Ley 110 De 1994
(12 de Enero )
DIARIO OFICIAL No. 41170. 12, ENERO, 1994. PAG. 1
" POR LA CUAL LA NACION SE ASOCIA A LA CELEBRACION DEL CENTENARIO DE LA
INAUGURACION OFICIAL DEL MUELLE DE PUERTO COLOMBIA, EN EL DEPARTAMENTO DEL
ATLANTICO".
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTICULO 1o. La nación se asocia a la celebración del centenario de la
inauguración oficial del Muelle de Puerto Colombia, en el Departamento del
Atlántico, hecho ocurrido el día 15 de Junio de 1.893, siendo Presidente de
la República el Doctor RAFAEL NUÑEZ; Prefecto de la Provincia de
Barranquilla, don JUAN A. GERLEIN; y, Alcalde del Distrito de Barranquilla
Don RAFAEL V. CAJAR.
ARTICULO 2o. En la fecha del centenario de la inauguración oficial del
Muelle de Puerto Colombia, la Nación rinde homenaje de gratitud y
admiración al Ingeniero Cubano FRANCISCO J. CISNEROS, constructor y
precursor de la histórica obra, así como del ferrocarril de Salgar a Puerto
Colombia.
ARTICULO 3o. De conformidad con los artículos 334 y 341 inciso final; 345 y
346 de la Constitución Nacional, compete al Gobierno Nacional apropiar
dentro de su presupuesto General de Gastos correspondiente a la vigencia
año 1995, la suma de Quinientos Millones de Pesos ($500.000.000), para
ejecutar las siguientes obras de inversión en el Municipio de Puerto
Colombia:
PROYECTO No. 1:
Construcción de un nuevo tanque de almacenamiento, compra de maquinaria
para bombeo, extensión de redes, ampliación y mejora del acueducto de
Puerto Colombia en el Departamento del Atlántico.
APORTE
........................................... $200.000.000
PROYECTO No. 2:
Iluminación, terminación de barandas y embellecimiento del muelle de Puerto
Colombia, Departamento del Atlántico, que en adelante de denominará "Muelle
o Camellón Cisneros", en homenaje a la memoria de su constructor.
APORTE
.......................................... $100.000.000
PROYECTO No. 3:
Adecuación y limpieza de playas, comunicación del mar caribe con la Laguna
de Puerto Colombia, Departamento del Atlántico.
APORTE
......................................... $100.000.000
PROYECTO No. 4:
Construcción de un parque deportivo que se denominará "Parque Cisneros",
con canchas de basquetbol, volibol y microfútbol.
APORTE
......................................... $100.000.000
ARTICULO 4o. El Gobierno Nacional queda autorizado para efectuar las
operaciones presupuestales necesarias y celebrar los contratos requeridos
para el cumplimiento de la presente ley.
ARTICULO 5o. Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga
todas las leyes o actos de igual o inferior jerarquía que le sean
contrarios.
EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA
JORGE RAMON ELIAS NADER
EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA
PEDRO PUMAREJO VEGA
EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES
FRANCISCO JOSE JATTIN SAFAR
EL SECRETARIO DE LA HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES
DIEGO VIVAS TAFUR
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
PUBLIQUESE Y EJECUTESE
DADA EN SANTA FE DE BOGOTA D.C. A 12 de ENERO de 1.994.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO.
EL VICEMINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, ENCARGADO DE LAS FUNCIONES
DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
HECTOR JOSE CADENA CLAVIJO
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
JORGE BENDECK OLIVELLA