Ley 1201 De 2008

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NORMATIVIDAD <br /> República de Colombia<br /> Y CULTURA<br /> IMPRENTA<br /> NACIONAL<br /> D E C O L O M B I A<br /> <b>Diario oficial</b><br /> Fundado el 30 de abril de 1864<br /> <b>www.imprenta.gov.co</b><br /> Libertad y Orden<br /> Año CXLIV No. 47.029 <br /> Edición de 32 páginas • <br /> Bogotá, D. C., lunes 23 de junio de 2008 <br /> • Tarifa Postal Reducida 56/2000 I S S N 0122-2112<br /> <b>Ministerio de Hacienda y crédito Público</b><br /> Resoluciones<br /> Artículo 3°. En un plazo no mayor a seis (6) meses la nueva sociedad, Interbolsa S. A. <br /> Sociedad Comisionista de Bolsa deberá acreditar ante la Dirección General de Crédito Pú-<br /> <b>RESOLUCION NUMERO 1515 DE 2008</b><br /> blico y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el cumplimiento <br /> del requisito de calificación mínima de riesgo en los términos establecidos en el artículo <br /> (junio 3)<br /> 8° de la Resolución 4275 del 26 de diciembre de 2007.<br /> <i>por la cual se modifica la Resolución 4277 de diciembre de 2007.</i><br /> Artículo 4°. Interbolsa S. A. Sociedad Comisionista de Bolsa, deberá cumplir con todas <br /> El Director General de Crédito Público y del Tesoro Nacional (A.), en ejercicio de sus las obligaciones que implica la participación en el Programa de Creadores de Mercado, según <br /> facultades legales, en especial las delegadas por los artículos 1° y 2° de la Resolución 2822 lo establecido en las Resoluciones números 4275 del 26 de diciembre de 2007 y 1213 del <br /> del 30 de diciembre de 2002 y de la Resolución 1504 del 29 de mayo de 2008, y<br /> 29 de abril de 2008, así como todas aquellas que las modifiquen o adicionen.<br /> CONSIDERANDO:<br /> Artículo 5°. La sociedad escindente, Interbolsa S. A. Comisionista de Bolsa, se entiende <br /> Que mediante Resolución 4277 del 26 de diciembre de 2007, se designó como creador excluida del Programa de Creadores de Mercado para Títulos de Deuda Pública durante la <br /> de mercado para la vigencia 2008 a Interbolsa S. A. Comisionista de Bolsa;<br /> vigencia 2008, a partir del 31 de mayo de 2008.<br /> Que el numeral 12 del artículo 15 de la Resolución 4275 del 26 de diciembre de 2007 <br /> Artículo 6°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el <br /> establece que las entidades designadas para una vigencia como Creadores de Mercado o <b><i>Diario Oficial.</i></b><br /> Aspirantes a Creadores de Mercado, se excluirán de participar en el Programa de Creadores <br /> Publíquese y cúmplase.<br /> de Mercado para Títulos de Deuda Pública, de forma temporal o definitiva, y perderán la <br /> Dada en Bogotá, D. C., a 3 de junio de 2008.<br /> correspondiente calidad para la vigencia de que se trate y/o la posibilidad de acceder al <br /> El Director General de Crédito Público y del Tesoro Nacional (A.),<br /> Programa en las posteriores vigencias según el caso, por la toma de decisiones que impliquen <br /> <i>Camilo Andrés Meza Campuzano.</i><br /> fusión, adquisición de la mayoría de la propiedad accionaria por parte de terceros, escisión, <br /> cesión de activos, pasivos y contratos o adopción de otros esquemas de organización em-<br /> <b>(C.F.)</b><br /> presarial con efectos semejantes a los anteriores, o ante cualquier acto, operación o negocio <br /> que, en todo caso, tenga implicaciones de trascendencia en el desempeño operacional o <br /> <b>RESOLUCION NUMERO 035 DE 2008</b><br /> financiero de la entidad;<br /> (junio 19)<br /> Que el numeral 8 del artículo 16 de la Resolución 4275 de 2007, dispone que; por incu-<br /> <i>por la cual se modifica el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Corporación </i><br /> rrir en la causal 12 del artículo 15 de la citada resolución, la Dirección General de Crédito <br /> <i>Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, Cormagdalena, </i><br /> Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público evaluará y <br /> <i>para la vigencia fiscal 2008.