Ley 1035 De 2006
LEY 1035
25/07/2006
Por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los 78 años de
existencia de una institución de servicio a la comunidad.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. La Nación se asocia a la celebración de los 78 años de
existencia de los clubes Rotarios en Colombia, mediante la organización del
primero de ellos en la ciudad de Barranquilla, el 30 de diciembre de 1926,
constituyéndose así en primer club de servicio a la comunidad en Colombia.
Artículo 2°. Esta ley rige a partir de la fecha de su sanción.
La Presidenta del honorable Senado de la República,
Claudia Blum de Barberi.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Emilio Ramón Otero Dajud.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
Julio E. Gallardo Archbold.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Angelino Lizcano Rivera.
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 25 de julio de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
La Ministra de Cultura,
Elvira Cuervo de Jaramillo