Ley 1198 De 2008
República de Colombia
Y CULTURA
IMPRENTA
NACIONAL
D E C O L O M B I A
Diario oficial
Fundado el 30 de abril de 1864
www.imprenta.gov.co
Libertad y Orden
Año CXLIV No. 47.012
Edición de 68 páginas •
Bogotá, D. C., viernes 6 de junio de 2008
• Tarifa Postal Reducida 56/2000 I S S N 0122-2112
Incluye DIarIo unIco De contratacIón PúblIca número 856
M
Que el Director Operativo de la Unión Temporal Desarrollo Vial del Valle del Cauca
inisterio de la Protección social y Cauca mediante comunicación enviada por fax de fecha mayo 22 de 2008 remitida al
Instituto Nacional de Concesiones, otorgan concepto operativo de viabilidad para la rea-
lización de dicho evento ciclístico para el día 8 de junio, mediante Comunicación UTD-
CirCulares externas
VVCC-DO-189-08 del día 30 de abril de 2008 expide concepto operativo favorable con
respecto a la fecha;
CIRCULAR EXTERNA NUMERO 000031 DE 2008
Que el Subgerente de Gestión Contractual (E.) del Instituto Nacional de Concesiones
mediante fotocopia del comunicado enviado al doctor Jorge Enrique Pedraza, Director de
(junio 3)
Transporte y Tránsito enviado a esta dependencia a la mano el día 29 de mayo de 2008,
Para:
Secretarios de Salud Departamentales y Distritales.
realizan solicitud al Ministerio de Transporte del cierre parcial en vías del Proyecto Malla
De:
Ministerio de la Protección Social.
Vial del Valle del Cauca y Cauca en razón de que dicho Instituto y la Concesión a cargo
Asunto: Inspección Vigilancia y Control de los juguetes.
consideran favorable la realización del evento;
Fecha:
3 de junio de 2008.
Que para garantizar la seguridad de la vía, de los deportistas y de la ciudadanía en general,
se hace necesario autorizar el cierre parcial del tránsito vehicular en la vía, en coordinación
El Ministerio de la Protección Social en ejercicio de sus atribuciones legales y en de-
sarrollo de lo establecido en el artículo 549 de la Ley 9ª de 1979 y el Decreto 205 de 2003, con el Concesionario y la Dirección de Transporte y Tránsito de la Policía Nacional;
considera de especial importancia impartir instrucciones a las Direcciones Departamentales
Que en mérito de lo anteriormente expuesto este Despacho,
y Distritales de Salud, con el fin de garantizar la protección de la salud de los consumidores
RESUELVE:
entre los cero y catorce años de edad, por cuanto los juguetes son considerados artículos de
Artículo 1°. Ordenar el cierre parcial del tránsito vehicular de las carreteras que se
uso doméstico, determinados como factores de riesgo del consumo.
mencionan en el siguiente cuadro, de acuerdo con las fechas, horarios y rutas señaladas
Por tal motivo y, ante la necesidad urgente de garantizar que todos los juguetes destinados para realizar el evento ciclístico denominado “Clásica Recreativo Buga de Ciclismo Senior
para uso humano, que se fabriquen en Colombia e importen, cumplan con los requisitos Master” a desarrollarse el día 8 de junio de 2008.
establecidos en los literales a) y b) del artículo 551 de la Ley 9ª de 1979, además de los
señalados en la Resolución 3158 de 2007, se hace necesario las siguientes acciones de
ETAPA
FECHA
HORA
RUTA
Inspección Vigilancia y Control:
01
Junio 8 de 2008
9:00 hasta las 11:30 horas Salida frente a las instalaciones de la fábrica
1. Realizar inspección y vigilancia a los sitios de venta y almacenamiento de los juguetes,
de Postobón calle 12 sur con carrera 2 sur
a fin de garantizar el cumplimiento con la normatividad anteriormente mencionada.
de Buga tomaremos la vía a Cali, hasta el
Crucero Las Brisas, girando hacia la derecha
2. Garantizar que los juguetes que se distribuyen en la jurisdicción de cada Entidad
para tomar la vía a Tuluá hasta la Glorieta
Territorial, cumplen con los requisitos de etiquetado y satisfacen las condiciones de higiene
El Sena donde se gira hacia la derecha, para
y limpieza necesarias para evitar los riesgos de infección, enfermedad y contagio.
