Ley 1195 De 2008

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NORMATIVIDAD <br /> República de Colombia<br /> Y CULTURA<br /> IMPRENTA<br /> NACIONAL<br /> D E C O L O M B I A<br /> <b>Diario oficial</b><br /> Fundado el 30 de abril de 1864<br /> <b>www.imprenta.gov.co</b><br /> Libertad y Orden<br /> Año CXLIV No. 47.005 <br /> Edición de 36 páginas • <br /> Bogotá, D. C., viernes 30 de mayo de 2008 <br /> • Tarifa Postal Reducida 56/2000 I S S N 0122-2112<br /> <b>Poder Público – rama legislativa</b><br /> <b>LEY 1195 DE 2008</b><br /> (mayo 30)<br /> <i>por medio de la cual se establece en el Congreso de la República el Día de los Niños, </i><br /> <i>Niñas y Adolescentes Congresistas.</i><br /> El Congreso de Colombia<br /> Artículo 4°. <i>Organización</i>. Además de las funciones establecidas <br /> DECRETA:<br /> en el artículo 3° del Decreto 1621 de 2002, la Comisión Nacional <br /> Artículo 1°. <i>Objeto. </i>La presente ley tiene por objeto, establecer en el Intersectorial para la Coordinación del Día de la Niñez y la Recrea-<br /> Congreso de la República “El Día de los Niños, Niñas y Adolescentes ción tendrá a su cargo la responsabilidad de organizar el proceso de <br /> Congresistas” como un espacio de reflexión y participación sobre los definición de lineamientos técnicos, inscripción, selección, traslado, <br /> asuntos que vive la Nación observada desde su perspectiva.<br /> formación previa y orientación del Día de los Niños, Niñas y Ado-<br /> Parágrafo 1°. Esta actividad deberá articularse con lo previsto lescentes Congresistas.<br /> en el artículo 1°, literal a) de la Ley 1029 de 2006 sobre el estudio, <br /> Artículo 5°. <i>Vigencia</i>. La presente ley rige a partir de la fecha de <br /> comprensión y práctica de la Constitución Política.<br /> su publicación.<br /> Parágrafo 2°. Cada año, el Congreso de la República el último jueves <br /> La Presidenta del honorable Senado de la República,<br /> del mes de abril, dará acceso a los niños, niñas y adolescentes para que <br /> <i>Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.</i><br /> sesionen en las dos Cámaras legislativas como resultado del proceso de <br /> El Secretario General del honorable Senado de la República,<br /> formación y sensibilización Departamental, Distrital y Municipal.<br /> Parágrafo 3°. A nivel Departamental, Distrital y Municipal se estable-<br /> <i>Emilio Ramón Otero Dajud.</i><br /> cerán en las Corporaciones Públicas de elección popular sesiones para que <br /> El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,<br /> los niños, niñas y adolescentes se formen en participación y el ejercicio <br /> <i>Oscar Arboleda Palacio.</i><br /> de la democracia, previa reglamentación que se expida para el efecto.<br /> El Secretario General (E.) de la honorable Cámara de Represen-<br /> Artículo 2°. <i>Acompañamiento y representación.</i> En la fecha esta- tantes,<br /> blecida, los Congresistas de ambas Cámaras Legislativas acompa-<br /> <i>Jesús Alfonso Rodríguez Camargo.</i><br /> ñarán a los niños, niñas y adolescentes Congresistas, en las sesiones <br /> programadas para este efecto.<br /> REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL<br /> En el desarrollo de las sesiones, los Congresistas apoyarán a los <br /> Publíquese y cúmplase.<br /> niños, niñas y adolescentes en asuntos procedimentales que permitan <br /> Dada en Bogotá, D. C., a 30 de mayo de 2008.<br /> su aprendizaje de esta Corporación, sin que esto interfiera con las ex-<br /> ÁLVARO URIBE VÉLEZ<br /> presiones e intervenciones de los mismos, de igual manera, asumirán su <br /> El Ministro del Interior y de Justicia,<br /> compromiso de avalar acciones tendientes a mejorar la participación, <br /> ejercicio de la democracia, atención de las necesidades e intereses de <br /> <i>Carlos Holguín Sardi.</i><br /> la niñez y la adolescencia colombiana.<br /> La Ministra de Educación Nacional,<br /> Artículo 3°. <i>Sesiones</i>. Durante este día, el Congreso sesionará <br /> <i>Cecilia María Vélez White.</i><br /> conforme a los procedimientos vigentes, previa preparación de una <br /> <b>L I C I T A C I O N E S</b><br /> agenda y según la temática propuesta por los niños, niñas y adoles-<br /> centes Congresistas previamente seleccionados en sus municipios, <br /> El <b>DIARIO OFICIAL</b><br /> departamentos y distritos.<br /> Informa a las Entidades Oficiales, que se reciben sus órdenes <br /> El desarrollo de las sesiones será transmitido por televisión y de <br /> de publicación con dos (2) días hábiles de anticipación.<br /> las cuales se elaborarán las respectivas memorias y se publicarán a <br /> <b>Vea Indice de Licitaciones en la última página</b><br /> fin de hacerse su seguimiento y evaluación respectiva.<br /> <hr>