Ley 1019 De 2006
LEY 1019
28/02/2006
Por medio de la cual se aprueba el Memorando de entendimiento entre el
Gobierno de Australia y el Gobierno de Colombia sobre cooperación en el
campo de la educación y la capacitación, suscrito el seis (6) de agosto de
2002.
El Congreso de la República
Visto el texto del "Memorando de entendimiento entre el Gobierno de
Australia y el Gobierno de Colombia sobre cooperación en el campo de la
educación y la capacitación", suscrito el seis (6) de agosto de 2002, que a
la letra dice:
(Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia del texto íntegro del
instrumento internacional mencionado).
PROYECTO DE LEY NUMERO 203 DE 2004 SENADO
Por medio de la cual se aprueba el "Memorando de entendimiento entre el
Gobierno de Australia y el Gobierno de Colombia sobre cooperación en el
campo de la educación y la capacitación", suscrito el seis (6) de agosto de
2002.
El Congreso de la República
Visto el texto del "Memorando de entendimiento entre el Gobierno de
Australia y el Gobierno de Colombia sobre cooperación en el campo de la
educación y la capacitación", suscrito el seis (6) de agosto de 2002.
(Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia del texto íntegro del
instrumento internacional mencionado).
MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO
ENTRE EL GOBIERNO DE AUSTRALIA
Y EL GOBIERNO DE COLOMBIA
SOBRE COOPERACION EN EL CAMPO
DE LA EDUCACION Y LA CAPACITACION
Guiados por el deseo de realzar las amigables relaciones bilaterales entre
ambas naciones en el campo de la educación y de la capacitación, y
considerando la importancia de la educación como un factor de desarrollo
económico, así como medio para estrechar los vínculos entre sus pueblos, el
Gobierno de Australia y el Gobierno de Colombia (denominados en Adelante
como las 'Partes") suscriben los siguientes entendimientos:
PARAGRAFO 1
Este Memorando de Entendimiento sienta las bases del marco de trabajo
dentro del cual las Partes deben considerar de manera conjunta los
programas de cooperación en educación y capacitación sobre la base de la
reciprocidad y del beneficio mutuo.
PARAGRAFO 2
Las Partes harán todo lo que esté a su alcance por fomentar y facilitar,
según sea el caso y de conformidad con las leyes y reglamentaciones
pertinentes de ambas Partes, el desarrollo de contactos y cooperación entre
las agencias del gobierno, las instituciones educativas, organizaciones y
demás entidades de Australia y de Colombia y el perfeccionamiento de otros
convenios entre dichos organismos para llevar a cabo las actividades de
cooperación.
Para tal fin, cada una de las Partes podrá:
a) Facilitar el intercambio de personal académico y estudiantes entre
colegios e instituciones reconocidos de educación superior y vocacional;
b) Fomentar la asistencia mutua y el intercambio de información en áreas de
interés en colegios de educación superior y vocacional;
c) Facilitar la organización de exhibiciones y seminarios especializados;
d) Respaldar el desarrollo de capacitación cooperativa, investigación
conjunta, transferencia de tecnología y consorcios entre las respectivas
autoridades e instituciones;
e) Promover el desarrollo de actividades conjuntas tendieres a la
explotación de la tecnología de la información, en particular de Internet,
en el campo de la educación;
f) Apoyar la creación de becas especialmente para estudios de postgrado,
maestrías y PhD's en aquellas áreas de interés mutuo que conlleve a la
formación del talento humano;
g) Fomentar el intercambio lingüístico entre los dos países y el
perfeccionamiento de los idiomas, de tal forma que Australia apoye el
desarrollo de Programas para la capacitación en el inglés y Colombia en el
castellano;
h) Intercambiar información sobre las instituciones que fomentan y regulen
la educación entre sus países, academias de educación superior,
Universidades y otras entidades educativas;
i) Disponer otras formas de cooperación en educación y capacitación que se
determinen mutuamente.
PARAGRAFO 3
Los costos de las actividades de cooperación educación de acuerdo con este
Memorando de Entendimiento serán financiados y determinados mutuamente y
sujetos a la disponibilidad de los recursos.
