Ley 108 De 1994 Versalles
( Enero 17 )
Diario Oficial No. 41.166 DEL 07 DE ENERO DE 1994
"POR LA CUAL LA NACION SE ASOCIA A LA CELEBRACION DEL
CENTENARIO DE VERSALLES, VALLE Y SE DICTAN OTRAS
DISPOSICIONES"
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA :
ARTICULO PRIMERO: La Nación colombiana se asocia a la celebración del
primer centenario de la fundación de la cuidad de Versalles, Departamento
del Valle del Cauca, ocurrida el 18 de mayo de 1.894 y exalta la memoria de
sus fundadores.
JULIAN OSPINA
CARMELO ARBOLEDA
ANGEL PEÑA
TELMO TORO
EUGENIO TORO
ANTONIO MARIA OSPINA
JESUS MARIA GOMEZ
JOAQUIN PALACIO
JOSE TABORDA
TOMAS GALVEZ
ISMAEL OSORIO
HELIODORO OBANDO
ARTICULO SEGUNDO: Con ocasión de tan importante efemérides, y para impulsar
el desarrollo y el embellecimiento de la cabecera municipal, el Gobierno
Nacional apropiará recursos en el Presupuesto General en las sumas
necesarias para la ejecución de obras públicas que contribuirán al
progreso del Municipio dando prioridad a las siguientes:
a) Para construcción del muro de cerramiento del Coliseo Cubierto.
b) Para remodelación del parque principal en el cual se erigirá un
monumento a sus fundadores.
c) Para ampliación del hotel de turismo.
PARAGRAFO: Las sumas que se apropien dentro del Presupuesto Nacional serán
giradas a la Tesorería Municipal de Versalles, Valle del Cauca, para
inversión directa del municipio, bajo la vigilancia de la Contraloría
General de la República.
ARTICULO TERCERO: Esta Ley rige desde su promulgación.
EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA
JORGE RAMON ELIAS NADER
EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA
PEDRO PUMAREJO VEGA
EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES
FRANCISCO JOSE JATTIN SAFAR
EL SECRETARIO GENERAL DE LA HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES
DIEGO VIVAS TAFUR
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
PUBLIQUESE Y EJECUTESE
Dada el 7 de enero de 1.994
CESAR GAVIRIA TRUJILLO.
EL VICEMINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, ENCARGADO DE LAS FUNCIONES
DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.
HECTOR JOSE CADENA CLAVIJO.