Ley 113 De 1994

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LEY 113 DE 1994<br /> ( ENERO 31 )<br /> DIARIO OFICIAL. No. 41201. 31, ENERO, 1994. PAG. 1<br /> "POR LA CUAL LA NACION SE ASOCIA A LA CELEBRACION DE LOS 25 AÑOS DE LA<br /> FUNDACION DEL MUNICIPIO DE SARAVENA, EN EL DEPARTAMENTO DE ARAUCA Y SE<br /> AUTORIZA UN GASTO PUBLICO DE INVERSION SOCIAL".<br /> EL CONGRESO DE COLOMBIA<br /> DECRETA:<br /> ARTICULO PRIMERO: La Nación y el Congreso de la República se asocian a la<br /> celebración de los Veinticinco años de fundación del Municipio de Saravena,<br /> en el Departamento de Arauca, honran la memoria de sus fundadores y el<br /> espíritu cívico y progresista de sus gentes y se vinculan con su progreso<br /> social y económico.<br /> ARTICULO SEGUNDO: Con el fin de contribuir con el desarrollo social y<br /> económico del Municipio de Saravena y de la región nor-oriental del país,<br /> autorízase al Gobierno Nacional para que por intermedio del Ministerio de<br /> Transporte - Instituto Nacional de Vías proceda a la reconstrucción y<br /> pavimentación de la carretera que une a los Municipio de Saravena, en<br /> Arauca y Pamplona, en Norte de Santander, que hace parte de la Transversal<br /> Barrancabermeja - Arauca, de la Red Vial Nacional.<br /> ARTICULO TERCERO: Autorízase al Gobierno Nacional para efectuar las<br /> operaciones presupuestales, contratos y demás actos necesarios para el<br /> cabal cumplimiento de esta Ley.<br /> ARTICULO CUARTO: Esta Ley rige desde su promulgación.<br /> El Presidente del Honorable Senado de la República.<br /> JORGE RAMON ELIAS NADER<br /> El Secretario General del Honorable Senado de la República.<br /> PEDRO PUMAREJO VEGA<br /> El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes.<br /> FRANCISCO JOSE JATTIN SAFAR<br /> El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes<br /> DIEGO VIVAS TAFUR<br /> REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL<br /> PUBLIQUESE Y EJECUTESE<br /> DADA EN SANTAFE DE BOGOTA, D.C. EL 31 DE ENERO DE 1994<br /> EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO,<br /> RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ<br /> EL MINISTRO DE TRANSPORTE,<br /> JORGE BENDECK OLIVELLA