PARAGRAFO 4
a) Este Memorando de Entendimiento entrará en vigor a partir de que las
Partes se notifiquen mediante notas diplomáticas el cumplimiento de los
requisitos legales internos necesarios para la entrada en vigor del
presente Memorando;
b) Este Memorando de Entendimiento podrá ser terminado en cualquier momento
por cualquiera de las Partes mediante aviso escrito de su intención, a la
otra Parte. La terminación se hará efectiva un mes siguiente al aviso;
c) En caso de terminación de este Memorando de Entendimiento y salvo
acuerdo al contrario, las disposiciones bajo el mismo continuarán vigentes
hasta tanto se lleve a cabo hasta su terminación, la implementación de los
procedimientos, planes y programas de cooperación que se hagan de acuerdo
con este Memorando;
d) Este Memorando de Entendimiento podrá ser revisado o modificado mediante
consentimiento mutuo. Todo cambio o modificación de este Memorando de
Entendimiento podrá hacerse por acuerdo escrito entre las Partes;
e) Este Memorando de Entendimiento tendrá una vigencia de cinco años, luego
de los cuales se renovará por otro período de cinco años, salvo acuerdo al
contrario entre las Partes.
PARAGRAFO 5
Ambas Partes arreglarán, amigablemente y sin demora, mediante consultas,
las discrepancias que surjan con respecto a este Memorando.
PARAGRAFO 6
Este Memorando de Entendimiento se suscribe en inglés y castellano, ambos
textos igualmente auténticos el 6 de agosto del año 2002.
Por el Gobierno de Australia,
(Firma ilegible)
Por el Gobierno de Colombia,
(Firma ilegible)
RAMA EJECUTIVA DEL PODER PUBLICO
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Bogotá, D. C., 3 de septiembre de 2003
Aprobado. Sométase a la consideración del honorable Congreso Nacional para
los efectos constitucionales.
(Fdo.) ÁLVARO URIBE VÉLEZ
La Ministra de Relaciones Exteriores,
(Fdo.) Carolina Barco Isakson.
DECRETA:
Artículo 1º. Apruébase el "MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE
AUSTRALIA Y EL GOBIERNO DE COLOMBIA SOBRE COOPERACION EN EL CAMPO DE LA
EDUCACION Y LA CAPACITACION", suscrito el seis (6) de agosto de 2002.
Artículo 2º. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª
de 1944, el "MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE AUSTRALIA Y EL
GOBIERNO DE COLOMBIA SOBRE COOPERACION EN EL CAMPO DE LA EDUCACION Y LA
CAPACITACION", suscrito el seis (6) de agosto de 2002, que por el artículo
primero de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en
que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
Artículo 3º. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.
Dada en Bogotá, D. C., a los...
Presentado al honorable Congreso de la República por la Ministra de
Relaciones Exteriores y la Ministra de Educación Nacional.
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Carolina Barco Isakson
La Ministra de Educación Nacional,
Cecilia María Vélez White.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Honorables Senadores y Representantes:
En nombre del Gobierno Nacional y en cumplimiento de los artículos 189
numeral 2, 150 numeral 16 y 224 de la Constitución Política, presentamos a
consideración del Honorable Congreso de la República el Proyecto de Ley por
medio de la cual se aprueba el "MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL
GOBIERNO DE AUSTRALIA Y EL GOBIERNO DE COLOMBIA SOBRE COOPERACION EN EL
CAMPO DE LA EDUCACION Y LA CAPACITACION", suscrito el seis (6) de agosto de
2002.
CONSIDERACIONES PREVIAS
Las relaciones diplomáticas con Australia, fueron establecidas el 9 de
septiembre de 1975. El punto de mayor acercamiento y de contacto político
entre Colombia y Australia lo constituye su permanencia al "Grupo Cairns"
en el seno de la Organización Mundial de Comercio, OMC, grupo que junto con
15 países más, buscan incentivar el desarrollo y la exportación de la
producción del sector agrícola.
En el ámbito multilateral Australia hace parte de importantes foros
regionales del Asia-Pacífico a los cuales Colombia ha manifestado su
reiterado interés por ingresar: APEC, PECC y PBEC; estas instancias le
permitirán al país en el futuro una mayor cooperación económica con la
región del Asia Pacífica. Sin embargo, la negativa de algunos Estados
Miembros de admitir nuevos países, ha afectado el progreso de la
candidatura de Colombia de ser miembro en esos Foros; por ello la
suscripción y aprobación de un Memorando de Entendimiento de esta
naturaleza, será visto por Australia, como una claro testimonio de que
Colombia asume sus compromisos internacionales con respeto y
responsabilidad.