tomar la vía a Mediacanoa hasta el Crucero
3. Inspeccionar los establecimientos dedicados a la fabricación de juguetes, y emitir
Picapiedra, donde nuevamente giramos a
concepto sanitario
la derecha para tomar la vía Riofrío, donde
5. Coordinar con la Superintendencia de Industria y Comercio y la DIAN, las acciones
haremos el retorno en la Glorieta de este
de inspección vigilancia y control encaminadas a evitar el comercio ilegal de los juguetes
municipio, para volver por la misma vía hasta
en Colombia.
el sitio de salida.
4. Presentar a la Dirección General de Salud Pública, de este Ministerio, un informe
de las acciones adelantadas en materia de inspección, vigilancia y control de los juguetes,
Parágrafo. En el caso en que el recorrido del evento comprometa el uso de vías mu-
durante el primer semestre del año 2008, y de las acciones programadas para garantizar la nicipales o departamentales se requerirá autorización expresa previa de las respectivas
calidad de los mismos, durante las temporadas altas de rotación de este tipo de productos, autoridades territoriales.
a más tardar el 31 de julio de 2008.
Artículo 2°. La autoridad competente para efectuar el cierre de la vía es la Dirección
Publíquese y cúmplase.
de Transporte y Tránsito de la Policía Nacional.
El Ministro de la Protección Social,
Artículo 3°. La Asociación Caucana de Ciclismo Senior Master responsable del evento,
Diego Palacio Betancourt.
deberá tener en cuenta todos los aspectos técnicos y de seguridad contemplados en las Reso-
(C.F.)
luciones 6397 de octubre 28 de 1997 y 666 de abril 4 de 2000, además de los siguientes:
• Coordinar el apoyo necesario para el control del flujo vehicular con la Dirección de
Ministerio de transPorte Transporte y Tránsito de la Policía Nacional y los Organismos de Tránsito Departamental
y Municipales.
• Divulgar el cierre de la vía, mediante medios televisivos, radiales o de prensa e infor-
resoluCiones
mar mediante pasacalles las vías a cerrar y las alternativas que se usarían mientras dure la
interrupción del tránsito vehicular, así como la fecha de la misma.
RESOLUCION NUMERO 002199 DE 2008
• Velar por que todos los vehículos acompañantes de la caravana ciclística lleven sus
luces encendidas.
(junio 6)
• Garantizar que todos los vehículos de la caravana ciclística paguen los peajes en la
por la cual se autoriza el cierre parcial del tránsito vehicular en vías concesionadas
ruta autorizada.
del departamento del Valle del Cauca para realizar el evento ciclístico denominado
“Clásica Recreativo Buga de Ciclismo Senior Master”.
• Exigir a los vehículos de la caravana el cumplimiento de las normas de Tránsito y
Seguridad Vial.
El Ministro de Transporte, en ejercicio de sus facultades legales, y en especial las que
le confiere el artículo 2° literal c) de la Ley 105 de 1993, la Ley 769 de 2002, el Decreto
L I C I T A C I O N E S
2053 de 2003, las Resoluciones 06397 de 1997 y 0666 de 2000, y
CONSIDERANDO:
El DIARIO OFICIAL
Que el Vicepresidente de la Asociación Caucana de Ciclismo Senior Master, mediante
Comunicación MT-27464 del día 30 de abril de 2008, solicita autorización para realizar
Informa a las Entidades Oficiales, que se reciben sus órdenes
el cierre parcial del tránsito vehicular en algunas vías concesionadas del departamento
del Valle del Cauca a cargo del Instituto Nacional de Concesiones, INCO, para realizar
de publicación con dos (2) días hábiles de anticipación.
el evento ciclístico denominado “Clásica Recreativo Buga de Ciclismo Senior Master” a
Vea Indice de Licitaciones en la última página
desarrollarse el día 8 de junio de 2008Edición 47.012
Viernes 6 de junio de 2008
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