Ley 1188 De 2008

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NORMATIVIDAD <br /> República de Colombia<br /> Y CULTURA<br /> IMPRENTA<br /> NACIONAL<br /> D E C O L O M B I A<br /> <b>Diario oficial</b><br /> Fundado el 30 de abril de 1864<br /> <b>www.imprenta.gov.co</b><br /> Libertad y Orden<br /> Año CXLIII No. 46.971 Edición de 40 páginas • <br /> Bogotá, D. C., viernes 25 de abril de 2008 <br /> • Tarifa Postal Reducida 56/2000 I S S N 0122-2112<br /> <b>Poder Público - rama legislativa</b><br /> <b>LEY 1188 DE 2008</b><br /> (abril 25)<br /> <i>por la cual se regula el registro calificado de programas de educación superior </i><br /> <i>y se dictan otras disposiciones.</i><br /> El Congreso de la República<br /> 8. El uso adecuado y eficiente de los medios educativos de enseñan-<br /> DECRETA:<br /> za que faciliten el aprendizaje y permitan que el profesor sea un guía y <br /> Artículo 1°. Para poder ofrecer y desarrollar un programa académico orientador y el estudiante sea autónomo y participante.<br /> de educación superior que no esté acreditado en calidad, se requiere <br /> 9. La garantía de una infraestructura física en aulas, bibliotecas, <br /> haber obtenido registro calificado del mismo.<br /> auditorios, laboratorios y espacios para la recreación y la cultura, que <br /> El registro calificado es el instrumento del Sistema de Aseguramien- permitan la formación integral de los estudiantes como ciudadanos de <br /> to de la Calidad de la Educación Superior mediante el cual el Estado bien y garanticen la labor académica.<br /> verifica el cumplimiento de las condiciones de calidad por parte de las <br /> <i>Condiciones de carácter institucional:</i><br /> instituciones de educación superior.<br /> 1. El establecimiento de adecuados mecanismos de selección y eva-<br /> Compete al Ministerio de Educación Nacional otorgar el registro luación de estudiantes y profesores, en donde se garantice la escogencia <br /> calificado mediante acto administrativo debidamente motivado en el por méritos y se impida cualquier discriminación por raza, sexo, credo, <br /> que se ordenará la respectiva incorporación en el Sistema Nacional de discapacidad o condición social.<br /> Información de la Educación Superior, SNIES, y la asignación del código <br /> 2. La existencia de una estructura administrativa y académica flexible, <br /> correspondiente.<br /> ágil y eficiente, al servicio de la misión de las instituciones de educación <br /> Artículo 2°. <i>Condiciones de calidad.</i> Para obtener el registro calificado superior.<br /> de los programas académicos, las instituciones de educación superior <br /> 3. El desarrollo de una cultura de la autoevaluación, que genere un <br /> deberán demostrar el cumplimiento de condiciones de calidad de los espíritu crítico y constructivo de mejoramiento continuo.<br /> programas y condiciones de calidad de carácter institucional.<br /> <i>Condiciones de los programas:</i><br /> 4. La existencia de un programa de egresados que haga un seguimiento <br /> a largo plazo de los resultados institucionales, involucre la experiencia <br /> 1. La correspondencia entre la denominación del programa, los del egresado en la vida universitaria y haga realidad el requisito de que <br /> contenidos curriculares y el logro de las metas para la obtención del el aprendizaje debe continuar a lo largo de la vida.<br /> correspondiente título.<br /> 5. La implantación de un modelo de bienestar universitario que haga <br /> 2. La adecuada justificación del programa para que sea pertinente agradable la vida en el claustro y facilite la resolución de las necesidades <br /> frente a las necesidades del país y el desarrollo cultural y científico de insatisfechas en salud, cultura, convivencia, recreación y condiciones <br /> la Nación.<br /> económicas y laborales.<br /> 3. El establecimiento de unos contenidos curriculares acordes con el <br /> programa que se ha establecido y que permitan garantizar el logro de los <br /> 6. La consecución de recursos suficientes para garantizar el cumpli-<br /> objetivos y sus correspondientes metas.<br /> miento de las metas con calidad, bienestar y capacidad de proyectarse <br /> hacia el futuro, de acuerdo con las necesidades de la región y del país.<br /> 4. La organización de todas aquellas actividades académicas que <br /> fortalezcan los conocimientos teóricos y demuestren que facilitan las <br /> Lo anterior, sin menoscabo de la viabilidad institucional, las solicitudes <br /> metas del proceso formativo.<br /> de registro calificado de los programas de las instituciones de educación <br /> superior estatales tendrán plena financiación del Estado.<br /> 5. La adecuada formación en investigación que establezca los ele-<br /> mentos esenciales para desarrollar una actitud crítica, la capacidad de <br /> <b>L I C I T A C I O N E S</b><br /> buscar alternativas para el desarrollo del país.<br /> 6. La adecuada relación, efectiva con el sector externo, que proyecte <br /> El <b>DIARIO OFICIAL</b><br /> a la universidad con la sociedad.<br /> Informa a las Entidades Oficiales, que se reciben sus órdenes <br /> 7. El fortalecimiento del número y calidad del personal docente para <br /> de publicación con dos (2) días hábiles de anticipación.<br /> garantizar, de una manera adecuada, las funciones de docencia, inves-<br /> <b>Vea Indice de Licitaciones en la última página</b><br /> tigación y extensión.Edición 46.971<br />