La tradición de inmigrantes sigue vigente en Australia a lo largo de sus
100 años de fundada (1901-2001) y la población latinoamericana tiene una
colonia fuerte después de la asiática y europea en el territorio
australiano, su permanencia ha fortalecido y enriquecido la diversidad
cultural que consolida la identidad nacional de Australia.
La existencia en Australia de diversos pueblos indígenas que hablan más de
cien idiomas distintos, la presencia de los colonizadores europeos, la
influencia de la Commonwealth Británica, sumado a las distintas corrientes
migratorias, hizo posible que la vigencia del principio de la tolerancia
cultural y la armonía comunitaria prevaleciera en una comunidad diversa
como la australiana.
El Gobierno colombiano ha observado en los últimos años el incremento de
las relaciones de Australia con América Latina atendiendo la relevancia
adquirida por los países del Asia-Pacífico y la dinámica del intercambio de
bienes, servicios y personas. La solidaridad del pueblo australiano para
con el colombiano se ha reflejado en el otorgamiento de becas, en la oferta
de cupos universitarios para los estudiantes y en la posibilidad de
vinculación laboral para cientos de compatriotas.
Australia es hoy en día uno de los países de más rápido crecimiento dentro
del grupo de los países en desarrollo, su economía despegó gracias a los
sectores agrícolas, ganaderos, mineros y comerciales, justo en etapas en
las cuales se encuentran países como Colombia.
Uno de los más importantes canales de acercamiento entre Colombia y
Australia es el área de la educación, visto claramente en la gran afluencia
de estudiantes colombianos a las Universidades de ese país, con el objetivo
de adelantar estudios tanto en el aprendizaje del inglés como para
programas de educación superior. En agosto de 2002, los cálculos
aproximados son de 1.432 estudiantes colombianos, el número más alto de
Latinoamérica después de Brasil.
Datos recientes ofrecidos por el Consulado de Colombia en Sidney demuestran
que las cifras aumentan cada año; es decir, en el 2001, 204 estudiantes
colombianos realizaban, postgrado en diferentes áreas, -excluyendo los
estudiantes de programas para aprender inglés-, en el 2002 ascendió a 331
el número de inscritos en postgrado. Estas estadísticas fueron obtenidas
oficialmente por la institución encargada de la educación internacional en
Australia -IDP- con base en la información suministrada por 39
universidades australianas. El informe indica además, que los programas de
mayor aceptación para los colombianos después del inglés, son los
relacionados con negocios, administración de empresas, economía y finanzas.
Con el propósito de buscar fórmulas para que estas oportunidades se puedan
dar a un mayor número de estudiantes y también con el fin de atraer
estudiantes australianos, capacitar a profesores colombianos, establecer
alianzas entre centros educativos de educación superior, promover el
establecimiento de carreras técnicas, y fomentar el intercambio
bibliográfico, la transferencia tecnológica y la investigación conjunta, se
firmó este instrumento bilateral que permitirá facilitar la consecución de
dichos objetivos. Es de anotar que este es el primer convenio que Colombia
suscribe con Australia.
El Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el
Exterior, Icetex, manifestó al Ministerio de Relaciones Exteriores que el
comportamiento de becas con Australia ha sido fructífero desde 1998 cuando
se inició un acuerdo interinstitucional con la Universidad de Wollongong lo
que ha permitido el proceso de internalización de la educación colombiana
en el continente de Oceanía.
Por su parte, el Ministerio de Educación de Colombia, MEN, está convencido
de que con la aprobación de este Memorando de Entendimiento se aprovecharán
los conocimientos y la alta tecnología de Australia en la promoción y
exportación de servicios educativos, programas de educación virtual y a
distancia, acreditación de programas virtuales e indicadores de calidad en
la gestión de las Instituciones de Educación Superior de Colombia.