</i><br /> determinará la permanencia de la(s) entidad(es) implicada(s) en el Programa de Creadores <br /> La Directora General del Presupuesto Público Nacional, en uso de sus facultades legales, <br /> de Mercado;<br /> en especial la que le confiere el artículo 1° de la Resolución número 04 del 2 de junio de <br /> Que mediante Resolución 542 del 8 de abril de 2008, la Superintendencia Financiera 2004, expedida por el Consejo Superior de Política Fiscal -CONFIS-, y<br /> autorizó la escisión de Interbolsa S. A. Sociedad Comisionista de Bolsa, y ordenó la consti-<br /> CONSIDERANDO:<br /> tución de una nueva Sociedad Interbolsa S. A. Sociedad Comisionista de Bolsa. Así mismo, <br /> ordenó a Interbolsa S. A. Comisionista de Bolsa formalizar el acuerdo de escisión y registrar <br /> Que mediante la Resolución número 011 del 28 de diciembre de 2007 del CONFIS, se <br /> la escritura pública correspondiente en la Cámara de Comercio;<br /> aprobó el presupuesto de ingresos y gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del <br /> Estado y de las Sociedades de Economía Mixta sujetas al régimen de las Empresas Indus-<br /> Que mediante oficio del 30 de abril de 2008, el representante legal de la sociedad escin-<br /> triales y Comerciales del Estado del orden nacional, dedicadas a actividades no financieras, <br /> dente Interbolsa S. A. Sociedad Comisionista de Bolsa solicitó designar como Creador de para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008;<br /> Mercado a la nueva comisionista que se constituirá el 30 de mayo de 2008, como producto <br /> Que la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena -Cormagda-<br /> de la escisión señalada en el citado oficio, sociedad que se denominará también Interbolsa lena y el Fondo Nacional de Calamidades, suscribieron el Convenio Interadministrativo <br /> S. A. Sociedad Comisionista de Bolsa, y la cual tendrá un nuevo NIT que se informará una de Cofinanciación número 1005-04-237-08 del 25 de abril de 2008, por valor de $1.000.0 <br /> vez la DIAN lo asigne;<br /> millones, cuyo objeto es el control de inundaciones en el sector de la Mojana y sectores <br /> Que mediante Escritura Pública número 2392 otorgada el 30 del mayo de 2008 en la afectados por los ríos Cauca, San Jorge, Magdalena y sus afluentes;<br /> Notaría Segunda del Círculo de Medellín, registrada el 30 de mayo de 2008 en la Cámara <br /> Que el Director Ejecutivo de la Corporación Autónoma Regional de Río Grande de la <br /> de Comercio de Medellín, se solemnizó la escisión entre las sociedades Interbolsa S. A., Magdalena - Cormagdalena, mediante comunicación número 2008001198 del 9 de junio <br /> sociedad escindida e Interbolsa S. A. Comisionista de Bolsa, sociedad beneficiaria;<br /> de 2008, solicitó la incorporación de dichos recursos al presupuesto de ingresos y gastos <br /> Que la nueva Sociedad, Interbolsa S. A. Sociedad Comisionista de Bolsa, cumple con de la Empresa;<br /> el requisito de patrimonio técnico mínimo para participar en el Programa de Creadores de <br /> Que el Coordinador del Area de Presupuesto de la Empresa, expidió con fecha del 6 de <br /> Mercado para Títulos de Deuda Pública de que trata el artículo 7° de la Resolución 4275 junio de 2008, el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que ampara la modificación <br /> del 26 de diciembre de 2007, de acuerdo a lo informado por el Revisor Fiscal de la citada solicitada;<br /> sociedad, en certificación de fecha 3 de junio de 2008,<br /> Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante oficio DIFP-12-20082620356251 <br /> RESUELVE:<br /> del 22 de mayo de 2008, emitió concepto favorable para la modificación presupuestal <br /> Artículo 1°. Designar como Creador de Mercado a Interbolsa S. A. Sociedad Comi-<br /> solicitada por Cormagdalena;<br /> sionista de Bolsa en reemplazo de la sociedad escindente Interbolsa S. A. Comisionista <br /> <b>L I C I T A C I O N E S</b><br /> de Bolsa, dentro del Programa de Creadores de Mercado para Títulos de Deuda Pública <br /> durante la vigencia 2008.<br /> Artículo 2°. Para efectos del cumplimiento del Programa de Creadores de Mercado para <br /> El <b>DIARIO OFICIAL</b><br /> Títulos de Deuda Pública durante la vigencia de 2008 por parte de Interbolsa S. A. Sociedad <br /> Informa a las Entidades Oficiales, que se reciben sus órdenes <br /> Comisionista de Bolsa y para efectos de la medición de la labor y desempeño contenido en <br /> la Resolución 1213 del 29 de abril de 2008, se tendrá en cuenta el puntaje total acumulado y <br /> de publicación con dos (2) días hábiles de anticipación.<br /> el porcentaje de adjudicación en el mercado primario alcanzado por la sociedad escindente <br /> <b>Vea Indice de Licitaciones en la última página</b><br /> Interbolsa S. A. Comisionista de Bolsa al 31 de mayo de 2008.Edición 47.029<br /> 1