace una Estrella", en homenaje al natalicio del
Maestro José A. Morales (Socorro); Festival de la Guabina y el Tiple (de
Vélez).
Artículo 2°. Autorícese a la Nación a través del Ministerio de la Cultura
y demás entidades del sector, contribuir al fomento, promoción, protección,
divulgación y desarrollo de los valores culturales que se originen
alrededor de la cultura y del folclor colombiano.
Artículo 3°. La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción.
La Presidenta del honorable Senado de la República,
Claudia Blum de Barberi.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Emilio Ramón Otero Dajud.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
Julio E. Gallardo Archbold.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Angelino Lizcano Rive ra.
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 23 de enero de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
La Ministra de Cultura,
María Consuelo Araújo Castro.