Así mismo, otras entidades adscritas al Ministerio de Educación, como el
Instituto Nacional para Ciegos, Inci, y el Instituto Nacional para Sordos,
Insor, encuentran en este acuerdo, una herramienta útil para mejorar y
fortalecer los programas en beneficio de la población discapacitada en
Colombia. Gracias a la calidad, la experiencia y los logros alcanzados por
Australia en el lenguaje de las señas y sus adelantos en cuanto a la
capacitación de profesionales que atienden a personas con baja visión, se
podrá iniciar un intercambio académico, como lo establece el Memorando de
Entendimiento, en programas relacionados con la limitación visual y
auditiva entre los dos países.
ESTRUCTURA E IMPORTANCIA DEL MEMORANDO
El Memorando se compone de un preámbulo y seis parágrafos.
En el preámbulo, se consignan las razones o motivos que dieron lugar a la
suscripción del memorando como son el deseo de realzar las relaciones
bilaterales en el campo de la educación y la capacitación, la importancia
de la educación como factor de desarrollo económico y el propósito de
contar con un instrumento que permita estrechar los vínculos entre sus
pueblos.
Los parágrafos o cláusulas sustantivas constituyen las bases del marco de
trabajo dentro del cual las partes considerarán, de manera conjunta, los
programas de cooperación en educación y capacitación sobre la base de
reciprocidad y beneficio mutuo.
Dentro del contexto del Memorando se destaca el deseo de las Partes por
fortalecer los lazos de amistad existentes entre sus respectivos pueblos
mediante el conocimiento y el intercambio de sus valores educativos.
Los aspectos más relevantes que contempla el presente Memorando puesto a
consideración de los Honorables Senadores y Representantes son los
siguientes:
1. Facilitar el intercambio de estudiantes entre reconocidas instituciones
de educación superior.
2. Animar la asistencia mutua y el intercambio de información en áreas de
interés para instituciones en educación superior.
3. Facilitar la organización de exhibiciones y seminarios especializados.
4. Apoyar la colaboración mutua para el entrenamiento, investigación,
transferencia de tecnología y empresas de riesgo compartido entre las
instituciones y autoridades respectivas de cada país.
5. Promover el desarrollo de actividades comunes que conducen a la
explotación de la tecnología de información, especialmente el Internet, en
el campo de la educación.
6. Prestar ayuda a los estudiantes, especialmente para estudios de
postgrado y maestría, en áreas de interés mutuo, con el fin de contribuir
al desarrollo del recurso humano y social de ambos países.
7. Promover los intercambios lingüísticos con el fin de desarrollar
programas para colombianos de inglés en Australia y programas de castellano
para australianos en Colombia.
8. Intercambiar información sobre las instituciones que fomentan y regulan
la educación entre sus países, instituciones de educación superior, y otras
entidades educativas.
De otra parte, el instrumento prevé claramente que los costos de las
actividades de cooperación y educación serán financiados y determinados
mutuamente y sujetos a la disponibilidad de los recursos.
Para el interés nacional reviste singular importancia las cláusulas de este
instrumento internacional, destinado a hacer efectivas, en el campo de la
educación, el desarrollo del pueblo colombiano y de las buenas relaciones
entre los dos países.
Por las anteriores consideraciones, el Gobierno Nacional, a través de la
Ministra de Relaciones Exteriores y de la Ministra de Educación Nacional,
solicita al Honorable Congreso Nacional aprobar el "MEMORANDO DE
ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE AUSTRALIA Y EL GOBIERNO DE COLOMBIA
SOBRE COOPERACION EN EL CAMPO DE LA EDUCACION Y LA CAPACITACION", suscrito
el seis (6) de agosto de 2002.
Honorables Senadores y Representantes
La Ministra de Relaciones Exteriores, Carolina Barco.
La Ministra de Educación Nacional, Cecilia María Vélez
White.
LEY 424 DE 1998
(enero 13)
Por la cual se ordena el seguimiento a los convenios
internacionales suscritos por Colombia.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º. El Gobierno Nacional a través de la Cancillería presentará
anualmente a las Comisiones Segundas de Relaciones Exteriores de Senado y
Cámara, y dentro de los primeros treinta días calendario posteriores al
período legislativo que se inicia cada 20 de julio, un informe
pormenorizado acerca de cómo se están cumpliendo y desarrollando los
Convenios Internacionales vigentes suscritos por Colombia con otros
Estados.
