Ley 1067 De 2006

Descargar el documento

Fuente: Diario Oficial No. 46.344. 29 de Julio de 2006<br /> LEY 1067<br /> 29/07/2006<br /> Por medio de la cual se declara como patrimonio cultural y deportivo de la<br /> Nación el Estadio Moderno Julio Torres Cuna del Fútbol Colombiano del<br /> Distrito Industrial, Especial<br /> y Portuario de Barranquilla y se dictan otras disposiciones.<br /> El Congreso de Colombia<br /> DECRETA:<br /> Artículo 1º. Declárese como patrimonio cultural y deportivo de la Nación el<br /> Estadio Moderno Julio Torres "Cuna del Fútbol Colombiano" ubicado el barrio<br /> Rebolo del Distrito Industrial Especial y Portuario de Barranquilla.<br /> Artículo 2º. Autorízase al Gobierno Nacional, para que en cumplimiento del<br /> artículo 102 de la Ley 715 de 2001 incluya dentro del Presupuesto General<br /> de la Nación las partidas presupuestales para concurrir al mantenimiento,<br /> funcionamiento y dotación de dicho escenario deportivo.<br /> Artículo 3º. Las autorizaciones de gastos otorgadas al Gobierno Nacional en<br /> virtud de esta ley, se incorporarán a los presupuestos generales de la<br /> Nación de acuerdo con las normas orgánicas en materia presupuestal en<br /> primer lugar, pudiendo reasignarse los recursos hoy existentes en cada<br /> órgano ejecutor, sin que ello implique un aumento de presupuesto. Y en<br /> segundo lugar, de acuerdo con las disponibilidades que se produzcan en cada<br /> vigencia fiscal.<br /> Artículo 4º. El conjunto de inmuebles y enseres que posean un especial<br /> interés histórico, arquitectónico, ambiental y ecológico, constituyen el<br /> patrimonio del Estadio Moderno Julio Torres.<br /> Artículo 5º. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga<br /> todas las disposiciones que le sean contrarias.<br /> La Presidenta del honorable Senado de la República,<br /> Claudia Blum de Barberi.<br /> El Secretario General del honorable Senado de la República,<br /> Emilio Ramón Otero Dajud.<br /> El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,<br /> Julio E. Gallardo Archbold.<br /> El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,<br /> Angelino Lizcano Rivera.<br /> REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL<br /> Publíquese y cúmplase.<br /> Dada en Bogotá, D. C., a 29 de julio de 2006.<br /> ÁLVARO URIBE VÉLEZ<br /> EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,<br /> Alberto Carrasquilla Barrera.<br /> La Ministra de Cultura,<br /> Elvira Cuervo de Jaramillo.