Artículo 2º. Cada dependencia del Gobierno nacional encargada de ejecutar
los Tratados Internacionales de su competencia y requerir la reciprocidad
en los mismos, trasladará la información pertinente al Ministerio de
Relaciones Exteriores y este, a las Comisiones Segundas.
Artículo 3º. El texto completo de la presente ley se incorporará como anexo
a todos y cada uno de los Convenios Internacionales que el Ministerio de
Relaciones Exteriores presente a consideración del Congreso.
Artículo 4º. La presente ley rige a partir de su promulgación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
Amylkar Acosta Medina
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Pedro Pumarejo Vega
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
Carlos Ardila Ballesteros
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Diego Vivas Tafur
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y ejecútese.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 13 de enero de 1998.
ERNESTO SAMPER PIZANO
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Emma Mejía Vélez.
RAMA EJECUTIVA DEL PODER PUBLICO
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Bogotá, D. C., 3 de septiembre de 2003.
Aprobado. Sométase a la consideración del honorable Congreso Nacional para
los efectos constitucionales,
(Fdo.) ÁLVARO URIBE VÉLEZ
La Ministra de Relaciones Exteriores,
(Fdo.) Carolina Barco Isakson.
DECRETA:
Artículo 1º. Apruébese el "MEMORANDO DE ENTENDI-MIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE
AUSTRALIA Y EL GOBIERNO DE COLOMBIA SOBRE COOPERACION EN EL CAMPO DE LA
EDUCACION Y LA CAPACITACION", suscrito el seis (6) de agosto de 2002.
Artículo 2º. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª
de 1944, el "MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE AUSTRALIA Y EL
GOBIERNO DE COLOMBIA SOBRE COOPERACION EN EL CAMPO DE LA EDUCACION Y LA
CAPACITACION", suscrito el seis (6) de agosto de 2002, que por el artículo
1° de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se
perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
Artículo 3º. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.
La Presidenta del honorable Senado de la República,
Claudia Blum de Barberi.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Emilio Ramón Otero Dajud.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
Julio E. Gallardo Archbold.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Angelino Lizcano Rivera.
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
Comuníquese y cúmplase.
Ejecútese, previa revisión de la Corte Constitucional, conforme al artículo
241-10 de la Constitución Política.
Dada en Bogotá, D. C., a 28 de febrero de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Viceministro de Relaciones Exteriores encargado de las funciones del
despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores,
Camilo Reyes Rodríguez.
SENADO DE LA REPUBLICA
Secretaría General (Art. 139 y ss. Ley 5ª de 1992)
El día 25 del mes de marzo del año 2004 se radicó en este Despacho el
Proyecto de ley número 203, con todos y cada uno de los requisitos
constitucionales y legales, por el doctor Camilo Reyes, Viceministro de
Relaciones Exteriores. (E.)
El Secretario General,
Emilio Otero Dajud.
SENADO DE LA REPUBLICA
SECRETARIA GENERAL
Tramitación de Leyes
Bogotá, D. C., marzo 25 de 2004
Señor Presidente:
Con el fin de que se proceda a repartir el Proyecto de ley número 203 de
2004 Senado, por medio de la cual se aprueba el "Memorando de Entendimiento
entre el Gobierno de Australia y el Gobierno de Colombia sobre Cooperación
en el Campo de la Educación y la Capacitación" suscrito el seis (6) de
agosto de 2002, me permito pasar a su despacho el expediente de la
mencionada iniciativa que fue presentada en el día de hoy ante Secretaría
General. La materia de que trata el mencionado proyecto de ley es
competencia de la Comisión Segunda Constitucional Permanente de conformidad
con las disposiciones reglamentarias y de ley.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Emilio Otero Dajud.
PRESIDENCIA DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA
Bogotá, D. C., marzo 25 de 2004
De conformidad con el informe de Secretaría General, dese por repartido el
proyecto de ley de la referencia a la Comisión Segunda Constitucional y
envíese copia del mismo a la Imprenta Nacional con el fin de que sea
publicado en la Gaceta del Congreso.
Cúmplase.
El Presidente del honorable Senado de la República,
Germán Vargas Lleras.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Emilio Otero Dajud.